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Evolucion Historica Legislativa Nacional Del Turismo En Venezuela


Enviado por   •  21 de Julio de 2014  •  3.136 Palabras (13 Páginas)  •  461 Visitas

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Evolución histórica e institucional del Derecho del turismo en Venezuela

En el año 1999 con la nueva constitución bolivariana de Venezuela se le otorga formalmente al poder público nacional la potestad de crear políticas y legislar en materia de turismo, así mismo lo expresa el Articulo 156 de esta la constitución vigente en su numeral 23 el cual expresa lo siguiente: “Las políticas nacionales y la legislación en materia naviera, de sanidad, vivienda, seguridad alimentaria, ambiente, aguas, turismo, ordenación del territorio.

A Partir de allí fue creada la Ley Orgánica del Turismo publicado en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela número 37.076, de fecha 13 de noviembre de 2001. Lo cual también la Constitución nos señala en el articulo 156 y como también en el articulo 310 la cual habla que el turismo es una actividad de alto interés económico para nuestro país el cual pose estrategia y una diversificación sustentable. Y el cual el estado deberá garantizar medidas para su buen desarrollo, así mismo deberá crear el fortalecimiento para el sector turístico Venezolano.

Si señalamos las diferencias que tenía el sector turístico de la constitución de 1999 con la de 1961 la cual señalaba en su artículo 30 que era competencia municipal el gobernar y administrar los intereses particulares de dicha entidad, en cuanto la misma tenga relación con sus bienes e intereses en cuanto a sus bienes e ingresos del municipio.

Estudiando la constitución de 1999 se puede observar con facilidad la gran importancia que se le da al turismo en Venezuela y es el estado que tiene la potestad de fomentar el turismo en todo el país ya que en la antigua constitución solo le daban potestad al municipio.

La creación de la ley orgánica del turismo tiene por objetivo, orientar, fomentar, fortalecer, coordinar y controlar las actividades turísticas, las cuales son consideradas factor de desarrollo económico y social del país. “Se deroga la Ley Orgánica de Turismo de la República de Venezuela del 24 de septiembre de 1998..” de publicación el 8 de Noviembre del 2001.

El turismo es de gran importancia para un país, y por este motivo en el artículo 1 de la Ley orgánica del turismo publicada en Gaceta Oficial N° 37.332 de fecha 26 de noviembre de 2001 nos señala en uno de sus párrafos “La actividad turística se declara de utilidad pública y de interés general, y sometida a las disposiciones de este Decreto Ley las cuales tienen carácter de orden público.”

El 21 de enero de 2005 Se realiza una disposición derogatoria en la cual “Se deroga el Decreto Nº 1.534 con Fuerza de Ley Orgánica de Turismo, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 37.332 del 26 de noviembre de 2001.”

El 15 de abril de 2008 fue promulgado en Gaceta oficial el Decreto con rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica De Turismo, Decreto Nº 5.999, El cual tiene por objeto “promover, organizar y regular la actividad turística, la organización y funcionamiento del Sistema Turístico Nacional, como factor estratégico de diversificación socioeconómica y desarrollo sustentable y sostenible del país, mediante la creación de normas que garanticen la orientación, fomento, desarrollo, coordinación y control de la actividad, estableciendo los mecanismos de concertación, cooperación, asistencia y solidaridad de los órganos y entes de la Administración Pública, instituciones privadas y mixtas de esta actividad, orientados al desarrollo, participación y protagonismo de las comunidades; logrando así una actividad turística basada en los principios de justicia social, equidad, no discriminación, solidaridad, protección del ambiente y productividad.”.

En el mismo decreto se declara La actividad turística de utilidad pública y de interés general y deberá estar orientada al mejoramiento de la calidad de vida de las comunidades receptoras.

El jueves 27 de agosto de 2009 fue publicada en Gaceta Oficial La ley de

Crédito Para el Sector Turismo la cual tiene como objeto “establecer los mecanismos para promover, fomentar e impulsar la actividad turística, mediante el otorgamiento de financiamiento oportuno, bajo una visión humanista, procurando la diversificación socioeconómica y el equilibrio productivo, con la finalidad de vigorizar el sector con criterios de sustentabilidad, sostenibilidad, desarrollo endógeno, equidad y justicia social.” Como lo plasma en su Artículo 1, como vemos esta ley busca promover e impulsar el turismo como una actividad económica sustentable, mediante el otorgamiento de créditos. La presente ley también plasma que el ejecutivo nacional fijará dentro del primer mes de cada año, mediante resolución, el porcentaje de la cartera de crédito que cada uno de los bancos comerciales y universales destinarán al sector turismo, el cual en ningún caso podrá ser menor del dos coma cinco por ciento (2,5%), ni mayor del siete por ciento (7%)

de la cartera de crédito. En el porcentaje de la cartera de crédito destinado al sector turismo deben estar incluidos los créditos a corto, mediano y largo plazo.

La ley de Crédito Para el Sector Turismo en su artículo 17 nos habla de el principio de el cual es: “Los créditos otorgados deben regirse por los principios de desarrollo sustentable, ética, moral, corresponsabilidad, cooperación, solidaridad, humanismo, transparencia, rendición de cuentas, responsabilidad social, equidad, justicia, autogestión económica, eficiencia, eficacia y simplificación de trámites administrativos”. Dicha ley entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, como lo indicia en su Disposición Final única.

El martes 28 de julio de 2006 es publicada en Gaceta Oficial el Reglamento Orgánico del Ministerio de Turismo, el cual como lo indica su artículo 1, tiene como objeto determinar la organización administrativa del ministerio de turismo y establecer la distribución de competencias correspondientes a las dependencias que integran dicha estructura organizacional, como vemos dicha ley es de gran importancia debido que estableciendo la competencia para cada entidad del ministerio de turismo, se puede realizar el trabajo correspondiente mas organizado, eficaz y eficientemente.

Reglamento parcial de la Ley Orgánica de Turismo sobre establecimientos de alojamiento turístico publicada en Gaceta Oficial N° 36.607 de fecha 21 de diciembre de 1998, el cual nos dice en su artículo 1 “Este Reglamento tiene por objeto establecer las normas que regulan la actividad y funcionamiento de los establecimientos de alojamiento turístico.” En el mismo en su Artículo 43: “Se deroga la Resolución del

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