Escuela Rudimentaria
Enviado por filypo • 25 de Julio de 2011 • 327 Palabras (2 Páginas) • 2.517 Visitas
ESCUELAS RUDIMENTARIAS
¿CUAL ES EL PROPOSITO DE LAS ESCUELAS RUDIMENTARIAS?
La finalidad de dichas instituciones era el enseñar principalmente a los individuos de raza indígena a hablar, escribir y leer en castellano; así como a ejecutar las operaciones de cálculo más usuales. Su duración era de dos cursos anuales; pero no era de carácter obligatorio.
¿POR QUÉ EL PLAN DE ESTUDIO SE LIMITABA A ENSEÑAR A HABLAR,
LEER Y ESCRIBIR EL CASTELLANO?
Porque el principal objetivo era desanalfabetizar a los indios, para después, utilizara el idioma castellano como base y lograra la incorporación del indio con la sociedad y del vínculo de solidaridad entre indios y mestizos, piedra angular del ideal nacionalista.
¿POR QUÉ ES TAN BREVE LA DURACIÓN DE LA INSTRUCCIÓN RUDIMENTARIA?
La duración de estas escuelas era de dos cursos anuales; pero no era de carácter obligatorio. Porque se enfocaban más que nada a desanalfabetizas; así mismo, Estos centros escolares aparecieron en los tiempos más agitados del movimiento de Revolución, lo cual fue una limitante, debido que no existía la suficiente infraestructura y recurso humano para dirigir estas instituciones.
¿POR QUÉ NO SE DECLARÓ OBLIGATOTIA ESTE TIPO DE INSTRUCCIÓN?
No existía la suficiente infraestructura y recurso humano para dirigir estas instituciones.
¿QUIEN FUE GREGORIO TORRES QUINTERO?
Elaboró la Ley de Instrucción Rudimentaria, misma que priorizaba la alfabetización y castellanización del pueblo para unificarlo en el idioma nacional. Así mismo, Llevó a cabo la reforma escolar utilizando su famoso método fonético-onomatopéyico, el cual se basa en los sonidos naturales para conocer las letras, sílabas y palabras.
QUE NOS HABLAN LOS ARTICULOS 3, 31 Y 123 DE LA CONSTITUCIÓN POLITICA DE 1917
Articulo 3. Menciona el derecho a la educación, siendo ésta otorgada por el Estado de manera laica y gratuita.
Articulo 31. Hace énfasis a la obligatoriedad de los padres a enviar a sus hijos a que reciban educación formal.
Articulo 123. Los salarios mínimos deberán ser suficientes para satisfacer las necesidades familiares con materiales sociales y culturales, así mismo, poder promover en sus hijos una educación obligatoria.
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