Estruct. Del Estado
Enviado por DianaELPETA • 24 de Agosto de 2014 • 4.010 Palabras (17 Páginas) • 200 Visitas
ESTRUCTURA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO MEXICANO
PRINCIPIOS ESENCIALES DE LA CONSTITUCIÓN MEXICANA DE
1917
Índice
Introducción
A. La idea de la soberanía
B. Los derechos humanos
C. La división de poderes
1. El Poder Ejecutivo Federal
a) Secretarías de Estado
2. El Poder Legislativo Federal
a) Cámara de Diputados
b) Cámara de Senadores
3. El Poder Judicial Federal
a) La Suprema Corte de Justicia de la Nación
b) b) El Tribunal Electoral
c) Los Tribunales Colegiados de Circuito
d) Los Tribunales Unitarios de Circuito
e) Los Juzgados de Distrito
f) El Consejo de la Judicatura
D. El sistema federal
E. El sistema representativo
F. La supremacía del Estado sobre las iglesias
G. Existencia del juicio de amparo como medio fundamental de
control de la constitucionalidad
Conclusiones
Reformas a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
de 1917
Fichas bibliográficas
La Constitución mexicana vigente fue promulgada en la ciudad de
Querétaro, el 5 de febrero de 1917 (60 años antes se había
promulgado la Constitución de 1857) y entró en vigor el primero de
mayo siguiente. Su antecedente mediato fue el movimiento políticosocial
surgido en México a partir de 1910, que originalmente planteó
terminar con la dictadura porfirista y plasmar en la Constitución el
principio de la no reelección. Asesinado el presidente Madero,
Victoriano Huerta (quien había ordenado su muerte) alcanzó la
Presidencia de la República, pero en 1913 Venustiano Carranza se
levantó en armas en contra de Huerta.
Durante este movimiento armado se expidieron leyes y disposiciones
reivindicatorias de las clases obrera y campesina que condujeron a la
necesidad y establecimiento de una nueva constitución, ya que ellas
no cabían en el texto de la Constitución de 1857, de claro corte
liberal-individualista. Al triunfo, el primer jefe del Ejercito
Constitucionalista expidió la convocatoria para el Congreso
Constituyente que, a partir del día 1 de diciembre de 1916, comenzó
sus sesiones en la ciudad de Querétaro, conformado por 214
diputados propietarios, elegidos mediante el sistema previsto en la
Constitución de 1857 para la integración de la Cámara de Diputados.
Las sesiones del Congreso fueron clausuradas el 31 de enero de 1917
y la carta magna se promulgó como Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos que reforma la del 5 de febrero de 1857, lo
cual no significa que en 1917 no se haya dado una nueva constitución.
Es una nueva constitución, porque la Revolución Mexicana rompió con
el orden jurídico establecido por la Constitución de 1857 y porque el
constituyente de 1916-1917 no se originó en la Constitución de 1857
(ya que nunca se observó el procedimiento para su reforma), sino en
el movimiento político-social de 1910 que le dio a la Constitución su
contenido, tan avanzado en el aspecto social.
La Constitución mexicana de 1917 es rígida, republicana, presidencial,
federal, pluripartidista y nominal, ya que sin existir plena
concordancia entre lo dispuesto por la norma constitucional y la
realidad, existe la esperanza de que tal concordancia se logre.
La Constitución tiene 136 artículos y, como la mayoría de las
constituciones, consta de una parte dogmática y otra orgánica: la
parte dogmática establece la declaración de garantías individuales y
comprende los primeros 28 artículos, en tanto que la parte orgánica
se refiere a la forma y órganos de gobierno, división y organización
de los tres poderes, atribuciones de los órganos de gobierno y
distribución de competencias entre las esferas de gobierno, entre
otros temas importantes contenidos en los artículos 30-136,
complementando así las garantías individuales.
A. La idea de la soberanía
En el artículo 39 se vierte esta idea respondiendo al pensamiento de
Rousseau, toda vez que hace residir la soberanía en el pueblo. La
expresión soberanía nacional, que utiliza este artículo, quiere
expresar que desde su independencia México tiene una tradición que
no encadena sino que se proyecta hacia el devenir. Según este
mismo artículo la soberanía nacional reside en el pueblo de dos
maneras: esencial y originariamente. Por esencial se debe entender
que la soberanía está en el pueblo en todo momento y que no se
puede delegar, mientras que originariamente implica que la soberanía
jamás ha dejado de residir en el pueblo.
B. Los derechos humanos
Los derechos del hombre y del ciudadano sólo tienen sentido si se
encuadran dentro del marco social. Justicia, igualdad, seguridad y
bienestar social, son derechos que se han buscado en México para
mejorar y elevar la vida de los mexicanos. La idea terminológica de
hablar de garantías individuales y no de derechos del hombre triunfó
en el Constituyente de Querétaro porque mientras los derechos del
hombre son sólo ideas generales y abstractas, las garantías, que son
su medida, son ideas individualizadas y concretas.
Es por ello que en la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos fueron plasmados estos conceptos los cuales están
contenidos en las declaraciones de garantías individuales y de
garantías sociales. Las garantías individuales se concentran en los
primeros 28 artículos, en donde encuentran cabida más de 80
distintas protecciones.
La Constitución mexicana de 1917 supera los alcances logrados por
las anteriores cartas políticas, ya que fue la primera carta magna en
el mundo en establecer las garantías sociales que se encuentran
principalmente en los artículos 3, 27, 28 y 123. Estos dispositivos
constitucionales reglamentan la educación, la propiedad, el agro y el
trabajo respectivamente.
Las garantías sociales protegen al hombre como integrante de un
grupo social, le aseguran un mínimo educativo y económico e
implican un hacer por parte del Estado; en cambio las garantías
individuales representan primordialmente una abstención por parte
del propio Estado. A través de las garantías sociales se protege a los
grupos sociales más
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