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EL ESTADO SOCIAL DE DERECHO Y DE JUSTICIA Y LA EXTINCION DEL LATIFUNDIO.


Enviado por   •  12 de Mayo de 2013  •  2.785 Palabras (12 Páginas)  •  760 Visitas

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EL ESTADO SOCIAL DE DERECHO Y DE JUSTICIA Y LA EXTINCION DEL LATIFUNDIO.

Cuando hablamos de Estado Social de Derecho y de Justicia, estamos hablando del socialismo, que se traduce en la práctica diaria de los valores y principios que establece el texto constitucional, los cuales nos conducen al bien común, a saber:

Amor al prójimo que podemos practicarlo a través de la compasión, la solidaridad y el servicio

Inclusión, que se ha materializado al insertar a la población excluida en todas las políticas sociales Igualdad de oportunidades, al establecer condiciones de acceso a las políticas públicas para todos.

Igualdad de condiciones, que se traduce en posibilidad de acceder a las políticas públicas en las mismas circunstancias.

Equidad, que no es otra cosa que dar a cada cual de acuerdo a su necesidad y exigirle de acuerdo a su capacidad

Solidaridad, acompañamiento de todas y todos en este tránsito hacia el socialismo.

Participación, deber y derecho de intervenir en las decisiones que afectan la vida de la patria y la soberanía, poder que tiene el pueblo venezolano, de escoger sus gobernantes, sus instituciones, sus normas, su destino como la Ética, cúmulo de costumbres, creencias, valores, principios y normas que sirven de guía a un individuo o grupo social para actuar u obrar, en busca del bien común.

LA EXTINCIÓN DEL LATIFUNDIO.

“El régimen latifundista es contrario al interés social. La ley dispondrá lo conducente en materia tributaria para gravar las tierras ociosas y establecerlas medidas necesarias para su transformación en unidades económicas productivas, rescatando igualmente las tierras de vocación agrícola. Los campesinos o campesinas y demás productores agropecuarios y productoras agropecuarias tienen derecho a la propiedad de la tierra, en los casos y formas especificados en la ley respectiva. El Estado protegerá y promoverá las formas asociativas y particulares de propiedad para garantizar la producción agrícola. El Estado velará por la ordenación sustentable de las tierras de vocación agrícola para asegurar su potencial agroalimentario. Excepcionalmente se crearán contribuciones parafiscales con el fin de facilitar fondos para financiamiento, investigación, asistencia técnica, transferencia tecnológica y otras actividades que promuevan la productividad y la competitividad del sector agrícola. La ley regulará lo conducente a esta materia.” Artículo: 307 de La Constitución de la republica Bolivariana de Venezuela.

Uno de los objetivos de la Constitución es eliminar el latifundio, esto es toda aquellas tenencias de tierras ociosas o incultas, en extensiones mayores al promedio de ocupación de la región en las cual se encuentre ubicadas en el marco de un régimen contrario a la solidaridad social, la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario. La constitución se propone revertir esta situación con la implantación del desarrollo rural integral y con el grávame impuesto a las tierras ociosas contemplado en la norma objeto de estos comentarios, que establece que la Ley dispondrá lo conducente en materia tributaria para gravar la tierras ociosas y establecerán las medidas necesarias para su transformación en unidades económicas productivas, rescatando igualmente las tierras de vocación agrícolas. A tales efectos se garantiza al sector campesino su incorporación al proceso productivo a través del establecimiento de condiciones adecuadas para la producción.

PENSAMIENTO DE BOLIVAR, ZAMORA Y ROBINSON.

El Árbol de las Tres Raíces

Nombre que se le da al triangulo filosófico conformado por tres de los más grandes pensadores y revolucionarios de América Latina por supuesto del país. Estos tres pensadores Simón Rodríguez o Samuel Robinson, Simón Bolívar (Nuestro Libertador) y Ezequiel Zamora (El General del Pueblo).

De este modo, se puede afirmar que análisis e interpretación del Árbol de las Tres Raíces, tiene vigencia y gran significado aun en la actualidad, ya que podemos tomar algunos de sus pensamientos y adaptarlos a nuestro contexto histórico.

Dentro este orden de ideas, es menester resaltar que la trama y vida de los seres humanos que conforman el árbol de las tres raíces se define en tres aspectos fundamentales.

1) Lo Epistemológico: los tres pensadores hablan de romper esquemas, de romper paradigmas, de darle ruptura a lo tradicional, de darle rotura al discurso colonialista y ahora en la actualidad se busca con romper con el discurso oportunista por un lado y por el otro el discurso ambiguo de gran parte de la sociedad y de los actores que dirigen la estructuras del poder.

2) Lo filosófico: la necesidad y urgencia de tener un pensamiento propio original. De allí la frase que es y será historia viva del gran Robinson “O inventamos o erramos”.

Aun en la actualidad es perentorio construir un modelo propio de desarrollo propio de los venezolanos venezolanas, retomar nuestra cultura autóctona y nuestras tradiciones aborígenes conceptualizadas al entorno actual para acabar con las tantas transculturalización y dejar de copiar modelos políticos, económicos, sociales, y culturales de otras latitudes que no se corresponden con nuestra idiosincrasia.

3) Lo Ético: uno de los pilares más importantes dentro del pensamiento que abarca el árbol de las tres raíces y su composición, puesto que los tres pesadores comentan en sus escritos la ingente necesidad de crear al hombre nuevo, al nuevo republicano, lejos de vicios y que este supeditado a los intereses delñ pueblo y de las mayorías.

De allí surge los pensamientos del general del pueblo Ezequiel Zamora al querer garantizar a través de su lucha “ Tierras y hombres libres “ y la lucha inalcanzable de nuestro inolvidable padre “ mi opinión es legisladores que la igualdad debe ser establecida y practicada” (Discurso Congreso de Angostura 15/Febrero/1819).

LA CONSTITUCION DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (en adelante, CRBV), es el documento vigente que contiene la Ley fundamental del país, dentro de cuyo marco deben ceñirse todos los actos legales. En ella se generan las instituciones, derechos y deberes fundamentales.

Se trata de un documento en idioma español. Se compone de un preámbulo, 350 artículos (ordenados en Títulos y Capítulos), y Disposiciones transitorias

Fue redactado por la Asamblea Constituyente de Venezuela, constituida por 128 constituyentes, elegidos por votación popular con ese objetivo fundamental.

Se sometió a consulta popular su aprobación, por primera vez en toda la historia de Venezuela, el 15 de diciembre de 1999, recibiendo la aprobación con el 71,21% de los votos (2.820.556), el rechazo

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