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Historia Del Derecho Internacional A Lo Largo Del Tiempo


Enviado por   •  8 de Agosto de 2012  •  2.087 Palabras (9 Páginas)  •  801 Visitas

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Derecho Internacional Público: Se define como el conjunto de normas o principios que regulan las relaciones jurídicas de los estados entre sí (al hablar de estados nos referimos a ellos como únicas entidades del DIP, ya que para ese entonces las organizaciones internacionales y las personas particulares entre otras no forman parte del mismo); es decir, que el Derecho Internacional comprende especialmente normas establecidas por vía consuetudinaria para regular las relaciones entre los estados, creando obligaciones, responsabilidades y derechos para todos los estados.

HISTORIA DEL DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO

Del nombre mismo del Derecho Internacional se desprende que solamente puede existir en relación a comunidades jurídico - políticas independientes. Por ello no resulta correcto sostener que este orden jurídico pudo existir en la antigüedad. El historicismo de los siglos XVIII y XIX penetró demasiado en los autores de esta materia, sin embargo, de ahí que se observe una marcada predisposición de los publicistas de señalar que hubo Derecho Internacional desde los orígenes de la civilización.

Las rudimentarias instituciones que surgen de manera aislada y fugaz en la historia de los tiempos antiguos no pueden considerarse, en ningún caso, como integrando un sistema jurídico entre naciones. Porque mal puede hablarse de un derecho que rige a los estados cuando estos no existen unos frente a otros.

De esta manera el Derecho Internacional fue posible cuando aparece el estado moderno, autónomo, autocapaz, en relaciones de igualdad con sus semejantes, fenómeno que tiene lugar sólo después del renacimiento, y no en época anterior.

En realidad el Derecho Internacional empieza a surgir coetáneamente a la formación de los grandes estados de Europa, en el siglo XVI: España, Francia, Inglaterra, Austria, países escandinavos.

Las raíces del Derecho Internacional se encuentran ciertamente en la alta edad media, pero esta rama no se manifiesta con sus rasgos peculiares sino hasta el momento en que sobreviene el desmembramiento del sacro romano imperio y ocurre el descubrimiento de América, con su cauda de efectos. O sea, desde esa centuria principió a socavarse el principio de la supremacía universal del Papa y se fue mermando la autoridad imperial dejando el paso a una nueva organización político jurídica. Pero a la vez, el estado moderno tuvo que suprimir, de su seno, poderes que le hacían sombra, como eran los derivados del régimen feudal.

Una confirmación adicional se recibe del hecho que antes del siglo XVI no existía ninguna doctrina del Derecho Internacional.

Es posible señalar varias etapas en el desenvolvimiento de Derecho Internacional a partir de su aparición:

a) La primera de ellas va desde el renacimiento hasta la paz de Westfalia (1648). Todavía se advierten resabios medievalistas durante gran parte de este periodo.

b) Puede señalarse el siguiente periodo desde el tratado de Westfalia hasta la revolución francesa.

El tratado de Westfalia (1648) marca un hito muy destacado en el progreso de las instituciones internacionales. Constituyó durante casi un siglo la estructura política internacional del continente europeo y es el primer síntoma importante de la existencia del Derecho Internacional.

Confirmó este pacto el principio de la soberanía territorial, indispensable en un orden jurídico internacional.

En esta segunda etapa se percibe un incremento de las actividades diplomáticas. Nacen y se multiplican los tratados de comercio. La institución de la neutralidad se desarrolla notablemente, y se principia a regir lo relativo al contrabando de guerra. Con respecto al anterior, este periodo representa un decidido avance.

Un poco más avanzada esta etapa surge el tratado de Utretch (1713) que establece un principio político - internacional de la mayor importancia; “El justo equilibrio del poder”, originado prácticamente desde Westfalia y que se mantuvo hasta la época de Napoleón.

c) Las guerras napoleónicas, que tanto alteraron la faz del continente y que no trajeron ningún desarrollo notable del Derecho de gentes, terminaron con un acontecimiento internacional de gran importancia y que constituye el origen del tercer gran periodo en el desenvolvimiento de este origen jurídico. Tal suceso fue el congreso de Viena (1815), que a la vez señala el esplendor de la diplomacia clásica.

El congreso de Viena deja paso a un Derecho Internacional bien estructurado, con casi las características que le conocemos.

Se establecen por tal congreso nuevas divisiones políticas y se inaugura un sistema de gran resonancia: la intervención. La santa alianza, que resulta de ahí, fue un pacto de ayuda militar y un prolegómeno de organización internacional, pues establecía el sistema de la consulta, por medio de congresos, para actuar defendiendo el principio de la legitimidad monárquica, en contra de los brotes del liberalismo.

Surge en Viena el llamado “Concierto Europeo” que, fundado en el “equilibrio del poder”, habría de manejar los destinos del mundo a lo largo del siglo XIX, un hecho es cierto, mala o buena la organización que surgió del congreso de Viena desde 1815 hasta 1914 no hubo “Guerra mundial”, y solo hasta 1870 ( o sea cincuenta y cinco años después) ocurrió una contienda importante en el continente europeo.

El Derecho Internacional, después de ese congreso, y hasta la guerra mundial I, alcanza un desarrollo portentoso de sus instituciones. Sucintamente pueden mencionarse los siguientes: surge una opinión pública internacional, que habría de pensar en la formación de las instituciones. Se desarrollan las represalias. El bloqueo se asienta en sus rasgos fundamentales, y se depura.

d) La guerra mundial (1914 - 1918) significó un gran golpe para el desarrollo del derecho de gentes, y produjo un desaliento muy marcado respecto de la efectividad de este orden jurídico.

El señorío de la moral internacional que había presidido la comunidad de estados casi desde Westfalia, fue desplazado, dejando su lugar a un sórdido nacionalismo y a la anarquía. Pero la reacción no tardo en presentarse, y hubo un tibio renacimiento.

El Derecho Internacional se robusteció, las instituciones ya conocidas crecieron y otras nuevas se formaron, como por ejemplo, las organizaciones internacionales, por unos años, un nuevo espíritu pareció prevalecer, pero como no habían podido erradicarse del todo los nefastos conceptos de discolería y de predominio, y campeaban el resentimiento y la incomprensión, al final del periodo ( 1938 - 39 ) se perdió mucho de lo trabajosamente ganado, y pudo advertirse retroceso súbito. El periodo entre las dos guerras fue, pues, contradictorio en sí mismo.

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