Derecho Constitucional
Enviado por frijolcastle • 23 de Enero de 2015 • 914 Palabras (4 Páginas) • 200 Visitas
Estas garantías, tienen por objeto evitar privilegios injustificados, y colocar a todos los gobernados en la misma situación frente a la ley, de tal suerte que lo que se busca es evitar las distinciones que se hagan por razón de: raza, sexo, edad, religión, profesión, posición económica, por mencionar algunas.
-GARANTIAS DE IGUALDAD
ART. 1: SE REFIERE AL GOCE PARA TODO INDIVIDUO DE LAS GARANTIAS QUE OTORGA LA CONSTITUCION. Y ACTUALMENTE SE REFIERE A QUE TODAS LAS PERSONAS GOZARAN DE LOS DERECHOS HUMANOS RECONOCIDOS EN LA CONSTI. Y EN LOS TRATADOS INTERNACIONALES DE LOS QUE MEXICO SEA PARTE.
ART. 2: VERZA SOBRE LA PROHIBICION DE LA ESCLAVITUD
ART. 4: VERZA SOBRE LA IGUALDAD DE DCHOS SIN DISTINCION DE GENERO
ART. 12: TRATA SOBRE LA PROHIBICION DE TITULOS NOBILIARIOS (NOBLEZA)
ART. 13: PROHIBICION DE LOS FUEROS
-GARANTIAS DE LIBERTAD
Se refieren al dcho. de elegir aquello que de manera particular es bueno y conveniente para cada ser humano
Art. 5: SE REFIERE A ELEGIR LA PROFESION QUE SE DESEE, SIEMPRE Y CUANDO SEA LICITA; ADEMAS DE TRATARSE LA JUSTIFICACIORIDAD Y DEL TRABAJO ADECUADO.
ART. 6: SE TRATA DE LA EXPRESION ESCEPTUANDO EL SUPUESTO DE ATACARSE LA MORAL Y LOS DERECHOS DE TERCEROS.
ART. 7: ESE SE REFIERE A LA LIBERTAD DE ESCRIBIR Y PUBLICAR SOBRE CUALQUIER MATERIA.
ART. 8: ES TO SE REFIERE A QUE LOS FUNCIONARIOS Y EMPLEADOS PUBLICOS RESPETARAN EL EJERCICIO DEL DERECHO DE PETICION, SIEMPRE Y CUANDO, SEA POR ESCRITO Y DE MANERA PACIFICA Y RESPETUOSA. (DERECHO DE PETICION)
ART. 9: LIBERTAD DE ASOCIACION Y REUNION LIBRE CON OBJETIVOS LICITOS, QUE NO SEA REUNION ARMADA NI QUE PRODUSCA AMENAZAS.
ART. 10: DERECHO DE POSEER ARMAS DE FUEGO PARA LA SEGURIDAD Y DEFENSA PROPIA, A ESCEPCION DE LAS PROHIBIDAS Y RESERVADAS PARA EL EJÉRCITO Y FUERZA ARMADA DE MEXICO.
ART.11: LA LIBERTAD DE TRANSITO, DE ENTRAR Y SALIR DEL PAIS, DE VIAJAR POR EL PAIS Y DE MUDAR DE RESIDENCIA CUANDO SE DESEE.
ART. 16: INVIOLAVILIDAD DE LA CORRESPONDENCIA Y DE QUE LA CORRESPONDENCIA CUBIERTA POR ESTAFETAS DEBE DE ESTAR LIBRE DE REGISTRO
ART. 24: LIBERTAD DE CREDO
ART.25: PROHIBICION DE MONOPOLIOS
GARANTIAS DE PROPIEDAS: protegen el derecho del gobernado a usar, disfrutar o disponer libremente de los bienes inmuebles jurídicamente apropiables cuya disposición se encuentre dentro de los marcos constitucionales permitidos.
Art.27 : la propiedad de las tierras y aguas nacionales corresponden originalmente a la nación, la cual a tenido y tiene el derecho de transmitir el dominio de ella a los particulares constituyendo la propiedad privada. Dicho art. También aclara que la expropiación solo será por concepto de utilidad pública y con indemnización.
GARANTIAS DE SEGURIDAD JURIDICA: que consisten en la certeza que debe de tener el gobernador, de que su persona, familia, posesiones o derechos sean respetados por la autoridad y si esta debe producir una afectación en ellos deberá ajustarse a los procedimientos que la const.
...