Derechos Humanos En La Fanb
Enviado por elpraan • 25 de Enero de 2013 • 1.550 Palabras (7 Páginas) • 952 Visitas
República Bolivariana de Venezuela
Ministerio del Poder Popular para la Defensa
Universidad Nacional Experimental Politécnica la Fuerza Armada
Núcleo Guárico – Sede Tucupido
Carrera: Ing. Mecánica
Sección: D4-1
Derechos humanos en las fuerzas armadas nacionales bolivarianas
Cuando se forma parte de la autoridad constituida, la filosofía de los derechos humanos debe formar parte inseparable del criterio y de la conciencia de quien la ejerce. Existe una tendencia, muy humana por cierto, a considerar la autoridad como incontestable. Quien se ve investido de ella, se resiente con facilidad ante los disentimientos, la contradicción o la simple presencia de una actitud opositora. En esta forma se desdibuja la necesaria separación entre la firmeza para controlar el desorden o evitar la invasión del derecho ajeno por quien sobredimensione los ámbitos del propio, y la intolerancia para admitir la objeción o aceptar el desacuerdo.
Esta actitud se hace presente en las organizaciones militares, donde la disciplina, el rigor del mando, la subordinación, necesarios dentro de sus marcos respectivos, no pueden ejercitarse de la misma manera cuando se entra en relación con la sociedad civil.
Artículo 43 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela
“El derecho a la vida es inviolable. Ninguna ley podrá establecer la pena de muerte, ni autoridad alguna aplicarla. El Estado protegerá la vida de las personas que se encuentren privadas de su libertad, prestando servicio militar o civil, o sometidas a su autoridad en cualquier forma.”
No es un secreto las violaciones que ocurren dentro de las Fuerzas Armadas Nacionales Bolivarianas en cuanto a derechos humanos se refiere; se ha tratado de disminuir estos abusos con cierto éxito, de hecho existen reglamentos para regular las acciones dentro de la FANB que apoyan el respeto a los derechos humanos de todos sus integrantes; sin embargo por más leyes que existan, no tienen valor sin nadie que las haga valer, dentro de la FANB se ha cometido una serie de transgresiones a los derechos humanos que van desde los insultos hasta la muerte con la simple excusa de la disciplina militar. La condición de agresor puede ser tomada tanto por el soldado compañero como por el jefe del pelotón.
A continuación se definen algunas de las infracciones más graves que se han cometido en nuestras Fuerzas Armadas en contra del derecho a la vida. Principalmente todo se agrupa en los patrones de ejecuciones; uso excesivo de la fuerza; muerte a consecuencia de torturas o tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes; y muerte por negligencia.
Aplicación de castigos:
Si es cierto que las malas acciones merecen castigos, también es cierto que los castigos no pueden violar el derecho que tiene cada ser humano de vivir; se ha llevado el imponer castigos a un nivel muy alto, generando por ejemplo muertes por torturas o tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes aplicados por funcionarios de seguridad del Estado mientras se encuentran en funciones, ya sea durante la realización de operativos o teniendo a personas bajo su custodia.
La FANB es el organismo en quien recae la mayoría de las denuncias por muertes ocurridas bajo el patrón de aplicación de castigos
Abuso de autoridad:
Son todas aquellas muertes en las que la acción del funcionario no está motivada ni vinculada con el ejercicio de sus funciones. Son incluidos también los casos en que los funcionarios atacan sin motivo a las víctimas y aquellos en los que atacaron a familiares o amigos por razones personales y trataron de desviar las investigaciones, contando para ello con algún tipo de apoyo institucional.
Muertes ocurridas en manifestaciones o acciones de comando: suceden durante la represión o control de manifestaciones por parte de funcionarios de seguridad del Estado. En este patrón entran las acciones de comando militares, que son equipos de hombres, con alta movilidad en los campos terrestres, paracaidistas, aerotransportados o fuerzas anfibias adiestradas, entrenadas y capacitadas para ejecutar operaciones de alta seguridad. Existe en la Guardia Nacional desde el 2007.
Muertes bajo custodia:
Son aquellas ocurridas en calabozos o comisarías de los diferentes cuerpos de seguridad del Estado o durante una detención; es decir, personas que aún no habían ingresado al sistema penitenciario. Ocurren mayormente por negligencia, descuido o imprudencia de los funcionarios de los cuerpos de seguridad en el ejercicio de sus funciones, en ocasiones son provocadas por policías que hacen un uso excesivo e indiscriminado de su fuerza bruta, llegando a matar a los detenidos.
Muertes ocurridas en recintos policiales o militares: agrupa aquellos casos de reclutas, estudiantes de carrera militar o miembros de los cuerpos de seguridad del Estado, que fallecen a consecuencia de actos de sus compañeros o superiores, bien sea en el curso de sus labores propias o en los recintos.
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