ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Las Servidumbres En Roma


Enviado por   •  4 de Febrero de 2015  •  1.085 Palabras (5 Páginas)  •  347 Visitas

Página 1 de 5

TRABAJO DE ROMANO I

LAS SERVIDUMBRES DEFINICION

Son derechos reales establecidos sobre una cosa en provecho de una persona o de un fundo perteneciente a un propietario distinto.

CLASIFICACION DE LAS SERVIDUMBRES

1. LAS SERVIDUMBRES PERSONALES: Cuando el derecho de retirar la utilidad de la cosa de otro se ha establecido a favor de una persona y no puede durar como máximo, sino el tiempo que esa persona viva.

2. LAS SERVIDUMBRES REAL O PREDIAL: cuando la utilidad se ha establecido a favor de un inmueble, que toma el nombre de un fundo dominante, reservándose el nombre del fundo sirviente para designar el inmueble que está gravado con la servidumbre.

CARACTERISTICAS DE LAS SERVIDUMBRES:

1. Son derechos y por lo tanto, son bienes incorporales, no susceptibles de posesión.

2. Son derechos reales y por lo tanto, no imponen a nadie la obligación de hacer sino simplemente la de sufrir su ejercicio, de dejar de hacer.

3. Son derechos absolutos que pueden ejercerse contra todos.

4. No pueden existir sino sobre una cosa que pertenezca a otra persona, pues no se puede tener una servidumbre sobre una coca propia.

5. Constituyen cargas excepcionales impuestas a la propiedad, pues lo normal es que esta esté libre de toda carga o gravamen.

6. Constituyen desmembraciones de la propiedad, en el sentido que cuando una servidumbre grava una cosa, los diferentes atributos de la propiedad en vez de estar reunidos en manos del propietario, están divididos, pues unos quedan en manos del propietario y otros pertenecen al titular de la servidumbre.

7. Pueden consistir en hacer; “In faciendo”, o en impedir; “In prohibendo”.

DIFERENCIAS ENTRES LAS SERVIDUMBRES PERSONALES Y REALES

• Las servidumbres personales se establecen en beneficio de una persona. Las servidumbres reales por el contrario se establecen para uso o utilidad de otro fundo, y si el propietario de este es quien las aprovecha lo hace en su condición de propietario del fundo dominante y no como persona.

• Las servidumbres personales se extinguen con la persona del titular, son por lo tanto temporales y vitalicias. Las servidumbres reales duran tanto como el fundo dominante y el sirviente, son por lo tanto perpetuas.

TIPOS DE SERVIDUMBRE REALES O PREDIALES

PRINCIPALES SERVIDUMBRE RURALES:

1. El derecho de paso con sus variedades: “inter”, o sea, el derecho de pasar a pie; “actus”, el derecho de pasar con ganado o con carros: y “via”, el derecho de transportar mercancías o materiales.

2. El derecho de pastoreo

3. El derecho de extraer cal o arena del fundo vecino

4. El derecho de acueducto, o sea, el de tomar agua de un fundo vecino

PRINCIPALES SERVIDUMBRES URBANAS:

1. EL derecho que tiene el propietario de una edificio de apoyar este sobre un muro o el pilar del vecino, llamada “oneris ferendi”, tiene como carácter excepcional que obliga al propietario del fundo sirviente a mantener el muro o pilar en buen estado para soportar el edificio del vecino.

2. El derecho de introducir una viga en el muro del vecino llamada “tigni inmitendi”.

3. El derecho de dejar caer el agua en el techo propio sobre el techo del vecino, bien sea gota a gota o por chorros, que se denomina “stillicidii vel fluminis vel recipiendi”

4. El derecho de impedir al vecino edificar o el de prohibirle hacerlo mas allá de cierta altura, que se llama: “altius non tolendi”.

5. El derecho de impedir al vecino hacer edificaciones o plantaciones u obras que impiden el derecho de vista, denominada “ne luminibus oficiatur”

USUFRUCTO

El usufructo viene a ser un derecho real absoluto, oponible a todo

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (7 Kb)
Leer 4 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com