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Comparación De Las Constituciones Mexicanas Con La Constitución De Cádiz


Enviado por   •  24 de Mayo de 2014  •  2.868 Palabras (12 Páginas)  •  754 Visitas

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Comparación de las constituciones con la constitución de Cádiz

Teoría del Estado

Alumna: Isaura Duarte López

Profesor: Ernesto Magaña

Grupo: 1-1

Facultad de Derecho

U.A.S.

Culiacán Rosales, Sinaloa. Marzo 2014

Introducción

La constitución de Cádiz fue aprobada el 19 de marzo de 1812 y popularmente conocida como “La Pepa”, este texto legal fue la primera constitución liberal del país. La constitución de 1812 es uno de los grandes textos liberales de la historia, siendo muy célebre en su tiempo.

Los diputados liberal Agustín Argüelles, Diego Muñoz Torrero y Pérez de Castro son las figuras más destacadas en su elaboración.

Estos son los rasgos principales de la Constitución:

• Soberanía nacional. El poder reside en la nación, idea opuesta a la soberanía monárquica.

• División de Poderes.

-Poder legislativo: Cortes Unicamerales

-Poder judicial: tribunales

-Poder ejecutivo: Rey, pero con importantes limitaciones:

• Sus órdenes deben ir validadas por la firma del Ministro correspondiente.

• No puede disolver las Cortes

• Veto suspensivo transitorio durante dos años, tras ello la decisión de las Cortes se convierte en ley.

• Nombra a los ministros, pero estos deben ser refrendados por las Cortes (“doble confianza”)

• Nuevo derecho de representación. La nación ejerce su soberanía mediante sus representantes en Cortes.

• Complicado procedimiento electoral por sufragio universal masculino indirecto en cuarto grado.

• Derecho de voto: todos los hombres mayores de 25 años, que elegían a unos compromisarios que a su vez elegían a los diputados.

• Igualdad de los ciudadanos ante la ley. Esto supuso el fin de los privilegios estamentales.

• Se omite toda referencia a los territorios con fueros, lo que equivalía a su no reconocimiento. No obstante, los regímenes forales de las provincias vascas y de Navarra no se derogaron explícitamente.

• Reconocimiento de derechos individuales: a la educación, libertad de imprenta, inviolabilidad del domicilio, a la libertad y a la propiedad.

• El catolicismo es la única confesión religiosa permitida. La necesidad de contar con la colaboración del clero en la lucha contra los franceses explica este rasgo intolerante que choca con el espíritu avanzado de la constitución.

=Constitución de 1824=

La primera Constitución Política de nuestro país, fue promulgada el 4 de octubre de 1824, durante el período presidencial del General Guadalupe Victoria.

El 4 de octubre de 1824, el Congreso General Constituyente sancionó los 171 artículos que componían esta Carta Magna, dividiéndolos en siete títulos. En ella se asentó la Independencia de México (Artículo 1/o.); los Estados que conformaban su territorio y su forma de gobierno ya sea republicano, federal o demócrata; los poderes se dividieron en Legislativo (compuesto por dos Cámaras), Ejecutivo y Judicial, quedando asentado en el artículo 6/o.

Desde ese tiempo se consignaban las Garantías Individuales y se hacía hincapié en la libertad de pensamiento e imprenta. De igual manera, en el artículo 3/o. Establecía como religión de la nación mexicana a la católica, apostólica y romana, prohibiéndose el ejercicio de cualquier otra.

Este documento llevó el nombre oficial de "Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos" y fue firmado entre otros por Don Lorenzo de Zavala, quien fungía en ese entonces como Presidente del Congreso. Algunos de los diputados constituyentes fueron Don Miguel Ramos Arizpe, por el estado de Coahuila y Texas, Don Carlos María de Bustamante, por el Estado de México; Ignacio Mora y Villamil y José María de Bustamante, por Michoacán; José María de Izazaga e Ignacio Rayón por el estado de Nuevo León; Fray Servando Teresa de Mier, por Zacatecas y Don Valentín Gómez Farías.

Sin embargo la Constitución de 1824 se mantuvo sin enmiendas hasta el año de 1835 y continuó vigente hasta el año de 1857, fecha en que se proclamó una nueva Carta Magna.

Constitución de Cádiz VS Constitución de 1824

Al comenzar la comparación encontraremos que en la constitución de Cádiz en su primer título y en los primeros 4 artículos habla sobre la nación española y los españoles; es decir nos describe lo que es su soberanía, desde el quinto articulo encontramos ya sobre la ciudadanía española, el nombramiento de los territorios que comprenden a la nación española y en su capítulo segundo “de los españoles” que habla sobre los derechos de éstos.

=Mostraremos los primeros artículos de la const. De Cádiz y de la de 1824=

Sin embargo en la constitución de 1824 que ya es propiamente de México y establece en sus primeros artículos lo siguiente:

Cabe destacar que a diferencia de la constitución de Cádiz, la constitución de 1824 era hecha ya por mexicanos de quienes destacan José María Morelos y Pavón e Ignacio Rayón.

Las formas de gobierno son completamente diferentes las que están establecidas en ambas constituciones, mientras que en la de Cádiz se muestra una reglamentación de lo que es la monarquía y las cortes, en la de 1824 encontramos que se habla de una república federal que va a contar con 3 poderes; ejecutivo, legislativo y judicial.

En la constitución de 1824 consiste en general sobre las regulaciones del gobierno, los poderes, los diputados y senadores, la regularización de los estados junto con su gobierno. Es decir seguía habiendo un control por parte de la iglesia en el Estado.

De los artículos más importantes también son los siguientes:

Compararemos en rasgos generales lo que es la constitución de Cádiz y la de 1824:

Constitución de Cádiz Constitución de 1824

Forma de

Gobierno • Monarquía

• Los poderes que se constituyen en ésta época son los antecedentes de la actual dictadura Constitucional Parlamentaria Partitocrática.

• Se dividen los poderes en: Rey, Cortes, y juntas provisionales.

• Se heredaba el poder. • Republicano.

• Estableció un Supremo congreso, en quien residía la soberanía. Los diputados debían ser elegidos por los ciudadanos.

• Se dividieron los poderes en: Ejecutivo, Legislativo y Judicial.

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