HISTORIA DEL DERECHO PUBLICO Y DERECHO PRIVADO
Enviado por • 17 de Noviembre de 2013 • 1.968 Palabras (8 Páginas) • 974 Visitas
DERECHO PÚBLICO Y DERECHO PRIVADO
En el antiguo Derecho Romano, dentro del “ius civile” o Derecho Civil se entendían tanto normas jurídicas de Derecho Público, como de Derecho Privado, pues estaba compuesto por todas las leyes de que el ciudadano romano era aceptador. Dentro de ellas abarcaban mandatos que apuntaban a las personas y sus relaciones familiares, derechos reales, creditorios, y Derecho Sucesorio, pero también incluía normas de Derecho Penal, Procesal y Administrativo.
Con la caída del Imperio Romano de Occidente, en manos de los pueblos bárbaros o extranjeros, éstos impusieron sus propias normas en el ámbito del Derecho Público, dejando vigentes las de Derecho Privado, que siguieron dentro de la órbita del derecho civil, identificándose entonces la expresión Derecho Privado y Derecho Civil, como sinónimas.
La distinción entre Derecho Público y Privado consta ya en el Digesto (Siglo VI) donde Ulpiano manifestó que el Derecho Público es aquel referido a la cosa pública de Roma y que el Derecho Privado es dictado en interés de los particulares. Esta distinción llamada teoría del interés basa la diferencia en que el interés protegido por el Derecho Público es el estatal y el del Derecho Privado, es el de los ciudadanos.
COMENTARIO:
“Ulpiano, expone que el derecho Público es todo lo que concierne a Roma al Imperio, y el Privado es todo lo que se inclina a los individuos. De manera que hace una conclusión que Privado se refiere al pueblo y el Publico a lo que era el Estado”.
Ulpiano (Roma) hace una distinción entre el interés público y el privado como diferentes. Pues dice que los intereses son opuestos, este principio sigue siendo aceptado por autores que manifiestan que la diferencia está en la naturaleza de los intereses: intereses generales en las normas de Derecho Público, interese particulares en las normas de Derecho Privado.
En el Derecho Privado encontramos la libertad humana estable, limitada, negada o calificada; con estas normas privadas se beneficia o impiden un fin, pero la ganancia de ese fin no viene impuesta. En cambio el Derecho Público se toma más en cuenta el fin que debe ser obtenido y para cuya obtención se dispone de la disciplina correspondiente.
El Estado tiene el poder y el deber para legislar o administrar justicia, como función de estas actividades se encarga el Derecho Público.
El poder que tiene el ente público siempre está ligado al deber de practicarlo para el fin correspondiente en función de la cual existe. En fin el derecho público es el conjunto de normas dirigidas y al hacerlo obligatoria, garantiza la adquisición de ciertos fines, los cuales son necesarios y públicos.
DIFINICION DE DERECHO PÚBLICO
Es quien se encarga de mantener un orden jurídico entre malas personas y todo lo que representa el ente privado mediante los miembros que nos muestra el Poder Público, actuando estas en su ejercicio de dominio legal (jurisdiccional, administrativo, según la naturaleza).
El derecho público es también como la parte del ordenamiento jurídico que organiza las relaciones de supraordenación y de subordinación entre el Estado y los particulares y las relaciones de supraordenación, de subordinación y de coordinación de los órganos y divisiones funcionales del Estado entre sí.
COMENTARIO:
“Es la relación del Estado con los individuos mediante un ordenamiento en el que prevalece su mandato por encima de lo que quieran los individuos, y las relaciones Y organizaciones entre los órganos que conforman el Estado”.
El reconocido autor jurídico Julio Rivera, recalca que el Derecho Público es que sus mandatos no se encuentran sujetos a la autonomía de la voluntad que pudiesen ejercer las partes (es decir «no» pueden ser modificados por las partes en uso legítimo de su autonomía de la voluntad, como sí ocurre en el derecho privado). Son mandatos «irrenunciables y obligatorios», en virtud de ser mandados en una relación de subordinación por el Estado (en ejercicio legítimo de su principio de imperio). La justificación es que regulan derechos que hacen al orden público y deben ser acatados por toda la población.
COMENTARIO:
“Julio Rivera, señala de manera que el Derecho Público es irrenunciable y obligatorio, para todos los individuos quiere decir que no se pueden cambiar y tienen que cumplirse necesariamente, por lo que el Estado es quien tiene la autoridad. Motivo por el cual ellos reglamentan derechos para el orden público y estos deben ser cumplidos por toda la sociedad. Mientras que el derecho Privado pueden ser cambiadas los mandatos.
La doctrina jurídica moderna ha establecido dos maneras prácticamente conformes: el principio de legalidad, someter al Estado al cumplimiento del ordenamiento jurídico, y todos los principios para el mantenimiento del desenvolvimiento del Estado democrático, es decir, que permitan la mayor realización espiritual y material posible.
Es un principio fundamental del Derecho público conforme al cual todo ejercicio de potestades debe sustentarse en normas jurídicas que determinen un órgano competente y un conjunto de materias que caen bajo su jurisdicción. Por esta razón se dice que el principio de legalidad asegura la seguridad jurídica.
POTESTAD:
El Estado y sus órganos ejercen una potestad en sus relaciones con los individuos actuando dentro de un plano de desigualdad y no de igualdad, obteniendo su posición soberana o imperium, ejerciendo su potestad pública.
Las diferencias entre derecho público y privado ha estado presente en el ámbito judicial durante mucho tiempo. Durante la etapa de la Ilustración, en el siglo XVIII, se estableció la separación entre ellas al tiempo que se impulsaba el Derecho al Trabajo con motivo del desarrollo de la Revolución Industrial.
En el siglo XIX, se continuó con esta separación. El Jurista alemán Rudolf von Ihering estableció tres categorías visiblemente diferenciadas: el derecho público que tenía como objeto de trabajo la propiedad pública, el derecho privado que se encargaba de regular lo que es la propiedad de los particulares, y finalmente el derecho colectivo que tenía como titular de una propiedad a toda la colectividad de ciudadanos.
COMENTARIO:
“El Jurista Rudolf von Ihering, partió de que el derecho público se encargaba de todo lo que correspondiera al Estado, el derecho privado a todo lo que le correspondiera a las
...