CUADRO COMPARATIVO DE LAS VENTAJAS DE SER NACIONAL MEXICANO COMPARADO CON VENEZUELA Y HONDURAS
Enviado por verito2012 • 25 de Octubre de 2012 • 467 Palabras (2 Páginas) • 1.971 Visitas
VENTAJAS DE SER NACIONAL EN MEXICO
Igualdad jurídica en territorio nacional respecto a los demás nacionales. Para gozar de esta igualdad jurídica se debe ingresar o salir de México como mexicano.
Conservar y adquirir todos los derechos o bienes adquiridos como mexicanos, como por ejemplo, bienes inmuebles en la zona restringida (playas, fronteras) o los ejidos.
Laboralmente, gozar de las mismas condiciones que cualquier otro nacional, pudiendo desempeñar los cargos destinados a mexicanos por nacimiento.
En el ámbito económico, estar en posibilidad de realizar cualquier tipo de actividad o inversión en las áreas reservadas a mexicanos por nacimiento, como por ejemplo, las vías generales de comunicación, servicios de radiodifusión y telecomunicaciones, gas y petróleo, uniones de crédito e instituciones de banca de desarrollo, transporte.
Acceso a cualquier institución educativa como mexicano.
VENEZUELA
En principio, los efectos de la naturalización son primeramente individuales. Sin embargo, los hijos menores gozarán de los efectos de la naturalización de sus padres, mientras alcancen la mayoría de edad.
Entre venezolanos por naturalización y venezolanos por nacimiento existe igualdad jurídica salvo las excepciones que establezca la Constitución, no pudiendo la Ley en ningún otro acto del poder político establecer estas restricciones.
En cuanto a la seguridad jurídica de los naturalizados podrán poseer bienes inmuebles o ser propietarios de empresas comerciales, industriales, agrícolas o pecuarias, nacionales o domiciliadas en Venezuela de reconocida solvencia o socios de ellas. La nacionalidad venezolana no se pierde al optar o adquirir otra nacionalidad.
De igual forma el Artículo 36, expresa los venezolanos y venezolanas por naturalización que renuncien a la nacionalidad venezolana podrán recuperarla cumpliendo nuevamente los requisitos exigidos en el Artículo 33 de esta Constitución.
HONDURAS
Los centroamericanos por nacimiento que tengan un año de residencia en el país;
Los españoles e iberoamericanos por nacimiento que tengan dos años consecutivos de residencia en el país.
Los demás extranjeros que hayan residido en el país más de tres años consecutivos;
Los que obtengan carta de naturalización decretada por el Congreso Nacional por servicios extraordinarios prestados a Honduras;
Los inmigrantes que formando parte de grupos seleccionados traídos por el gobierno para fines científicos, agrícolas e industriales después de un año de residir en el país llenen los requisitos de Ley; y, La persona extranjera casada con hondureño por nacimiento.
Mientras resida en Honduras ningún hondureño por nacimiento podrá invocar nacionalidad distinta de la hondureña.
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