Emile Durkheim
Enviado por Caaaaaam95 • 14 de Octubre de 2013 • 611 Palabras (3 Páginas) • 243 Visitas
1) Art.2º: En toda actuación el profesional cuidará a sus enfermos ateniéndose a su condición humana. No utilizará sus conocimientos contra leyes de la humanidad. En ninguna circunstancia es permitido emplear cualquier método que disminuya la resistencia física o mental de un ser humano, excepto por indicación estrictamente terapéutica o profiláctica determinada por el interés del paciente, aprobada por una Junta Médica. No hará distinción de nacionalidad, de religión, de raza, de partido o de clase; sólo verá al ser humano que lo necesita. Norma Externa.
Art.5º: Auxiliará a la Administración Pública en el cumplimiento de las disposiciones legales que se relacionan con la profesión, de ser posible con asesoramiento de su entidad gremial. Norma Interna.
Art.6º: Cooperará con los médicos técnicos a su alcance, la vigilancia, prevención, protección y mejoramiento de la salud individual y colectiva. Norma Interna.
Nosotras elegimos estos tres artículos, porque pensamos que son los que mas se relacionan con la moral profesional en los términos que propone Émile Durkheim.
Según Durkheim, la función del Estado va a ser establecer las Normas y leyes para un mejor funcionamiento de la sociedad.
Normas Internas: de las cuales hay que considerar el comportamiento de colegas de trabajo.
Externas: Trato que tenga con sus futuros pacientes o clientes.
2) Art.13º: Salvo casos de urgencia, la anestesia general no se hará sin la presencia de médico y/o de personal auxiliar capacitado.
Art.19º: Cuando el profesional no ejerce activamente su profesión y su medio de vida es un negocio o profesión o distinta o rentas, es optativo de parte del colega que lo trata el pasar honorarios y no de parte del que recibe la atención el abonarlos o no.
Elegimos estos dos artículos porque vemos que marca más la diferencia que hay en las funciones de trabajo, como lo es en la “Solidaridad Orgánica”.
3) Art. 170º: Las sanciones variarán según el grado de falta, de reiteración y la circunstancia que las determinaren y son las siguientes:
a- Advertencia privada, por escrito. Sanción de tipo Civil o Restitutivas.
b- Apercibimiento por escrito y con publicación de la Resolución. Sanción de tipo Civil o Restitutivas.
c- Suspensión en el ejercicio profesional, durante el término de quince días la primera vez, durante un mes la segunda, y a más de un mes la tercera. Suspensión que regirá en todo el territorio de la Provincia y que se dará a publicidad. Sanción de tipo Penal o Represivas,
d- Sin perjuicio de las sanciones citadas, podrá también aplicarse una multa de $50.- a $500.- nacionales, la que irá duplicando en caso de reincidencia. Sanción
...