Glosario De Terminos Juridicos
Enviado por Margs3195 • 8 de Abril de 2015 • 783 Palabras (4 Páginas) • 251 Visitas
Glosario de términos jurídicos
Acción legitimada
Requisito para presentar una causa de acción, el cual implica que el demandante, además de la capacidad jurídica para demandar, tiene que demostrar un interés legítimo para hacerlo. En inglés:”standing”.
Acusado-
Persona imputada de delito contra quien se ha presentado ya una acusación. Mientras la acusación no se haya presentado se le debe llamar imputado. En caso de delito menos grave, tan pronto se determina la existencia de causa probable para arrestar, la denuncia sirve como pliego acusatorio; pero si el delito es grave, tiene que haber una vista preliminar para determinar causa probable para acusar. Es sólo después de ésta que el fiscal puede presentar la acusación.
Consolidación
Acción y efecto de reunir dos o más casos relacionados a los fines de atenderlos conjuntamente. La determinación de consolidar es judicial.
Daños
En Derecho Penal, delito que implica la comisión de actos que lesionan la propiedad ajena. Comúnmente se conoce con el nombre de vandalismo.
Denuncia
Es la querella que formula la policía, la cual sirve de base para la determinación de causa probable para arrestar. No es lo mismo que acusación, aunque, en delito menos grave, una vez se ha determinado la existencia de causa probable para arrestar, la denuncia se puede utilizar como pliego acusatorio. No así en el caso de delito grave. Véase acusación.
Desistimiento
Aplicado a causa de acción, solicitud o reclamación, significa abandonarla, no insistir en ella. Se confunde en ocasiones con “desestimación”.
Entredicho
Es una prohibición, mandamiento para no hacer o no decir una cosa. Es la forma española del cultismo “interdicto” (del latín interdictum). Corresponde a la voz inglesa “injunction”. Aunque en principio son voces sinónimas, en la práctica se ha especializado un tanto su uso. La voz entredicho se usa, sobre todo, en la expresión "entredicho provisional".
Evidencia
Voz anglicada derivada de "evidence" cuyo uso se ha generalizado en Puerto Rico en lugar de la voz "prueba". De allí que se hable de "Derecho Evidenciario" en lugar de "Derecho Probatorio"; de Ley de Evidencia, en lugar de Ley de Medios de Prueba como ocurre en el mundo civilista.
Fallo
Es el pronunciamiento hecho por un tribunal por el que se condena o absuelve al acusado. Distíngase en lo penal de "sentencia" y de "veredicto".
Juicio por jurado
Juicio que se celebra ante determinado número de ciudadanos seleccionados de conformidad con la ley –doce en Puerto Rico- y juramentados para actuar como juzgadores de hechos. Sobre la base de la prueba presentada y admitida por el tribunal, el jurado determina si unos
...