Credito Fiscal
Enviado por amoralcantar • 3 de Enero de 2015 • 2.067 Palabras (9 Páginas) • 183 Visitas
INTRODUCION
El Derecho Fiscal cambia constantemente, de acuerdo a la interpretación que los legisladores hacen de las leyes, interpretación que no siempre es la mas adecuada basta citar la famosa "Reforma Fiscal", sin embargo lo que siempre se persigue es que las autoridades fiscales, puedan buscar los medios mas idóneos para obtener los ingresos necesarios determinados por las leyes para el sostenimiento de las instituciones y de los servicios públicos, llevan a cabo el cobro de los créditos mediante actos ejecutivos y unilaterales, muchas veces de manera ilegal.
El presente Trabajo consta de cuatro capítulos los cuales son: Nociones Generales, Procedimiento Administrativo de Ejecución, Los gastos de Ejecución , Caso Practico y las Conclusiones.
Así pues se estudiara la "Improcedencia del Cobro de los Gastos de Ejecución estando Sub-Judice el Crédito Fiscal", pues en la actualidad la Autoridad Fiscal se empeña en hacer efectivo el cobro de los gastos de ejecución en tales circunstancias, situación totalmente mente infundada contraviniendo el articulo 18 primero, octavo y noveno del Código Fiscal de la Federación, tal ilegalidad se declara y se demuestra con el caso practico contenido en el presente trabajo.
NOCIONES GENERALES
1.1.- CONCEPTO DE DERECHO FISCAL
Para poder adentrarnos en nuestro trabajo de investigación es necesario conocer el significado de Derecho Fiscal, por tal motivo a continuación plasmo algunas definiciones:
En términos generales, el Derecho Fiscal es aquella parte del Derecho Financiero que estudia los aspectos jurídicos de los impuestos, de cómo se captan los ingresos necesarios para la vida y funcionamiento del Estado.
De acuerdo con Rafael de Pina Vara, en la definición que nos da su diccionario entendemos por Derecho Fiscal el " conjunto de las disposiciones legales referentes a los gravámenes o impuestos establecidos por el Estado, Entidades Federativas o Municipios, con el objeto de recaudar los ingresos necesarios para la atención de los servicios públicos"
De la Garza define al Derecho Fiscal como el conjunto de normas jurídicas que se refieren al establecimiento de los tributos, esto es, a los impuestos, derechos y contribuciones especiales, a las relaciones jurídicas que se establecen entre la Administración y los particulares con motivo de su nacimiento, cumplimiento o incumplimiento, a los procedimientos oficiosos contenciosos que pudieran surgir y a las sanciones establecidas por su violación.
Para Manuel Andreozzi el Derecho Fiscal es la rama del Derecho Publico que estudia los principios, fija las normas que rigen la creación y percepción de los tributos y determina la naturaleza y los caracteres de las relaciones del Estado con el administrado que esta obligado a pagarlos.
Rafael Bielsa nos dice que el Derecho Fiscal es el conjunto de disposiciones legales y de principios de Derecho Publico que regula la actividad jurídica del fisco.
Raúl Rodríguez Lobato nos define el Derecho Fiscal " como sistema de normas jurídicas que de acuerdo con determinados principios comunes a todas ellas, regula el establecimiento, recaudación y control de los ingresos de Derecho Publico del Estado derivados del ejercicio de su potestad tributaria, así como las relaciones entre el propio Estado y los particulares considerados en su calidad de contribuyentes."
De las anteriores definiciones se desprende la facultad del Estado de Establecer a cargo de los particulares las contribuciones que considere necesarias para contar con recursos económicas suficientes que le permitan cumplir adecuadamente con sus funciones, como son sufragar los gastos públicos y satisfacer los servicios públicos, y si el Estado desea un sano sistema de contribuciones, el ejercicio de su potestad tributaria no debe, ni puede ser anárquico, esto debe siempre ceñirse a la ley y en ningún momento salvo excepciones como en caso de guerra o epidemia, podrá actuar sobre las garantías constitucionales que nos otorga nuestra Carta Magna.
1.2.- DEFINICION DE OBLIGACION FISCAL.
La obligación fiscal es la relación jurídica por medio de la cual la Administración Fiscal, que resulta ser el acreedor, tiene derecho de exigir a un deudor, el cumplimiento de pago de un tributo, entonces tenemos tres elementos esenciales, un acreedor o sujeto activo, un deudor o sujeto pasivo y un objeto.
La obligación fiscal según De Pina Vara, corresponde al Derecho Publico y se regula de acuerdo a las normas que establece esa rama del Derecho, tiene su fuente en la Ley, y su finalidad es recabar lo necesario para sufragar los gastos públicos; es la obligación de dar la que vamos a estudiar, esto es, la obligación sustantiva, misma que solo se satisface en efectivo y excepcionalmente en especie, surge con la realización de hechos o actos jurídicos del deudor o sujeto pasivo.
No debemos confundir a la obligación fiscal sustantiva con la relación tributaria ya que esta puede existir sin la obligación fiscal; si un contribuyente realiza actividades gravadas por las leyes fiscales, hay entre el y el Estado una relación tributaria que impone obligaciones para las dos partes, mientras la obligación fiscal solo esta cargo del sujeto pasivo, así, entonces, en la relación tributaria existen obligación fiscales formales, ( de hacer, de no hacer, o de tolerar), con la posibilidad de que existan obligaciones fiscales sustantivas, la cual surgirá hasta que se haya causado un tributo.
La legislación fiscal establece presupuestos de hecho o de hipótesis a cuya realización asocia el nacimiento de la obligación fiscal, a lo que se le llama hecho imponible.
1.3.- NACIMIENTO Y EXIGIBILIDAD DE LA OBLIGACION FISCAL.
1.3.1.- Nacimiento de la obligación fiscal.
La obligación fiscal nace cuando se realizan las situaciones jurídicas o de hecho previstas en las leyes fiscales.
El articulo 6 del Código Fiscal de la Federación nos dice en su primer párrafo:
"Las contribuciones se causan conforme se realizan las situaciones jurídicas o de hecho, previstas en las leyes fiscales vigentes durante el lapso en que incurran"
1.3.2.- Exigibilidad de la obligación fiscal.
La exigibilidad de la obligación fiscal es la posibilidad de hacer efectiva dicha obligación aun en contra de la voluntad del obligado-sujeto pasivo, en virtud de que no se cumplió con ella durante la época de pago.
El concepto de exigibilidad esta implícito en el primer párrafo del articulo 145 del Código Fiscal de la Federación, que señala:
"Las autoridades fiscales exigirán el pago de los créditos fiscales que no hubieren sido cubiertos o garantizados dentro de los plazos señalados por la ley,
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