Leyes Y Derechos Políticos Y Civile
Enviado por hosmar • 4 de Noviembre de 2012 • 1.314 Palabras (6 Páginas) • 625 Visitas
Aparte de la Ley, fuente de toda clase de derechos políticos y civiles, las obligaciones provenían de los hechos ilícitos que constituían los dolitos (delicta) o de los hechos o negocios lícitos que constituían los contratos (contractus).- Pero examinando con detenimiento todas las obligaciones, el jurista Gayo, señaló la existencia de otras fuentes, a las que denomino VARIAE CAUSARUM FIGURAE, y en las Institutas de este autor, las fuentes son entonces:
a. El Delito
b. El Contrato
c. Variae causarum figurae
Los jurisconsultos de los siglos IV y V de nuestra era, analizaron las Variae causarum figurae, y anotaron el hecho de que algunas de ellas se parecen a los contratos y otras se parecen a los delitos y las denominaron respectivamente, cuasi-excontrato y cuasi ex-delicta , esto es, que casi provenían del contrato y casi provenían del delito (ex = significa que ha dejado de ser o que proviene de).
Los glosadores de la edad media, seguramente por un error inicial de alguno que se fue repitiendo hasta generalizarse, cambiaron el prefijo ex de ubicación y dejaron excuasi contractus y excuasi delicta. En estas condiciones las partículas no tenían razón de ser, porque significaba que esas obligaciones provenían del cuasi-contrato y del cuasi-delito, y es por eso que se les suprimió y quedaron constituidos los cuasi-contratos y los cuasi-delitos.
Como consecuencia de lo expuesto, en este curso trataremos las fuentes del derecho en el siguiente orden:
a. El Delito,
b. El acuerdo de voluntades,
c. Las variae causarum figurae divididas en cuasi-delito y cuasi-contratos
d. La Ley
CONCEPTO
Se entiende por fuentes de las obligaciones, todos aquellos hechos susceptibles de ser origen del vínculo obligacional, o de derechos personales, entendiéndose por tales, los que se constituyen entre un sujeto activo o acreedor y uno pasivo o deudor, por el cual éste está obligado al cumplimiento de una prestación.
Lo que se pretende establecer es por qué una persona aparece vinculada a otra, teniendo que cumplir hacia ella una prestación y esa persona puede exigírsela legalmente.
LAS FUENTES DE LAS OBLIGACIONES EN ROMA
Gayo, no toma en cuenta en un principio, a los cuasidelitos, ni a loscuasicontratos, entre las fuentes de las obligaciones, limitándose en las Institutas, III.88, a dividir las fuentes en contratos y delitos. Dice textualmente “Y ahora, pasemos a las obligaciones, cuya división fundamental se reduce a dos especies, pues toda obligación, o nace de un contrato o nace de un delito”. En la nota al párrafo segundo se aclara que la teoría de las obligaciones estuvo en constante construcción en el Derecho Romano, y fue perfeccionándose, ya que Gayo distingue dos fuentes “obligatio ex contractu nascitur” y “…ex delito nascitur”. A posteriori, es el propio Gayo quien reconoce como insuficiente esta clasificación y en el Libro II “Res Quottidianae, Sive Aurea”, citado en D.44.7.1, agrupa los casos que no encajan en una u otra categoría, pero son generadores de obligaciones, en la denominación genérica “ex varies causarum figurae”.
Avisos Google
En el Digesto (I. XVI. 19) Ulpiano cita a Labeón para establecer que “unas cosas se hacen, otras se contratan y otras se gestionan”. Cuando se refiere a “se hacen” nombra como fuentes obligaciones a los delitos, que nacen de un hecho, luego se refiere lógicamente a los contratos, y cuando habla de “se gestionan” se trata de otras situaciones similares a los contratos.
Modestino, en un pasaje del Digesto, trata también de describir aquellos hechos que hacen surgir la responsabilidad, diciendo (en 44.7.1) “se contraen por una cosa, con palabras, o al mismo tiempo por ambas, o por el consentimiento o por la ley o por el derecho honorario o por necesidad o por delito”. Con los tres primeros hechos citados, se refiere a los contratos reales, verbales y consensuales, omitiendo sin motivo a los literales, además de que, por razones de sistematización y economía debieron englobarse en el rubro “contratos”. Este texto es el primero que nombra a la ley como fuente obligacional.
Justiniano complementará esta clasificación,
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