La Revolucion De Mayo
Enviado por maeulosi • 3 de Diciembre de 2011 • 8.610 Palabras (35 Páginas) • 969 Visitas
INTRODUCCIÓN
La revolución de mayo no surgió como un impulso espontáneo de un grupo de patriotas decididos; quienes aprovechando momentos de circunstancias favorables resolvieron deponer a la autoridad real local para reemplazarla por un gobierno propio elegido por el pueblo.
En el presente trabajo se demostrará que dichos acontecimientos de 1810 fueron el resultante de la conjunción de causas profundas de orden político y filosófico, cuyas raíces deben rastrearse tanto en la misma España, como en los acontecimientos a nivel mundial-tanto europeos como americanos-los cuales unidos a la situación particular que se vivía en el Río de la Plata, tuvieron como resultado lo que llamamos la revolución de mayo de 1810.
Tomaremos como punto de partida los antecedentes revolucionarios en América, como los de Europa; resultando de la primera la independencia de los Estados Unidos de América y de la segunda un cambio radical en cuanto al sistema gubernamental francés. Todo ello sumado a las causas mediatas como la insurrección de Tupac Amarú en el Perú; la condición de las Indias, como dominio exclusivo del monarca español; la influencia del pensamiento escolástico predominante en la península ibérica y los pensamientos políticos y filosóficos, contarios al absolutismo y partidarios de la libertad de comercio. Pasando por la reacción inmediata del Río de la Plata en cuanto a la influencia y consecuencias directas de las invasiones inglesas, la invasión napoleónica a España y la caducidad de la autoridad española, de quien dependían directamente las colonias americanas. Para concluir con factores importantes que hacen al monopolio comercial, a la discriminación de los criollos en la administración pública y los anhelos de libertad e independencia del pueblo colonial.
Tomando las causas como fundamentos filosóficos, políticos y doctrinarios que han influido directa e indirectamente en los acontecimientos objeto del presente; a diferencia de los antecedentes; los cuales son considerados como circunstancias fácticas anteriores que sirvieron de ejemplo e influencia en los patriotas de mayo de 1810.
CAUSAS INDIRECTAS:
INFLUENCIAS DOCTRINARIAS
Durante el siglo XVI, surgieron nuevos desarrollos doctrinarios; en cuanto que, por un lado se le otorga al poder un contenido absoluto "summa potestas, suprema potestas" y por el otro se trata de determinar en quien reside la soberanía y cuales son sus límites.
Francisco de Vittoria (1486-1546); se ocupo de éstas cuestiones desarrollando la teoría política de Santo Tomás de Aquino. Sosteniendo que la potestad pública está constituida por derecho natural, y teniendo el derecho natural a Dios sólo por autor, deviene que el poder público proviene de Dios. La autoridad radica en la república, que constituye al gobernante para la administración de la comunidad; por ende cada república puede nombrarse su señor sin que para ello sea necesario el consentimiento de todos; sino que basta el de la mayor parte. Éstas teorías tuvieron su repercusión no solo en España sino también fuera de ella; estableciendo las bases del derecho internacional.
El último y más conocido escolástico fue Francisco Suárez (1548-1617) que continua y perfecciona la elaboración doctrinaria, aunque con matices distintos, sosteniendo que "la potestad civil, cuando se halla en un hombre o en un príncipe por derecho legítimo y ordinario procedió de la comunidad o próxima o permanente"1
Claro está que Suárez reconoce el origen divino de la autoridad, la que; por lo tanto, es de derecho natural. Las tendencias sociales del hombre la llevan a unirse mediante un acuerdo, que forma un cuerpo místico en el cual recae, por derecho natural, la potestad política. Y esta sociedad así formada, que necesita un dirección, transfiere esa potestad a los gobernantes por medio de otro acuerdo o por consentimiento tácito, es decir, por derecho humano o positivo que puede establecer la forma de gobierno y los límites del poder.
Lo característico de Suárez, consiste, en que esa entrega del poder da al gobernante la plenitud de la autoridad en los gobiernos monárquicos "porque trasladada la potestad al rey, por ella se hace éste superior aun al reino que se la dio, porque dándola se sometió y se privó de la primitiva libertad"2
1 y 2 Ricardo Zorraquin Becu, "Estudios de Historia del Derecho" Abeledo-Perrot 1992 pag. 44
Con ello Suárez se anticipó a las doctrinas absolutistas; es cierto que los gobernantes deben procurar la realización del bien común, porque el ejercicio del poder tiene esa finalidad específica y, en consecuencia, el príncipe queda obligado a respetar los derechos divino y natural; y aún sus propias leyes. Pero el pueblo nada puede hacer para obligarlo a cumplirlas; exceptuando el caso extremo de tiranía. No pudiendo el rey ser privado de esa potestad, porque adquirió dominio de ella, a no ser que se incline a la tiranía; causa por la cual el pueblo puede hacer guerra justa contra él.
Lo fundamental de esta posición escolástica española del siglo XVI consiste en que su filosofía política integra una visión del mundo en la cual la sociedad humana es parte del orden universal creado por Dios y regido por su ley eterna. De este sistema deriva la ley natural, a la que deben someterse los gobernantes. Frente al derecho divino de los reyes se afirmó que la autoridad no proviene de Dios directamente sino por intermedio del pueblo que la confiere; expresa o tácitamente y la recupera en caso de quedar vacante el cargo.
Pero también, frente a los que ya afirmaban que el poder es de institución puramente humana, los escolásticos vincularon a la autoridad política con el orden de la creación divina y con la naturaleza social del hombre, subordinándola así al derecho y por lo tanto a normas superiores de vigencia necesaria.
Paralelamente a esta doctrina española van surgiendo en otros países una doctrina que desvincula al poder de su origen divino, dándole en definitiva un carácter absoluto. Es indispensable tener en cuenta el término soberanía, de importante trascendencia en lo planteado; ya que lo que interesa destacar en este sentido es la diferencia radical que existe entre la idea de soberanía como poder supremo del Estado y la noción escolástica de un poder sometido a normas y a la conformidad del pueblo.
Porque, si el poder es supremo-soberano- carecerá de las limitaciones tradicionales que las ideas católicas habían impuesto a los príncipes. Contra esta concepción reaccionan los españoles del siglo XVII que no aceptan íntegramente éstas teorías,
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