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Centralizacion Administrativa


Enviado por   •  6 de Junio de 2014  •  21.420 Palabras (86 Páginas)  •  537 Visitas

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CENTRALIZACION ADMINISTRATIVA

⦁ Concepto

1.1.2 Características

1.1.3 Ventajas y Desventajas

1.2 Relación Jerárquica

1.3 Relación Jerárquica en las instituciones que forman el sector Paraestatal

1.4 Poderes que implican la relación jurídica

1.5 Órganos que integran la Administración Pública Centralizada

1.5.1 Evolución de la Administración Pública

1.6 Sistema legal que rige la Administración Pública y su apreciación

1.7 Secretarías de Estado y el Secretario de Estado

CONCLUSIÓN

BIBLIOGRAFÍA

INTRODUCCIÓN

El análisis de la centralización administrativa requiere de un marco conceptual previo que nos permita ubicarla en el contexto de la administración y de la ciencia de la administración, y conocer, además, su clasificación, así como el concepto de administración pública, para luego adentrarnos en sus distintas formas de organización, de las que la centralización administrativa es una de las más importante.

Se ha vuelto un lugar común afirmar que la administración pública es parte del Poder Ejecutivo y se ve regulada por el derecho administrativo, tanto en su organización o estructura.

La palabra gobernar decía en 1852 el precursor del derecho administrativo en México, revela al Poder Ejecutivo propiamente dicho, la palabra administrar, a la Administración activa (como llamaba a la pública). La administración activa, se manifiesta en la protección de los intereses generales de la sociedad, vigilando la acción de cada ciudadano. Y entonces se dice que el ejecutivo administra.

CAPÍTULO ÚNICO

CENTRALIZACIÓN ADMINISTRATIVA

⦁ CONCEPTO

Es una forma de organización administrativa en la cual las unidades y órganos de la Administración Pública se ordenan y acomodan articulándose bajo un orden jerárquico, a partir del Presidente de la República, con el objeto de unificar decisiones, el mando, la acción y la ejecución.

La centralización es una forma organizacional que se emplea tanto en el ámbito político como en la esfera administrativa del Estado, consistente en reunir en un punto de convergencia, configurado como ente central, la toma de decisiones del poder público. La centralización puede ser política o administrativa.

Como en la centralización administrativa toda acción proviene del centro, el órgano central monopoliza las facultades de decisión, de coacción y las de designación de los agentes de la administración pública, que por lo mismo no se deje a la elección popular; así mismo, la fuerza pública, o sea la fuerza armada, está centralizada.

Se debe diferencias la centralización administrativa de la concentración administrativa, porque en esta última los órganos inferiores o periféricos carecen de facultad de decisión; los asuntos administrativos, salvo escasas excepciones, los resuelven los órganos superiores o centrales, y cuando lo hacen los periféricos, el órgano central, dada su superioridad, está facultado para revocar tal resolución. En cambio, en la desconcentración administrativa.

1.1.2 CARACTERÍSTICAS

El esquema de la centralización administrativa descansa en su organización jerárquica estructurada piramidalmente, de tal manera que los órganos inferiores se subordinan a los inmediatos superiores y éstos a los contiguos de arriba, y así sucesivamente hasta llegar al vértice de la pirámide que es el órgano supremo de la administración, investido de la máxima autoridad, que conlleva una amplia potestad sobre sus subalternos merced a la cual los designa, manda, organiza, supervisa, disciplina y remueve conforme a un modelo de relación jerárquica que le es característico, mediante el ejercicio de los poderes de nombramiento, de remoción, de mando, de decisión, de vigilancia, de disciplina y de revisión, así como del poder para la resolución de conflictos de competencia.

En este orden de ideas, se entiende por jerarquía el vínculo jurídico que relaciona entre si tanto a los órganos como a los funcionarios, por medio de poderes de subordinación, encaminados a dotar a la actividad administrativa de unidad y coherencia.

1.1.3 Ventajas y Desventajas

⦁ Ventajas:

⦁ Las decisiones son tomadas por administradores que poseen una visión.

⦁ Son más consistentes con los objetivos empresariales.

⦁ Elimina la duplicación de esfuerzos y reduce los costos operacionales de la descentralización.

⦁ Desventajas:

⦁ Quienes toman las decisiones, situados en la cima, raramente tienen contacto con las personas y situaciones involucradas.

⦁ Los administradores situados en niveles inferiores están distanciados de los objetivos globales.

⦁ Las líneas de comunicación más distanciadas ocasionan demoras y un mayor costo operacional.

1.2 RELACIÓN JERÁRQUICA

Es el orden y grado que guardan entre si los distintos Órganos de la Administración Pública, establecida a través de un vínculo jurídico entre ellos para determinar órganos superiores coordinados e inferiores, mediante el ejercicio de los poderes que implica la propia relación y que se ejercen por los titulares de los mismos.

Esa unidad se aprecia a través de la relación jerárquica, que es el orden y grado que guardan entre sí los distintos órganos de la Administración Pública, establecida a través de un vínculo jurídico entre ellos, para determinar órganos superiores, coordinados e inferiores, mediante el ejercicio de los poderes que implica la propia relación y que se ejercen por los titulares (personas físicas) de los mismos.

La relación de jerarquía y la existencia de líneas de autoridad, que llevaran las decisiones desde la planeación, dirección, hasta la ejecución, coordinación y control, existe no solo en la Administración Pública y en todas sus variantes de estructura forman, sino también en las empresas privadas, es evidente que se dan las escalas jerárquicas desde los cuerpos colegiados de máxima autoridad interna, hasta los puestos de más baja categoría, la relación jerárquica es un instrumento jurídico, político, administrativo, en el Poder Ejecutivo y, se presenta en todas las formas de organización, la centralizada y las variantes de la llamada paraestatal.

La relación jerárquica como vinculo jurídico no existe en un ordenamiento determinado, hay que estudiarla a través del análisis de la Constitución, la Ley Organiza de la Administración Publica Federal,

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