Historia De La Constitución Argentina
Enviado por ediz116 • 27 de Agosto de 2012 • 1.964 Palabras (8 Páginas) • 676 Visitas
as provincias integrantes de la Confederación Argentina firmaron el Acuerdo de San Nicolás, por el que convocaron a un Congreso Constituyente. Sin embargo el 11 de septiembre la Provincia de Buenos Aires se separó de la Confederación, ya que Buenos Aires no aceptó transferir el poder que se le reservaba, sobre todo en lo concerniente a la igualdad de representación en el congreso (dos diputados por provincia y a la nacionalización de la aduana anunciada en el artículo 19 del Pacto de San Nicolás), debido a lo cual no formó parte del congreso. La Constitución fue aprobada el 1 de mayo de 1853 en la Ciudad de Santa Fe, capital de la Provincia de Santa Fe, durante el gobierno de Justo José de Urquiza quién derrotaría a Rosas en la Batalla de Caseros rigiendo solo para las trece provincias restantes. En 1859 y luego de la batalla de Pavón, Buenos Aires y la Confederación se reunificarían y a tal efecto se realizó la Reforma de 1860.
Los constituyentes de 1853 trabajaron sobre la base de tres fuentes principales:
Las constituciones anteriores,
La Constitución de Estados Unidos,
El libro Bases y puntos de partida para la organización política de la República Argentina de Juan Bautista Alberdi.
La Constitución tenía un preámbulo y dos grandes partes, la primera dedicada a los derechos y garantías y la segunda dedicada a la organización del gobierno. El texto estaba redactado en 107 artículos.
El preámbulo, sin valor normativo, adoptó la fórmula inicial del famoso «nosotros, el pueblo» de la constitución estadounidense pero modificada como «nos, los representantes del pueblo» para subrayar la naturaleza exclusivamente representativa del sistema adoptado. Declara también que la constitución es «para todos los hombres del mundo que quieran habitar en el suelo argentino».
La primera parte (derechos y garantías) fue redactada en 31 artículos. Tratándose de una constitución liberal, básicamente contiene los derechos humanos de primera generación: (principio de legalidad, principio de igualdad ante la ley, derecho de propiedad, inviolabilidad del domicilio, libertad de expresión sin censura previa, libertad de circulación, etc.). Adicionalmente contiene normas específicas como la abolición de la esclavitud (art. 15), gratuidad de la educación primaria (art. 5), la igualdad de derechos civiles para ciudadanos y extranjeros (art. 20), el fomento de la inmigración europea (art. 25), la prohibición de toda forma de democracia directa (art. 22), etc.
La segunda parte (gobierno) regula la organización de los tres poderes federales (ejecutivo, legislativo y judicial) y los gobiernos provinciales, según la forma representativa, republicana y federal (federalismo atenuado). Organizó un poder ejecutivo fuerte (presidencialismo), con facultades para intervenir las provincias, declarar el estado de sitio, designar a los jueces, etc. El poder legislativo es bicameral con facultades para sancionar los códigos principales. El poder judicial está organizado sobre la base del juicio por jurados, pero nunca fue cumplido. El sistema electoral no establecía el sufragio secreto ni universal (prohibía el sufragio femenino).
[editar]Reforma de 1860
Cuando la Provincia de Buenos Aires se incorporó a la Confederación, luego de firmar el Pacto de San José de Flores, se realizó una Convención provincial, la cual sugirió diversas reformas a la Constitución. Estas reformas variaban desde las cosméticas (eliminación de frases como "ejecuciones a lanza y cuchillo", y reemplazo de la palabra Confederación para poder llamarse Nación) a otras más importantes (eliminación del requisito de aprobación por el Congreso para la entrada en vigencia de las constituciones provinciales). Ese mismo año, una Convención Reformadora en Santa Fe aprobó estas reformas sugeridas, dando paso así a la reunificación nacional. A su vez, limitó los derechos de exportación.
[editar]Reforma de 1866
Entre las reformas introducidas en 1860 había algunas de carácter rentístico, como transición para la entrada de Buenos Aires a la Nación. Establecía como condición de la reforma que ella pudiera ser realizada “pasados diez años desde el día en que la juren los pueblos” conforme fuera propuesto por la provincia de Buenos Aires al tiempo de su incorporación a la Confederación y como resultado de las reformas por su legislatura aprobadas. El sentido de esta reforma es eliminar esta condición.
[editar]Reforma de 1898
Hacia fines del s. XIX, se hizo evidente que el crecimiento de las actividades del gobierno desbordaba las instituciones previstas en la Constitución. Por eso, en 1898 se reunió una Convención en Buenos Aires que aprobó, entre otras menores, estas reformas:
Cambio de la base de elección de Diputados. La constitución de 1853 indicaba que se elegiría un diputado cada 20.000 habitantes. El crecimiento poblacional demostró la necesidad de un cambio. El artículo se reformó para que el Congreso pudiera elevar la base de elección de diputados para poder mantener su número en una cantidad razonable (de no haber sido así, de acuerdo con los datos del Censo de Argentina de 2010 la Cámara debería estar formada por 2004 miembros).
Aumento de los ministerios. La Constitución fijaba en cinco el número de ministerios y deslindaba sus ramos (Relaciones Exteriores, Interior, Justicia e Instrucción Pública, Hacienda, Guerra y Marina). Con la reforma, su número aumentó a ocho y su deslinde se dejó a la legislación.
[editar]Reforma de 1949
Artículo principal: Constitución Argentina de 1949.
La necesidad de incorporar nuevos derechos sociales y las nuevas funciones del Estado fueron los argumentos básicos que motivaron esta reforma constitucional.
Fueron incorporadas numerosas cláusulas sociales, tales como los derechos de la ancianidad, los derechos del niño, derechos de la mujer, derecho laboral con fuerte protección de los trabajadores, el hábeas corpus las mismas estaban contenidas en el art. 37 ( posterior art 14 bis incorporado por el gobierno del 56). Reforzó también las facultades del Poder Ejecutivo. Esta reforma constitucional fue promovida por el gobierno de Juan Domingo Perón. La modificación posibilitaba que el presidente fuera reelecto indefinidamente y que los representantes fueran elegidos por voto directo.
[editar]Proclama militar de 1956
El 27 de abril de 1956 el presidente de facto general Pedro Eugenio Aramburu emitió una proclama de carácter constitucional, estableciendo que el texto de la Constitución vigente quedaba sin efecto, y poniendo en vigencia la Constitución de 1853, con las reformas de 1860, 1866 y 1898. Entre los derechos y normas constitucionales que
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