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Los Derechos Humanos E El Ambito Mexico


Enviado por   •  10 de Septiembre de 2014  •  4.272 Palabras (18 Páginas)  •  412 Visitas

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LOS DERECHOS HUMANOS EN EL SISTEMA JURÍDICO MEXICANO

MARCO TEÓRICO DE LOS DERECHOS HUMANOS

¿Qué son los derechos humanos?

"El concepto de derechos humanos tiene dos dimensiones, una de carácter sociológico y otra de carácter judico. La primera tiene relación esencialmente con planteamientos filosóficos, históricos e ideológicos que surgen en la comunidad internacional, mientras que la segunda vincula a los derechos humanos con la teoría general del derecho para hacerlos exigibles y vinculantes; de esto último nos ocuparemos en el presente trabajo.

Como punto de partida, resulta fundamental clarificar el alcance y dimensión de los derechos humanos, ya que la confusión en cuanto al uso de este término dificulta su aceptación por las tradiciones jurídicas y, desde luego, retrasa su incorporación plena en el quehacer jurídico, lo que necesariamente implica un freno en su reconocimiento y protección."

Aquí en este apartado nos habla del concepto de los derechos humanos, el alcance o la dimensión dividida en dos partes una de carácter sociológico teniendo relación con los planteamientos filosóficos, históricos, e ideológicos englobados en la sociedad internacional, y la segunda se refiere al carácter jurídico vinculando a los derechos humanos con la teoría general del derecho para hacerlos exigibles y vinculantes.

"Para exponer un concepto de derechos humanos resulta indispensable citar como referencia inicial a la Organización de las Naciones Unidas (ONU), la instancia más importante en la materia a nivel internacional, quien los define así:

Los derechos humanos son los derechos inherentes a todos los seres humanos, sin distinción alguna de nacionalidad, lugar de residencia, sexo, origen nacional o étnico, color, religión, lengua, o cualquier otra condición. Todos tenemos los mismos derechos humanos, sin discriminación alguna. Estos derechos son interrelacionados, interdependientes e indivisibles"

La Organización de las Naciones Unidas (ONU) es su principal precursor citándolo de la siguiente manera los derechos humanos son derechos inherentes a todos los seres humanos sin distinción alguna del lugar de nacimiento ni de sexo, religión, lengua o cualquier otra condición, sin discriminación alguna.

"En la tradición jurídica nacional resulta evidente que una definición como la que propone la ONU es insuficiente para armonizar los derechos humanos con la teoría general del derecho, ya que, entre otros puntos, se encuentra plagada de reiteraciones que pueden considerarse tautologías o inconsistencias gramaticales.

No obstante es oportuno precisar que si bien las palabras y frases utilizadas en la definición de la ONU parecen reiterar aspectos vinculados con la universalidad, esto tiene como explicación la necesidad de profundizar el alcance de sus valores para no dejar dudas en su interpretación; en este sentido se justifica el abuso del lenguaje a favor de la claridad del concepto".

En lo jurídico nacional la definición de la ONU es insuficiente para señalar los derechos humanos con la teoría general del derecho, tiene como explicación la necesidad de profundizar el alcance de sus valores.

Sin embargo, resulta indispensable construir un concepto de derechos humanos que resulte compatible con los sistemas jurídicos vigentes, para lo cual se deben considerar al menos los siguientes aspectos:

• La delimitación respecto a qué tipo de bienes jurídicos representan.

• La identificación de la actividad humana que cualifican.

• Sus fuentes de reconocimiento

• Los deberes y obligaciones que imponen a los Estados.

• Sus mecanismos de aplicación y coercitividad.

"Los bienes jurídicos que representan los derechos humanos implican la acepción más amplia de lo que entendemos por derechos, por lo que para efectos prácticos pueden entenderse indistintamente como prerrogativas, facultades, normas, demandas de abstención o de actuación, pretensiones, bienes jurídicos, potestades o inmunidades, etcétera.

La actividad que cualifican los derechos humanos es la vida humana digna, entendiendo la dignidad como un valor supremo inherente a nuestra especie, que implica que toda persona pueda desarrollar, ejercer, aprovechar, compartir y disfrutar sus cualidades, competencias, habilidades y emociones con un sentido de autorrealización individual y colectiva."

Normas demandas de abstención o de actuación, pretensiones, bienes jurídicos, potestades o inmunidades son los bienes jurídicos que representan los derechos humanos, es la vida humana digna, para disfrutar sus cualidades, competencias, habilidades y emociones.

"la dignidad se da al menos en dos planos: en la individual, donde cada persona se construye una escala de valores directamente proporcional a su sentido del deber ser, estableciendo de forma personalísima las dimensiones de un proyecto de vida que asume como suficiente; y en lo colectivo, donde la sociedad establece de forma homogénea los parámetros para determinar los elementos mínimos e indispensables que una persona debe tener para su pleno desarrollo, una muestra de ello son la infraestructura y los servicios públicos considerados como básicos. La dimensión individual de la noción de dignidad se asocia a los derechos civiles y políticos, mientras que los derechos económicos, sociales y culturales se vinculan más estrechamente con la esfera colectiva.

las principales fuentes de los derechos humanos son los instrumentos internacionales, entre los que se encuentran los tratados, pactos, protocolos, convenios o declaraciones que surgen en los órganos jurisdiccionales a escala internacional; y la doctrina que generan las instancias académicas y los órganos especializados de los sistemas internacionales de los derechos humanos."

Entendiendo la dignidad como un valor supremo inherente a nuestra especie, dándose en dos planos: en el individual donde cada persona se construye una escala de valores directamente proporcional a su sentido del deber ser, y en lo colectivo, donde la sociedad establece de forma homogénea los parámetros para determinar los elementos mínimos e indispensables que una persona debe tener para su pleno desarrollo, se asocia a los derechos civiles y políticos.

"Los deberes y obligaciones que tienen los Estados en relación con los derechos humanos son los de respetarlos y protegerlos. Para cumplir estos propósitos tienen el deber de organizar sus sistemas de gobierno para garantizarlos y estar en condiciones de prevenir, investigar, juzgar, sancionar y reparar toda vulneración injustificada producida por sus agentes o incluso por particulares.

Los mecanismos de aplicación y coercitividad

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