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El concepto de la soberanía nacional


Enviado por   •  27 de Noviembre de 2014  •  Trabajo  •  2.588 Palabras (11 Páginas)  •  360 Visitas

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LA SOBERANIA:

“Es el poder absoluto y perpetuo de una República (Juan Bodino)

“El soberano es el pueblo que emerge del pacto social y como cuerpo decreta la voluntad general manifestada en la ley (Rousseau).

“La soberanía dimana directamente del pueblo” (Morelos)

ARTÍCULO 39 CONSTITUCIONAL:

La soberanía nacional reside esencial y originariamente en el pueblo. Todo poder público dimana del pueblo y se instituye para beneficio de éste. El pueblo tiene en todo tiempo el inalienable derecho de alterar o modificar la forma de su gobierno.

TEORIA DE LA AUTOLIMITACION DEL ESTADO O DE LA AUTOOBLIGACION:

George Jellinek:

“soberanía como facultad del Estado de determinarse por el mismo exclusivamente, la autolimitación del poder del estado, no obligado jurídicamente por poderes extraños para instituir un orden dado sobre la base del cual solamente la actividad del Estado adquiere su carácter jurídico, en virtud de la cual corresponde exclusivamente a este la capacidad de determinarse jurídicamente y de obligarse a sí mismo

TEORIA DE LA VOLUNTAD COLECTIVA DE LOS ESTADOS O PACTO NORMATIVO:

Heinrich Triepel

“siendo el derecho una manifestación de una voluntad superior al obligado, y no existiendo una entidad social superior a los Estados, solo podía pensarse en un acuerdo de voluntad de los mismos estados que tuvieron la virtud de “crear” una voluntad común, distinta y por encima de las voluntades particulares de esos mismos estados.

EL POSITIVISMO CRITICO DE KELSEN DE LA NORMA FUNDAMENTAL SUPREMA:

Según Kelsen, las normas jurídicas reciben a su “ser” mediante su reducción a una orden superior y única: La norma fundamental o norma base. De esta especial forma de entender el derecho se derivan dos nociones: a) la de la unidad de todo el ordenamiento jurídico y b) la teoría piramidal de las normas.

CONSTITUCION DE 1917:

El 5 de febrero es promulgada la nueva Constitución que reforma la del 5 de febrero de 1857, que entraría en vigor el 1 de mayo del mismo año.

Ese mismo día fue publicada en el Diario Oficial de la Federación.

La Constitución de 1917 es una aportación de la tradición jurídica mexicana al constitucionalismo universal, dado que fue la primera constitución de la historia que incluye derechos sociales, dos años antes que la Constitución alemana de Weimar (1919). La nueva Constitución tomó como base fundamental los ordenamientos de la de 1857, especialmente lo referente a los derechos humanos, aunque ya no los menciona como tales, sino que alude a las "garantías individuales"

Título primero

El título primero está dividido en cuatro capítulos que contienen 38 artículos (del 1 al 38). El capítulo I trata sobre los derechos humanos y sus garantías, el capítulo II trata de los mexicanos y la nacionalidad mexicana, el capítulo III trata de los extranjeros y el capítulo IV de los ciudadanos mexicanos. Los artículos más relevantes del título primero son:

Artículo 1. Todas las personas gozaran de los derechos humanos reconocidos en la constitución y en los tratados internacionales firmados por el Estado mexicano y no podrán suspenderse salvo en los casos y bajo las condiciones establecidas en la misma constitución; obliga a las autoridades mexicanas a respetar y proteger los derechos humanos y además, prevenir, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos. Prohíbe la esclavitud en el país y protege a los esclavos que ingresen a territorio nacional. Prohíbe todo tipo de discriminación.

Título segundo

El título segundo está dividido en dos capítulos que contienen 10 artículos (del 39 al 48). El capítulo I trata de la soberanía nacional y de la forma de gobierno, el capítulo II trata de las partes integrantes de la federación y del territorio nacional. Los artículos más relevantes del título segundo son:

Artículo 39. La soberanía nacional reside esencial y originariamente en el pueblo. El pueblo tiene en todo tiempo el inalienable derecho de alterar o modificar la forma de su gobierno.

Sentimientos de la Nación

Fue un documento, expuesto por José María Morelos y Pavón el día 14 de septiembre de 1813 en Chilpancingo.

ANTECEDENTES

Tras la muerte de Miguel Hidalgo e Ignacio Allende, Ignacio López Rayón encabezó a las fuerzas insurgentes que se encontraban en Saltillo, tomó la plaza de Zacatecas y se dirigió a Zitácuaro en donde convocó la Suprema Junta Gubernativa de América, la cual tuvo la finalidad de establecer un orden jurídico y político de los grupos insurgentes en el país. Los primeros vocales de la junta fueron José María Liceaga, José Sixto Verduzco y el propio López Rayón. Mientras esto ocurría Morelos realizaba campañas en el sur de la Nueva España en el puerto de Acapulco y Cuautla. La junta fue dispersada por los constantes ataques de las fuerzas realistas al mando de Félix María Calleja.

Por dichos ataques la junta se trasladó a Sultepec en donde en abril de 1812 López Rayón realizó una propuesta de constitución que hizo circular entre los insurgentes llamados Los elementos constitucionales. Para octubre del mismo año López Rayón y José María Morelos realizan otra propuesta de constitución en la que seguían reconociendo el poder de Fernando VII por lo que José María Morelos y Pavón envía sus comentarios y sugerencias desde el sur de la nueva España lo más relevante fue la discrepancia de no reconocer a la figura monárquica de Fernando VII.

PROCLAMACIÓN DE LOS SENTIMIENTOS DE LA NACIÓN

Asistieron al Congreso de Anáhuac doce delegados en representación de provincias, entre ellos: José María Morelos, Andrés Quintana Roo, Carlos María Bustamante, Ignacio López Rayón, José María Liceaga, Sixto Verduzco y el propio Morelos. El 14 de septiembre de 1813 fue el día en que se instaló el primer parlamento constituyente y Morelos pronunció en el discurso inaugural los Sentimientos de la Nación.

DE LOS VEINTITRÉS PUNTOS QUE CONSTA EL DOCUMENTO LO MÁS RELEVANTE DEL CONTENIDO ES:

La independencia de América de España y de "toda otra nación“

Manifiesta su lealtad ante la religión católica declarándola religión única "sin tolerancia de otra“

Ratifica el principio de la soberanía popular

Plantea el establecimiento de un régimen de gobierno dividido en tres poderes: Legislativo, Ejecutivo y Judicial

Anula privilegios

Proscribe la esclavitud

Se protege el derecho a la propiedad

La inviolabilidad del domicilio, se prohíbe la tortura

Se quitan la "infinidad de tributos" como la alcabala, el estanco y el tributo,

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