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Common law, estados unidos y inglaterra


Enviado por   •  11 de Mayo de 2017  •  Ensayo  •  2.378 Palabras (10 Páginas)  •  497 Visitas

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Familia del Common Law

Surgida Durante el siglo 11 en Inglaterra y que en la actualidad es observada por mayor parte de las naciones de habla inglesa.

El derecho común en español se distingue principalmente por la creación de sus normas jurídicas a través de decisiones contenidas en las sentencias juridiciales en vez de privilegiar la creación legislativa o reglamentaria. Que la columna vertebral del derecho es producto de la labor de los jueces, y que surge de la solución dada a controversias concretas entre particulares, por lo que dicha solución, a pesar de no regular en forma abstracta conductas futura, es aplicable cuando surgen nuevos conflictos similares a aquel que dio origen a la decisión precedente.

Las tres subfamilias:

Sistemas anglosajones, cuya membresía incluye al Reino Unido y a las naciones de América y Oceanía, la mayoría aplica en sus tribunales el derecho inglés y reconocen al monarca del Reino Unido como su cabeza de Estado.

Sistema angloamericano, Se conforma únicamente por el derecho de Estados Unidos, es notoriamente distinguible de los sistemas anglosajones debido a su evolución independiente aun desde tiempos coloniales.

Sistemas anglo africanos, integrados por algunas naciones de África que son miembros del Commonwealth, y que por las vicitudes de su pasado colonial conservan una gran diversidad de costumbres tribales nativas.

Common Law Ingles:

Desarrollo del common law y sus cortes, El rey creo tres cortes reales, que impartían justicia en casos excepcionales y no factibles a ser resueltos por los tribunales locales, y que no dependían de la presencia física del monarca para el ejercicio de su labor, lo que permitió el desarrollo de un derecho general a todo el reino, conocido posteriormente como common law.

Estas cortes reales eran la Corte del tesoro, con una amplia jurisdicción inicial que gradualmente se limitó a litigios fiscales; La corte de las causas comunes, que conocía de litigios sin interés directo para el Rey, generalmente en asuntos de deudas civiles y reclamos de contratos relacionados con propiedad inmueble; El Tribunal del Rey, con jurisdicción sobre asuntos que atañían directamente al rey o afectaban a su corona, especialmente en materia penal.

La actividad de las cortes reales, no les permitía conocer de cualquier asunto, se fundaba en un sistema de mandatos judiciales conocidos como writs, el cual limitaba la impartición de justicia en forma bastante similar al antiguo sistema formulario romano, dado que no era reconocido un derecho si no existía disponible un writ expreso para el caso, de entre una lista de aproximadamente 50, La lógica de esta limitante radicaba en el carácter real de las cortes, el cual confería a los mandatos la naturaleza de ordenes provenientes del propio rey, sin cuya autorización teórica simbolizaba en el writ, ningún juzgador daría entrada a un asunto.

A efecto de dar cierta flexibilidad a un sistema tan rigido, se optó por tres soluciones practicas: Incrementar el número de writs disponibles, con la restricción de emular y no contradecir los ya existentes, también crear ficciones jurídicas en los casos concretos, lo cual permitía la invocación de un writ en la solución de la circunstancia imaginario, en consecuencia, el conocimiento del asunto real por parte del juez; y también el conocimiento del caso por parte del juez, en atención a las circunstancia particulares al asunto, lo que se denominó acciones sobre el caso.

Carta magna

Las cortes reales expandieron progresivamente su influencia sobre las cortes locales, debido a la preferencia de los litigantes por formas procesales mas justas y confiables que las costumbres germánicas de ordalías y juramentos.

Esta tendencia agravio seriamente a los barones feudales, puesto que, además de reducir sus ingresos por concepto de cosas judiciales, debilito su poder jurisdiccional.

La carta magna se elaboró como una formulación de los diversos deberes del rey, en su calidad de propietario originario de la tierra, con los barones feudales, en su carácter de principales arrendatarios de dichas posesiones rurales.

Este primer documento constitucional de Inglaterra, no debió su trascendencia a las muy variadas estipulaciones reconocidas a los barones feudales, sino a los pocos derechos que protegían a los súbditos ordinarios.

La carta magna fue complementada en su carácter limitante de poder real y su sistema de tribunales por el llamado segundo Estatuto de Wisminster por el cual se prohibió la expansión de la jurisdicción de las cortes reales y la creación de nuevos writs, salvo aquellos que creara el parlamento.

Equity

En el siglo XV las cortes reales del common law resultaban ya inadecuadas, en su rígida formalidad, para satisfacer las necesidades jurídicas de una sociedad cambiante que contaba solo con un sistema de writs limitado e inflexible, cuyas reparaciones normalmente se estringian a la indemnizaciones pecuniarias.

Fuentes del derecho del common law

El precedente, el derecho inglés es un derecho creado por jueces mediante precedentes, Un precedente es una decisión judicial definitiva dictada en el pasado y cuyo sentido resolutorio es adoptado en la decisión de un asunto posterior, en virtud de repetirse en grado de similitud los hechos y circunstancias que dieron origen a ambos conflictos de intereses.

El precedente ingles es rigido en la medida en que ha dejado establecida la solución que debe darse a una determinada cuestión jurídica, es decir, en la medida en que crea una regla de derecho. En principio, no importa si un juez estima incorrecto el criterio formulado en el precedente, pues de cualquier forma deberá adherirse a el y aplicarlo ya que forma parte del common law del reino, siendo cualquier cambio en su sentido facultad del parlamento y no del juez.

La legislación

La legislación por tradición ha sido considerada como una fuente secundaria en el derecho ingles, en cierta forma complementaria de los precedentes, y ello es invocado a menudo al comparar los rasgos distintivos del common law respecto de los sistemas románicos.

La legislación británica es creación exclusiva del parlamento, en razón de que el sistema político no contempla la existencia de legislaturas locales. Sus leyes, una vez asignadas por el monarca, adoptan el nombre de Acta o de Estatuto y Bill al proyecto de ley.

Costumbre y usos

Son fuentes no escritas del Derecho, la costumbre es como una fuente de derecho sustantiva y los usos como derecho adjetivo.

La aplicación de la costumbre se restringía a las pequeñas comunidades rurales y es desempeñaba mas en la antigüedad en los inicios del common law.

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