Derecho Civil
Enviado por RicardoIsmael17 • 29 de Abril de 2013 • 745 Palabras (3 Páginas) • 329 Visitas
Sin limitaciones de grado en línea recta, ascendente. En línea colateral igual, el impedimento se extiende a los hermanos y medio her -manos. En la colateral desigual, el impedimento se extiende solamente a los tíos y sobrinos, siempre que estén en el tercer grado y no hayan obtenido dispensa.
lV. El parentesco de afinidad en línea recta, sin limitación alguna.
v. El adulterio habido entre las personas que pretendan contraer matrimonio, cuando ese adulterio haya sido judicial mente comprobado.
Vl. El atentado contra la vida de algunos de los casados para contraer matrimonio con el que quede libre.
Vll. La fuerza o medio grabes. En caso de rapto, subsiste el impedimento entre el raptor y la raptada, mientras esta no sea restituida a lugar seguro, donde libremente pueda manifestar su voluntad.
Vlll. La embriagues habitual, la morfinomanía, la eteromanía, y el uso indebido y persistente de las demás drogas enervantes. La impotencia incurable para la copula; La sean, además, conta – giosas y hereditarias.
lX. El idiotismo y la imbecilidad.
X. El matrimonio subsistente con persona distinta de aquella con quien se pretenda contraer.
De estos impedimientos solo son dispensables la falta de edad y el parentesco de consanguinidad en line colateral desigual.
11. El divorcio. Por virtud del divorcio queda disuelto el vinculo matrimonial, quedando ambos divorciados en aptitud de contraer un nuevo matrimonio.
El divorcio puede ser: Voluntario o necesario.
El divorcio voluntario tiene un lugar cuando ambos conyugues están de acuerdo para pedir la disolución del matrimonio, cuado la voluntad de separarse es común en ambos.
El divorcio necesario (O con causa) supone que uno de los esposos desea la disolucion del matrimonio, fundándose en algunas de las causas enumeradas por las dieciséis primeras fracciones del articulo 267 del código civil y que el otro se opone a ello.
El divorcio voluntario no puede pedirse si no pasado un año de la celebración del matrimonio este divorcio puede tener una tramitación administrativa en el caso de personas mayores de edad, que no tengan hijos y que de común acuerdo ayan liquidado la sociedad conyugal, si bajo ese régimen se casaron.
En este caso, la transmitacion es bastante sencilla: Los solicitantes se presentaran ante el juez del registro sivil de su domicilio comprobaran que son casados y mayores de edad, manifestaran que no tienen hijos y desean divorciarse.
El juez del registro civil levantara un acta en el que se ara constar las solicitud de divorcio y citara a los conyugues para que a los quince días se presenten a ratificarla. Si los esposos hacen la ratificasion, el juez del registro civil los declara divociados, levantando el acta correspondiente.
El divorcio que si se aya optenido no surtirá sus efectos legales si se comprueba que los conyugues tienen hijos
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