La escuela anglosajona
Enviado por Valentin Rios Patiño • 14 de Diciembre de 2022 • Ensayo • 1.396 Palabras (6 Páginas) • 424 Visitas
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ENSAYO
“ESCUELA ANGLOSAJONA”
BRAHYAN VALENTIN RIOS PATIÑO
JENIFER KATERIN FONSECA GAMBOA
TRABAJO DE AULA
UNIVERSIDAD DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO UDI
FACULTAD DE CIENCIAS ADMINISTRATIVAS, ECONÓMICAS Y CONTABLES
CONTADURÍA PÚBLICA
SAN GIL
2020
ENSAYO
“ESCUELA ANGLOSAJONA
BRAHYAN VALENTIN RIOS PATIÑO
JENIFER KATHERIN FONSECA GAMBOA
TRABAJO DE AULA
CHIQUINQUIRÁ RIVERA QUIÑONES
UNIVERSIDAD DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO UDI
FACULTAD DE CIENCIAS ADMINISTRATIVAS, ECONÓMICAS Y CONTABLES
CONTADURÍA PÚBLICA
SAN GIL
2020
TABLA DE CONTENIDO
- INTRODUCCIÓN…………………………………………………………………1
- DESARROLLO……………………………………………………………………2
- LINEA DE TIEMPO……………………………………………………………….4
- CONCLUSIONES………………………………………………………………...5
- INTRODUCCIÓN
El presente trabajo tiene como finalidad exponer la escuela anglosajona, la cual surge del movimiento británico en el mismo contexto del modelo norteamericano, no obstante existe una diferencia en la terminología, por lo tanto tiene una gran relevación en el país puesto que en base a ello se certificó a los trabajadores de acuerdo a los estándares de competencia y aseguramiento, para medir el nivel que el trabajador pueda alcanzar y así mismo la capacidad de adaptabilidad frente a la varianza.
La palabra anglosajón es un vocablo compuesto, que une “anglii” de origen latino, designación que recibieron los germanos provenientes de un lugar llamado actualmente “Anglia”, una península actualmente ubicada en Alemania; y por “saxon” de la misma ,procedencia etimológica, que aludía a quienes venían de los Países Bajos y la denominada Baja Sajonia; o Niedersachsen.
La escuela de pensamiento anglosajona tiene una concepción contable que se basa en la protección del interés privado (fomento de la libre empresa) y no tiene importancia para su desarrollo el interés del Estado - Sociedad. No basa su importancia en el derecho jurídico sino en el estatutario, es decir es el que regula las relaciones de las empresas privadas, y se instala en la voluntad de los interesados y no de la soberanía del estado.
En el presente acápite, se toma como referente la cita expresada por los autores Laguna Caicedo, Ortega Ponce y Rodríguez Santander (2016) en donde afirman que “su origen se remonta al siglo XV con el desarrollo de la actividad mercantil de las flotas navieras holandesas. En donde los comerciantes ante los riesgos que representaban los viajes en ultramar y por la inseguridad de las embarcaciones, se vieron en la necesidad de delegar tanto la administración de la empresa como el ejercicio del control a la gestión de sus actividades mercantiles”.
Este control se practicaba sobre los reportes que presentaban los administradores al final de cada viaje, donde relacionaban las cuentas de ingresos y gastos, base para determinar las resultados finales de las operaciones desarrolladas (Henao, 2012). Teniendo la información descrita con suma anterioridad, surge de un proyecto de opinión de las empresas sobre la teoría fundamental de la contabilidad, en donde se establecen las características de la información contable.
El presente documento efectuará una profundización que proporcione intensificar y afianzar cada uno de las competencias referente al modelo anglosajón objeto de estudio, esclareciendo las características, sucesos destacables y la perspectiva característica del arquetipo en cuestión.
- DESARROLLO DEL TRABAJO
En lo tocante al presente epígrafe, resulta posible inferir que Las primeras manifestaciones del modelo de control anglosajón se remontan al siglo XV, con el desarrollo de la actividad mercantil de las flotas navieras holandesas. A partir de esta época fueron surgiendo personal con especialización en el análisis, observación y revisión de cuentas, en representación de los respectivos dueños; esta caracteriza por orientarse más a los procesos de revelación de estados financieros dirigidos a los mercados de valores y otros decisores estratégicos de las organizaciones.
Acto seguido, se considera la cita del autor Agamez Calao (2015) afirmando que “La escuela anglosajona, por su parte, se caracteriza por orientarse más a los procesos de revelación de estados financieros dirigidos a los mercados de valores y otros decisores estratégicos de las organizaciones. Esta ha tenido mayor presencia en Inglaterra, Estado Unidos y sus respectivas zonas colonizadas”. Subsecuentemente, esta escuela plantea la importancia de que en la aplicación del derecho en esencia, resulta imprescindible la profundización la forma que en los jueces dirigen su foco atención sobre las cuestiones de hecho, destacando que la personalidad del juez es una figura imperativa, indiscutible y decisiva en el fallo.
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