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Los Chepos


Enviado por   •  6 de Octubre de 2013  •  859 Palabras (4 Páginas)  •  298 Visitas

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Las reglas Incoterms 2010 han introducido algunos cambios significativos en relación a la versión anterior que fue la de los Incoterms 2000. Estos cambios han consistido tanto en la desaparición y creación de nuevos términos como en la modificación de algunos usos en los términos existentes y también en la adaptación de las reglas a la operativa logística, las comunicaciones vía Internet y los procedimientos de seguridad que se han instaurado en las fronteras de los países.

Reducción de 13 a 11 términos

En relación a los Incoterms 2000, en la versión de 2010 desaparecen cuatro términos: DES (Delivered Ex Ship – Entregada Sobre Barco), DEQ (Delivered Ex Quay – Entregada sobre Muelle), DAF (Delivered At Frontier – Entregada en Frontera) y DDU (Delivered Duty Unpaid – Entregada Derechos no Pagados).

En los Incoterms 2010 se crean dos nuevos Incoterms: DAT (Delivered At Terminal - Entregada en Terminal) y DAP (Delivered At Place – Entregada en Lugar). El primero sustituye a los tres Incoterms DES, DEQ y DAF, cuando la mercancía se entrega en el país de destino en una terminal o infraestructura de transportes (puerto, aeropuerto). DAP tiene unas funciones muy similares a DDU, como se ha señalado anteriormente.

Nuevos términos en los Incoterms 2010

DAT sustituye a DES, DEQ y DAF

DAP sustituye a DDU

Prioridad para los Incoterms polivalentes frente a los marítimos

La nueva clasificación de Incoterms 2010 no se realiza teniendo en cuenta como principal criterio el reparto de costes entre vendedor y comprador, sino el tipo de transporte utilizado: Incoterms polivalentes (cualquier medio de transporte o transporte multimodal) frente a Incoterms marítimos. Con ello las reglas Incoterms 2010 dan prioridad al uso de los términos polivalentes frente a los términos marítimos ya que se ajustan mucho mejor a la realidad de la logística internacional.

Mercancía en contenedores sólo con Incoterms polivalentes

Este es, quizá, el cambio más significativo de los Incoterms 2010. Si la mercancía se transporta en contenedor, las reglas Incoterms 2010 establecen claramente que no deben usarse términos marítimos, aunque la entrega se realice en un puerto. La justificación es que los contenedores se entregan en las terminales de los puertos, es decir, antes de colocarse a bordo del buque; en estos casos no debe usarse FOB, CFR o CIF, sino sus equivalentes para transporte multimodal, que son, respectivamente, FCA, CPT y CIP.

Transmisión del riesgo “a bordo del buque”en los Incoterms FOB, CFR y CIF

En los Incoterms 2010 cuando se utilizan los términos marítimos FOB, CFR y CIF la transmisión del riesgo se produce cuando la mercancía se “pone a bordo del buque” en el puerto de embarque, mientras que en los Incoterms 2000 el riesgo se transmite cuando

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