ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

El Mejor Postor


Enviado por   •  11 de Noviembre de 2012  •  332 Palabras (2 Páginas)  •  458 Visitas

Página 1 de 2

para todas ellas.

II) Hoteles Especiales.

Las Comunidades Autónomas tampoco son coincidentes en cuanto a las especialidades hoteleras. La relación no es exhaustiva, y la Administración se reserva la posibilidad de creación de nuevos conceptos hoteleros. Ésta es especialmente amplia en Galicia con 17 supuestos o en la Región de Murcia.

Los más habituales son el hotel de montaña, el de playa y el de congresos, que son definidos en la mayor parte de los casos a partir de las dispensas que pueden obtener de la Administración en sus requisitos de infraestructura.

III) El procedimiento administrativo de apertura.

En todos los casos se requiere una autorización de apertura previa, concedida por la DGT, centro directivo de las delegaciones provinciales, Consejerías, u órgano competente.

Como requisitos previos a la solicitud de apertura algunas Comunidades Autónomas como Navarra, La Rioja , El Principado de Asturias o Andalucía, articularon una solicitud de información previa para establecimientos meramente proyectados en la que las administraciones indican previsoramente la categoría o clasificación que les pudiera corresponder y que no tiene porqué coincidir con la definitiva salvo que se acrediten las construcciones proyectadas.

Otro ejemplo sería el anteproyecto que los promotores deben presentar ante la dirección regional de turismo en el caso de Cantabria. En ocasiones antes de emitir la autorización de apertura y clasificación se gira visita de inspección como es en el caso de la Comunidad Autónoma de Aragón.

La calificación se mantiene en tanto lo hagan las circunstancias que la fundamentaron. En caso de que el establecimiento hotelero deba sufrir una modificación la regla general es la de la necesaria comunicación a la administración competente; si esta modificación afecta a las normas de clasificación, a la estructura, capacidad o instalaciones, se requerirá además la preceptiva autorización.

Si la solicitud de apertura desemboca en autorizaciones provisionales la norma reiterada es que por silencio administrativo positivo éstas se conviertan en definitivas. Por otra parte cabe la dispensa de requisitos, que debe ser motivada, razonada y ponderando el resto de las circunstancias de la construcción.

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (2 Kb)
Leer 1 página más »
Disponible sólo en Clubensayos.com