Kurt Nagel, Trabajo 3, Grupo 2
Enviado por pattycrodriguezh • 5 de Febrero de 2013 • 2.156 Palabras (9 Páginas) • 749 Visitas
1.- ¿Cuáles fueron las principales instituciones jurídico-políticas que se adoptaron durante la época republicana en Roma? Explique cada una.
Las instituciones políticas a través de las cuales se regía la República romana pueden agruparse en tres tipos: las magistraturas o cargos públicos, el consejo o senado y las asambleas del pueblo.
En orden ascendente, las magistraturas romanas fueron las siguientes:
Cuestura: Era la magistratura romana de menor rango. Los cuestores se encargaban de administrar el tesoro público y de proteger el archivo del estado romano que se guardaban en el templo de Saturno. Originariamente hubo sólo dos cuestores, pero su número aumentó a lo largo de la República hasta alcanzar la cifre de veinte.
Edilidad: Esta magistratura era desempeñada por cuatro ediles (dos patricios y dos plebeyos). Tras la lucha patricio-plebeya, los ediles de la plebe y los ediles curules se fusionaron en una misma magistratura y tendieron a unificarse sus funciones. Fundamentalmente, se encargaban de cuidar del orden público y del abastecimiento de Roma, controlando la tranquilidad en las calles y en los mercados. Asimismo, los ediles organizaban los juegos públicos.
Tribunado de la plebe: Esta magistratura plebeya tuvo en su origen un carácter revolucionario, pero tras el final del conflicto patricio-plebeyo pasó a ser una magistratura ordinaria más al servicio de todo el cuerpo de ciudadanos. Estaba formada por un colegio de diez miembros. Estos se ocupaban de controlar los posibles abusos de los magistrados sobre el pueblo. Poseían derecho de auxilium (defensa de un ciudadano ante una injusticia) e intercessio (veto) Además, los tribunos de la plebe eran considerados inviolables (sacrosanctitas) y podían convocar la asamblea de la plebe para votar plebiscitos.
Pretura: Los pretores eran magistrados encargados de administrar justicia. Al igual que los cónsules, estaban investidos de auspicium e imperium. Con la expansión territorial de Roma y el aumento del número de provincias, las competencias de los pretores aumentaron, así como también su número (a fines del siglo III a. C. había cuatro).
Consulado: Los dos cónsules eran los magistrados supremos de la República romana. A ellos correspondía la dirección del Estado y el mando general del ejército. Heredaron de los reyes el auspicium y el imperium, siendo su ámbito de competencias enorme. Los cónsules podían convocar tanto las asambleas populares como el senado. Juzgaban causas de carácter civil y penal y podían proponer leyes. Además, eran los magistrados epónimos, que daban nombre al año.
Censura: En principio, los censores formaban un colegio de dos miembros que se elegía cada cinco años para un período de 18 meses. Su cometido era la elaboración del censo. Este censo consistía en la lista de ciudadanos romanos ordenados según su participación en el ejército, tributo y tribu. Posteriormente, a comienzos del siglo IV a. C. se les añadió la competencia de confeccionar la lista de senadores.
Dictadura: Se trata de la magistratura extraordinaria, a la que sólo se recurría en casos de grave peligro, como una guerra o una crisis interna. La dictadura aunaba cuatro particularidades: no ser colegiada, ni electiva, ni anual, ni estar sometida al veto de los tribunos de la plebe. En efecto, el dictador era nombrado por los cónsules para que ejerciera su mandato por un período de no más de seis meses. Durante ese tiempo el dictador concentraba en su persona todos los poderes, hasta el punto de que sobre él no tenía validez la intercessio de los tribunos de la plebe. Asimismo, la dictadura anulaba la provocatio ad populum: recurso de apelación al pueblo que tenía todo ciudadano sentenciado a muerte. Esta provocatio dependía del tribuno de la plebe, que podía anular una sentencia judicial desviándola a la asamblea popular.
SENADO:
Durante el periodo monárquico, el senado romano había sido el consejo asesor del rey y había estado compuesto únicamente por patricios. Con el paso de la Monarquía a la República, se convirtió en la cámara política que asesoraba a los magistrados. Tras ser superado el conflicto patricio-plebeyo y, en especial, a partir de las leyes Licinio-Sextias (361 a. C.), que abrieron el acceso a las magistraturas a los plebeyos, éstos pudieron ser elegidos senadores, junto con los patricios. Desde el año 216 a. c., el senado romano pasó a estar compuesto por todos los ex magistrados. El nombramiento de éstos como senadores era vitalicio. Hasta el final de la República, en el siglo I a. C. el senado estuvo compuesto por 300 miembros. El papel que desempeñaba esta institución en el gobierno de Roma era enorme, pues representaba la experiencia política y la tradición romana por encima de los mandatos temporales de los distintos magistrados. En función de la auctorirtas del senado, ninguna decisión popular, ya fuera legislativa o electiva, podía entrar en vigor sin la autorización de los senadores. Las competencias del senado eran muy amplias, pues abarcaban todos los campos de interés de la República romana: política exterior, religión, finanzas, administración y orden interno.
ASAMBLEAS:
Las asambleas eran la institución que permitía la participación política de todos los ciudadanos romanos (populus Romanus). Había varios tipos de asamblea, pero todos seguían unos principios generales: No existía el principio de representación, de manera que era necesaria la presencia física en la asamblea correspondiente. Por este motivo, los comicios acabaron siendo reuniones de la plebe urbana, fácilmente manipulable por los magistrados. Esto contribuyó al desprestigio de la asamblea como institución.
- La asamblea nunca era tumultuaria, sino que estaba organizada conforme a unos grupos definidos (no como hoy en día: “una persona, un voto”).
- Las asambleas eran convocadas por los magistrados en días hábiles (sólo 195 al año) y su celebración iba unida a prescripciones religiosas.
- Los miembros de la asamblea no deliberaban las distintas propuestas de los magistrados, sino sólo las votaban (sí o no).
Tipos de asamblea:
- Comicios curiados: se trata del tipo de asamblea más antiguo, pues se remonta a la época de la Monarquía, en que el pueblo romano se organizaba en treinta curias. En época republicana los comitia curiata perduraron como una tradición romana. Su cometido era conceder el imperium a los magistrados correspondientes, mediante la votación de una lex curiata de imperio.
- Comicios centuriados: se trata de la asamblea fundamental del pueblo. Se remonta también a la etapa monárquica,
...