La Voluntad Humana
Enviado por krozito • 13 de Noviembre de 2012 • 1.190 Palabras (5 Páginas) • 710 Visitas
LA VOLUNTAD HUMANA
Los Conceptos y principales elementos
Para el derecho la declaración de voluntad es un Acto Jurídico a través del cual, el sujeto expresa intersubjetivamente algo que esta en su pensamiento. Esta declaración de voluntad es fuente del derecho, cuando lo expresado intersubjetivamente constituye una norma jurídica obligatoria, y no una simple declaración u opinión.
Como acto jurídico, la declaración de voluntad se rige por las normas que le son pertinentes.
Pueden expresar su voluntad muchos tipos de personas. Las naturales (que somos los seres humanos), adquirimos plena capacidad a partir de los dieciocho años de edad, y somos relativamente incapaces desde los dieciséis. También pueden expresar su voluntad las personas jurídicas (asociaciones, sociedades mercantiles, etc.), para lo cual tienen que haber cumplido todos los requisitos de constitución y nombramiento de mandatarios que las representen y expresen válidamente.
Para que la declaración de voluntad sea legítima, tiene que tener objeto licito. Las expresiones de voluntad con contenido ilícito carecen de efecto jurídico positivo y, mas bien, son por lo general sancionadas. Una declaración de voluntad que estatuye una norma jurídica pero carece de licitud, hace invalida dicha norma, la que en consecuencia no obliga.
La expresión de voluntad debe ser hecha en observancia de la forma prescrita o no prohibida por la ley. Las personas naturales nos expresamos en principio de dos maneras; expresa y tácticamente, ocurriendo lo propio en el caso de las personas jurídicas por intermedio de sus representantes legítimos. La declaración expresa es, por ejemplo, firmar un contrato en el que declaro vender tal casa-habitación; declaración tacita es la que queda supuesta de la voluntad manifiesta del agente, por ejemplo, en el caso de que alguien tome delante mio un libro y me anuncie que lo devuelva mañana: expreso tácitamente mi voluntad de prestárselo al no impedirlo, aun cuando no diga expresamente “te lo presto”.
Esto es aplicable a los actos jurídicos que no requieren formalidad especial. Sin embargo, muchas veces el Derecho impone ciertas formas para la validez: es el caso de los testamentos o de ciertos contratos que deben constar por escrito o de las declaraciones de voluntad de los organismos.
Para que la declaración de la voluntad tenga relevancia jurídica tiene que ser intersubjetiva, es decir, tiene que comunicarse necesariamente a otro u otros sujetos. Si queda en conocimiento exclusivo del propio agente, carecerá de dicha relevancia y no surtirá efectos para el Derecho. Así, por ejemplo, si quien fallece declara verbal y públicamente en sus últimos instantes que ha dejado un testamento escrito en el que hace una repartición determinada de sus bienes, pero el documento testamento mismo nunca es hallado, entonces no tendrá validez jurídica por mas constancia que exista de su ultima declaración aludida.
Las consecuencias de una declaración de voluntad, no son necesariamente normativas y, por lo tanto, no siempre operan como fuente del Derecho, aun cuando tuvieran efectos jurídicos. Por ejemplo, cuando un varón se acerca a los registros de nacimiento, para declarar y firmar que es padre de tal criatura, esta realizando una declaración de voluntad trascendental, que va a establecer numerosas consecuencias jurídicas entre el, el niño, su futuro o futura cónyuge, sus descendientes, etc. Sin embargo no hay nada de normativo en esta declaración de reconocimiento de paternidad; Por lo tanto, solo algunas de las declaraciones de voluntad asumen la calidad de fuente del derecho. Ellas pueden ser de dos tipo: unilaterales y bilaterales
Declaración Unilateral de voluntad
Por declaración unilateral de voluntad debemos entender la que, llegando a asumir carácter intersubjetivo, no supone un acuerdo con otra voluntad. Es, para graficarla, como un cabo extendido al aire.
Parece extraño, en
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