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La Constituyente


Enviado por   •  21 de Agosto de 2012  •  1.977 Palabras (8 Páginas)  •  390 Visitas

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El poder constituyente radica esencialmente en el pueblo que puede ejercerlo directamente por medio de un plebiscito o delegarlo a una asamblea constituyente. Fue Sieyes, en el inicio de la Revolución Francesa, quien acuñó los términos de pouvoir constituant y pouvoir constitué, o sea, el poder supremo que dicta las normas superiores del Estado y la autoridad constituida que se somete a la regla superior.

La Constitución francesa de 1793 enunció el principio del poder constituyente del pueblo en el Articulo 28: “Un pueblo tiene siempre el derecho de revisar, reformar y cambiar su constitución”. Lo que tampoco puede ser arbitrario, por las reglas atinentes a la convocación del plebiscito (democracia directa) o de la asamblea constituyente (democracia representativa).

Sanción de la Constitución de Cúcuta por el Libertador y sus ministros, octubre 6 de 1821.

Portada de la Constitución de Rionegro, 1863.

La Constituyente tiene su mística y su historia. Evoca naturalmente los magnos debates de la Revolución Francesa o del Congreso de Filadelfia en el siglo XVIII, para expedir las constituciones de Francia y los Estados Unidos, las dos naciones que en ese entonces marcaban el paso de las transformaciones democráticas.

Entre nosotros no ha habido, a lo largo de la historia, una doctrina única sobre si debe ser el Congreso el que asume las atribuciones de Constituyente o si es más adecuado elegir un cuerpo constituyente seleccionado para cumplir la más grande de las responsabilidades en una República: la de concebir la norma suprema del Estado y de los derechos ciudadanos. Hemos tenido y practicado ambos sistemas. Aunque han sido, en verdad, más numerosas las reformas por congresos que las llevadas a cabo por asambleas constituyentes.

En no pocas circunstancias, la Constituyente se ha salido de las manos de sus promotores, con resultados ciertamente inesperados. Es un violín que sirve para todo y para toda suerte de partituras. Veamos algunos casos:

Casa donde se reunió la Convención Constituyente. Rionegro

Tomás Cipriano de Mosquera, presidente provisorio y convencionista de Rionegro.

1828. Convocada la Convención de Ocaña violando la Constitución de 1821, queda derrotado el bolivarismo y triunfó el partido de Santander.

A pesar de estar previsto en el Artículo 191 de la Constitución que la revisión no podría hacerse antes de diez años, es decir, en 1831, se invoca la urgencia de las reformas que espera el país para expedir el Decreto del 7 de agosto de 1827 que convoca la Gran Convención de Ocaña para el 2 de marzo de 1828. En uno de los considerandos del decreto expedido por el Congreso se alega que “en las circunstancias críticas en que se halla la República, la experiencia basta para justificarlo”.

Bolívar quiere que el Ejecutivo tenga mayores facultades. Reunida la Convención surgen dos proyectos: uno auspiciado por la fracción bolivariana y otro de la oposición, integrada por Francisco de Paula Santander, ya separado del mando, Vicente Azuero y Francisto Soto. José María del Castillo y Rada defiende el primero contra un fuerte bloque que apoya “la Constitución azuerina” de tendencia descentralista. Los diputados bolivarianos con Castillo y Rada a la cabeza abandonan la Convención.

Al fracasar la Convención de Ocaña se considera que la República de Colombia ha quedado sin Constitución. Bolívar, con ademán autoritario, proclama la dictadura. La oposición organiza el atentado de la “nefanda noche septembrina” (25 de septiembre de 1828) y la Gran Colombia se precipita hacia la disolución.

Santander había escrito a un amigo en carta interceptada por el general Montilla en Cartagena: “Nuestra patria está regida no constitucionalmente, sino caprichosamente por Bolívar, que del título puramente honroso de Libertador ha querido hacer un título de autoridad superior a las leyes”.

1862. El Gran General Mosquera convoca la Convención de Rionegro y los radicales redactan una constitución para “amarrarlo”.

El Gran General Tomás Cipriano de Mosquera ha ganado la guerra de 1861 contra el presidente de la Confederación Granadina, Mariano Ospina Rodríguez.

La suerte del Estado está en sus manos. En un ambiente de cornetas, tambores y clarines, Mosquera expide el decreto del 7 de abril de 1862, considerando abolida la Constitución de 1858 de la Confederación Granadina, Convención para el 6 de agosto en Cartagena. Posteriormente, es trasladada la sede a Ibagué y, por último, a Rionegro, porque el Gran General quiere estar cerca del teatro de las operaciones militares en Antioquia contra los conservadores levantiscos.

Inaugurada el 4 de febrero de 1863, la Convención de Rionegro agrupa al lado de Mosquera a las figuras descollantes del Olimpo Radical: Salvador Camacho Roldán, José María Rojas Garrido, Camilo Antonio Echeverri, Ramón Santomingo Vila, José Eusebio Otálora, Lorenzo María Lleras, Manuel Ancízar.

En el forcejeo de la hermenéutica jurídica los radicales le imponen a Mosquera una Constitución con el período presidencial de dos años; el máximumde libertades públicas; el derecho de insurrección y la neutralidad del poder central en las guerras de los Estados integrantes de la federación. El Gran General vencedor en la guerra pierde en la paz.

1885. Rafael Núñez declara la caducidad de la Constitución de 1863 y convoca una Constituyente. El triunfador será Miguel Antonio Caro.

En el combate de La Humareda, el 17 de junio de 1885, que Carlos Martínez Silva llamó las “Termópilas Colombianas”, las fuerzas revolucionarias del liberalismo luchan desesperadamente contra las del gobierno al mando del general Guillermo Quintero Calderón. Todo señala la victoria de la revolución y sucede lo contrario. En Bogotá, Felipe Angulo, secretario de Guerra del presidente Rafael Núñez había ordenado el cierre total de la prensa política.

Consejo Nacional de Delegatarios, convocado por Rafael Núñez

en noviembre de 1885 pura redactar una nueva Constitución.

Rafael Núñez recibe una manifestación conservadora y sale al balcón del Palacio de San Carlos. En su discurso pronuncia la frase: “La Constitución de 1863 ha dejado de existir”. Por Decreto número 594 del 10 de septiembre de 1885, convoca un Consejo Nacional de Delegatarios, integrado con dos delegatarios por cada uno de los nueve departamentos que eran los antiguos “Estados soberanos” de la época federal. Era un verdadero

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