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Enviado por   •  30 de Junio de 2013  •  Informe  •  651 Palabras (3 Páginas)  •  226 Visitas

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Las Constituciones, de eso se tratan las verdaderas revoluciones. O, en todo caso, para no minimizar los cambios sociales que gestan esos textos, las Constituciones son las garantías de que un nuevo orden de cosas pueda arribar o consolidarse.

América Latina vive épocas de cambio. En los ’80 era el continente con peor distribución de la riqueza y en el cual las empresas transnacionales extractivas lograban normativas muy favorables para consolidar sus intereses y llevar sus ganancias sin límites al extranjero. En los ’90, esa tendencia se profundizó porque las privatizaciones de los servicios públicos esenciales permitieron a los capitales financieros tener más control en la región. Cambios democráticos, a través de las urnas, permitieron la llegada de líderes políticos sin compromisos con las grandes potencias y que son expresión genuina de las grandes mayorías postergadas y explotadas por los modelos neoliberales.

Bolivia acaba de dar una lección al ratificar la nueva constitución que algunos llaman socialista pero que en realidad consolida el protagonismo de “los 36 pueblos originarios de Bolivia”. La nueva norma limita el latifundio y aprueba distintas formas de propiedad social y comunitaria. La prensa del establishment neoliberal enfatiza que esta norma puede ser “separatista” ya que sólo la votaron seis de cada diez bolivianos (desconociendo olímpicamente que sólo era necesario la mitad más uno de los votos) y que hay una región, “la medialuna”, que le es adversa a la carta magna (ignorando que en los Estados ricos, con centro en Santa Cruz, domina el poder de las transnacionales y sus empresas asociadas).

Pero los analistas y pensadores de las derechas latinoamericanas no sólo están preocupados por el caso boliviano. En Ecuador, en Venezuela y –en menor medida– en Brasil, las constituciones reconocen la propiedad social y sus líderes así como los partidos o coaliciones gobernantes, son impulsores de un nuevo orden económico social donde los derechos económico-sociales de los más desprotegidos tengan rango constitucional.

Argentina, hace 60 años. Hace pocos meses, el mundo celebraba el 60º aniversario de la Declaración Universal de los Derechos Humanos. Las imágenes de las matanzas de la segunda guerra y del genocidio judío inundaron las páginas de los periódicos, como si el estatuto promovido por las Naciones Unidas hubiera sido sólo una reafirmación del derecho a la vida. Sin embargo, esa declaración institucionalizó la segunda categoría de derechos humanos –los económicos, sociales y culturales– como un orden superador de los ya reconocidos a partir de la Revolución Francesa –es decir, los civiles y políticos–. Europa estaba, por entonces, sacudida por los reclamos obreros y por la fuerza de los partidos socialistas y comunistas que impulsaban estados activos en la reconstrucción europea. Por otra

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