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Del Tormento TRATADO DE LOS DELITOS Y DE LAS PENAS


Enviado por   •  11 de Noviembre de 2012  •  2.244 Palabras (9 Páginas)  •  680 Visitas

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Una crueldad, consagrada por el uso de la mayor parte de las naciones, es el tormento del reo mientras se instruye el proceso, bien para obligarle a confesar el delito, bien por causa de las contradicciones en que haya podido incurrir, o para descubrir los cómplices que pueda haber tenido, o por cierta metafísica e incomprensible purgación de infamia, o, finalmente, por otros delitos en que pudiera haber incurrido, aun cuando no se le acusara de ellos.

No puede llamarse reo a un hombre antes de la sentencia del juez, ni la sociedad puede suprimirle la protección pública más que cuando este resuelto que aquel hombre ha violado los pactos con los cuales se le concedió la misma. ¿Cuál es, pues, el derecho, si no el de la fuerza, que concede a un juez la facultad de penar a un ciudadano mientras se duda si es verdaderamente reo o inocente? No es nuevo el siguiente dilema: o el delito es cierto, o incierto: si es cierto, no le conviene otra pena sino la que esté establecida por las leyes, siendo inútiles los tormentos, porque es inútil la confesión del reo; si el delito es incierto, no se debe atormentar a un inocente, pues tal es, según las leyes, todo hombre a quien no se le ha probado delito alguno.

¿Cuál es el fin político de las penas? El terror de los demás hombres. ¿Pero cómo deberemos juzgar nosotros las secretas y particulares crueldades que la tiranía del uso ejerce sobre los reos y los inocentes? Importa que todo delito evidente no quede impune. Pero es inútil que se revele quien haya cometido un delito que está sepultado en las tinieblas. Un mal ya hecho y para el que no hay remedio, no puede ser penado por la sociedad política más que en cuanto influya sobre los demás con el atractivo de la impunidad. Si es cierto que es mayor el número de los hombres que respetan las leyes, por temor o por virtud, que el de los que las quebrantan, el riesgo de atormentar a un inocente debe apreciarse tanto más cuanto mayor sea la probabilidad de que un hombre, en igualdad de términos, mejor las haya respetado que despreciado.

Pero además, yo añadiré que es pretender confundir todas las relaciones, exigir que un hombre sea al mismo tiempo acusado y acusador y que el dolor se convierta en el crisol de la verdad, como si el criterio de ella residiera en los músculos y fibras de un pobre hombre.

La ley que ordena el tormento, es una ley que dice: Hombres, resistid el dolor; y si la naturaleza ha creado en vosotros un inextinguible amor propio, si os ha concedido un derecho inalienable a defenderos, yo voy a crear en vosotros un afecto enteramente contrario, es decir, un odio heroico hacia vosotros mismos, y os mando que os acuséis, diciendo la verdad, aunque sea entre el desgarramiento de los músculos y el quebrantamiento de los huesos. Este infame crisol de la verdad es un monumento aún en pie, de la legislación antigua y salvaje, cuando se llamaba juicios de Dios a las pruebas del fuego y del agua hirviente y a la incierta suerte de las almas, como si los eslabones de la eterna cadena que inside en el seno de la Razón Primera a cada instante debiesen soltarse y desordenarse por las frívolas creaciones humanas. La única diferencia que media entre el tormento y las pruebas del fuego y del agua, es que el éxito del primero dependerá siempre de la voluntad del reo, mientras que el de las segundas deberá atribuirse a un hecho puramente físico y extrínseco; pero esta diferencia es sólo aparente, y no real, pues tampoco el hombre es libre de declarar la verdad entre los espasmos y los destrozos, como no lo era entonces impedir sin fraude alguno los efectos del fuego y del agua hirviente. Todo acto de nuestra voluntad es proporcionado siempre a la fuerza de la impresión sensible de que emana, pues la sensibilidad de todo hombre es limitada. Por tanto, la impresión del dolor puede crecer a medida que, ocupándola toda, no deje otra libertad al atormentado que la de elegir el camino más corto para sustraerse de la pena en el momento presente. Entonces la respuesta del reo es tan necesaria como las impresiones del fuego o del agua en este caso. El inocente que sea sensible, será llamado reo, cuando él crea que con esto puede hacer cesar el tormento. Toda diferencia entre ello desaparece por la acción del mismo medio que se pretende emplear para hallarla. Este es el medio seguro de absolver a los malvados robustos y de condenar a los inocentes débiles. Tales son los fatales inconvenientes de este pretendido criterio de verdad, pero criterio digno de un caníbal, que los romanos, bárbaros también por más de un motivo, reservaban tan sólo a los esclavos, víctimas de una virtud feroz demasiado alabada.

De dos hombres igualmente inocentes, o igualmente reos, el robusto y animoso será absuelto, el débil y tímido será condenado, en virtud de este razonamiento exacto: Yo, que soy vuestro juez, debo consideraros reo de tal delito; tú, vigoroso, has sabido resistir al dolor, y por ello te absuelvo; tú, débil, has cedido bajo él, y por ello te condeno. Creo que la confesión arrancada entre tormentos, carece de fuerza alguna, pero os volveré a atormentar si no confirmáis lo que habéis confesado.

De modo que el éxito del tormento es asunto de temperamento y de cálculo, que varía en los hombres a medida de la robustez y sensibilidad; tanto es así, que con este método, un matemático resolvería mejor que un juez este problema: Dada la fortaleza de los músculos y la sensibilidad de las fibras de un inocente, hallar el grado de dolor que le hará confesarse reo de un delito.

La indagatoria del reo se hace para conocer la verdad. Pero si esta verdad difícilmente puede descubrirse en el aspecto, en el gesto, en la fisonomía de un hombre tranquilo, mucho menos se descubrirá en un hombre en quien las convulsiones del dolor alteren todos los signos por los cuales, a pesar suyo, la verdad transpira en la mayoría de los hombres. Toda acción violenta confunde y hace desaparecer las diferencias mínimas entre los objetos por los cuales a veces se distingue lo verdadero de lo falso.

Una consecuencia extraña que deriva necesariamente del uso del tormento, es que al inocente se le coloca en peor condición que al reo, porque si se aplica el tormento a los dos, el primero tiene todas las combinaciones en su contra, pues, o confiesa el delito, y es condenado entonces, o si se le declara inocente, ha sufrido una pena indebida. Pero el reo cuenta con un caso favorabIe para él,

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