Derecho Mesopotamico Y Eurasia
Enviado por deluxeglam • 16 de Febrero de 2012 • 651 Palabras (3 Páginas) • 828 Visitas
MESOPOTÁMICO
El origen de las instituciones propias de la civilización, fundamentalmente la diferenciación social propia de la división del trabajo y su organización a escala urbana, la construcción del poder en los primitivos Estados y el establecimiento de las religiones institucionalizadas con templos y clero; ocurrió en Mesopotamia y en Egipto desde el IV milenio a. C.
Las primeras instituciones en la antigüedad surgieron en Mesopotamia y son sumamente desconocidas. Surgieron en la antesala de la historia antigua, en la Protohistoria. A partir del V milenio a. C. en las aldeas del sur del actual Irak se reveló una ocupación progresiva de los valles del Tigris y Éufrates y la consolidación de la agricultura y ganadería. Aparecieron también las primeras técnicas metalúrgicas, como la del cobre (Calco lítico).
Práctica del derecho
Los primeros documentos legales surgieron con el comienzo de la escritura y regulaba la compra-venta de tierras y sus obligaciones derivadas. Son contratos que dictaban las normas de funcionamiento de una legalidad actualmente parcialmente conocida.
Era muy importante entre los contrayentes del contrato confiar en unos testigos que formaban la institución que daban fe de que una operación se lleve a cabo dentro de la ley, se trata del derecho consuetudinario y aparecen al final del contrato, son ciudadanos libres, familiares mayormente. La formación de este documento de compra-venta suele tener un discurso fijo ya que eran muy habituales. La mayoría de los documentos eran de compra-venta y no estaban regulados por el poder central, los conocemos por los archivos de los palacios. Este derecho privado proviene de la costumbre y era una práctica reconocida.
La aplicación del derecho tiene un papel fundamental, el rey que imponía justicia asistido por los funcionarios bajo la supervisión de los ensis. También está la figura del juez que forma un grupo que adopta medidas, no eran profesionales. En las comunidades más pequeñas estaban los maski que eran comisarios.
Hay una dimensión privada que se refiere al funcionamiento de leyes en personas pobres como la regulación matrimonial. También existen los esclavos con su propia regulación con personalidad jurídica propia, se podían casar con mujeres libres, ser testigos, etc.
Según el código de Ur Namma en la herencia no había gran diferencia con la actual, ya que, estaba reconocida en beneficio de los hijos carnales o adoptados del matrimonio. Hubo diferencia entre hijos e hijas, las hijas solo heredaban si no había varones, si éste existía heredaba la totalidad de los bienes.
Aunque había excepciones como si se daba la muerte del padre de familia, la mujer no tenía derecho a la herencia según el código aunque según otros textos jurídicos si lo acabaría heredando. También destaca el texto de Nippur que establece que la herencia se dividía equitativamente
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