Descentralizacion Y Las Nuevas Instituciones
Enviado por glorimer1 • 22 de Junio de 2015 • 2.798 Palabras (12 Páginas) • 242 Visitas
ESCENTRALIZACIÓN:
La descentralización se define como un proceso de transferencias de competencias y recursos desde la administración central de un país hacia las administraciones territoriales, estatales y municipales. El éxito del proceso descentralizador exige como acción previa distribuir las actividades políticas y económicas a varias unidades menores que garanticen autonomía e independencia de las acciones del sector público local. El paso de un Estado centralizado a uno descentralizado otorga mayor poder a los gobiernos locales, que pueden tomar decisiones propias sobre su esfera de competencias.
PROCESO DE DESCENTRALIZACION EN VENEZUELA (1989):
En Venezuela, el proceso de descentralización inicia en el año 1989, aunque para el año 1984 en el gobierno de Jaime Lusinchi, debido a las fuertes presiones internas y externas por la mala administración de los recursos y problemas económicos; se decreta la Comisión Presidencial para la Reforma del Estado (COPRE). Con el fin de realizar cambios en la administración pública, buscó un pacto político para la reforma del estado, ley de libre elección y remoción de los gobernadores, y otras acciones que influencio en la descentralización. En diciembre de 1989 por primera vez en Venezuela, se realizaron las elecciones para alcaldes y gobernadores, estos dependían de instancias centralizadas, con escasa o nula autonomía para enfrentar sus problemas. Con la Ley Orgánica De Descentralización, Delimitación Y Transferencia De Competencias Del Poder Público, los gobernadores asumieron mayores poderes institucionales, adquirieron representatividad como primera autoridad en cada estado con lo que se avanzó en la descentralización en la toma de decisiones, con la transferencia de varias competencias de servicios y programas, pero esto no es suficiente por la dependencia al situado constitucional, que puede variar según los ingresos de divisas y de aportes fiscales del gobierno nacional. Se han efectuado cambios a fin de aumentar los ingresos y se instituyó el Fondo Intergubernamental para la Descentralización (FIDES), pero la dependencia continua. Para el año 1991, en el gobierno de Andrés Pérez. En aras de descentralizar el poder se liquidó el Instituto Nacional de Puertos (INP). De la misma forma se iniciaron cambios en la Oficina Central de Presupuesto (OCEPRE), en la Oficina Central de Personal (OCP) y en la Oficina Ministerial de Coordinación y Planificación (CORDIPLAN) estas dependencias comenzaron a evaluarse para su modernización, igual ocurrió con la privatización de la Compañía Anónima Teléfonos de Venezuela (CANTV) y Venezolana de Aviación (VIASA).
En el año 1992, durante el gobierno interino del Dr. Ramón Velásquez se promulgó los diferentes Reglamentos Parciales:
Sobre Transferencia de Servicios a los estados.
Sobre los mecanismos institucionales para la descentralización de la administración pública nacional.
Sobre el Consejo Territorial de Gobierno y la organización intergubernamental para la descentralización.
Sobre el nombramiento de los directores y coordinadores de las dependencias de los ministerios y de los institutos autónomos en los estados.
Sobre la desconcentración de atribuciones en materia de transporte, tránsito terrestre y vigilancia de la circulación.
Sobre el Consejo de Gobierno del Área Metropolitana de Caracas.
Sobre transferencia de competencias en materia de vialidad terrestre.
Sobre la encomienda a los gobernadores para la administración de las cárceles públicas.
Para el año (1994). Se paralizaron estos instrumentos y se modificó el Reglamento del Fondo Intergubernamental para la Descentralización (FIDES), la distribución de los ingresos por nuevos impuestos y el aumento del situado, son elementos de controversia entre el gobierno central y los gobernadores y alcaldes. A partir del año 1999 hasta la actualidad se han dado varios cambios, en cuanto a creación de nuevos órganos para la descentralización del poder como lo son: El consejo de estado, consejo federal de gobierno, consejo regional de planificación de poderes públicos, consejo local de planificación de poderes públicos, (consejos comunales) y otros.
CARACTERÍSTICAS DE LA DESCENTRALIZACIÓN
Es sociopolítica, por cuanto involucra a todos los actores de la vida social. Desde esta perspectiva, es un proceso que debería surgir como una necesidad para poder generar el compromiso que le daría viabilidad, permanencia y credibilidad en la base social.
Es económica, por cuanto afecta la estructura de la base económica nacional y regional, requiere la transferencia de recursos y exige su redistribución.
Es administrativa, por cuanto involucra una normativa jurídica y una organización institucional para generarlo. En relación con la normativa jurídica, el proceso ha sido regulado mediante un conjunto de leyes, muchas de las cuales son limitadas y existe carencia de otras de tipo financiero, como la ley de hacienda pública estadal contemplada en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y no aprobada aun.
Es institucional, por cuanto requiere una organización institucional con la suficiente fortaleza para asumir las exigencias de un proceso de descentralización. La descentralización refuerza el carácter democrático de un Estado y el principio de participación colaborativo consagrado en numerosas constituciones de la tradición jurídica hispanoamericana.
LAS NUEVAS INSTITUCIONES DE LA DESCENTRALIZACIÓN
CONSEJO DE ESTADO: Es el órgano superior de consulta del Gobierno y la Administración Pública de la República Bolivariana de Venezuela. En la estructura del Estado forma parte del Poder Ejecutivo Nacional. El origen de esta institución se remonta a la idea planteada por el Libertador Simón Bolívar, en el discurso de instalación del Congreso, el 15 de febrero de 1819, en el cual proponía la existencia de un órgano al que le correspondiese el conocimiento de los asuntos públicos que ayudaran al correcto funcionamiento de la República.
El Consejo de Estado fue creado por la Constitución de 1999, como instancia consultiva de coordinación de varios órganos del Poder, para el acuerdo de políticas de Estado.
La competencia del Consejo de Estado es recomendar políticas de interés nacional en aquellos asuntos que el Presidente de la República reconozca de especial trascendencia y requieran de su opinión. Está encargado de evaluar, formular y recomendar políticas públicas en todas aquéllas materias consideradas estratégicas para el desarrollo nacional, que le sean sometidas a su consideración por parte del Presidente de la República, en su condición de jefe de Estado y
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