Los cambios del estado Venezolano a partir de 1999
Enviado por horeiva11. • 14 de Octubre de 2015 • Documentos de Investigación • 1.224 Palabras (5 Páginas) • 150 Visitas
Los cambios del estado Venezolano a partir de 1999 , luego de la promulgación de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela generan nuevos retos , e invitan a redimensionar el tradicional término de ciudadanía ,que mas allá del reconocimiento de la preservación y derechos y libertades de las personas se consolidan con su ejercicio .
La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela es factor clave para esta transformación y reforma tendente a garantizar la seguridad ciudadana ajustada los principios de un Estado social y democrático de derechos, dando suprema importancia al estudio de las políticas públicas nacionales de seguridad ciudadana, revelando los valores y objetivos del estado en este rubro.
En este sentido la Constitución establece y define en su artículo 55 a la seguridad ciudadana como un derecho de ´protección frente a situaciones de amenaza , vulnerabilidad y riesgo de la integridad física , la propiedad, el disfrute de los derechos y el cumplimiento de los deberes : pero también la Constitución establece la corresponsabilidad entre el Estado y la Sociedad Civil introduciendo un elemento fundamental : “ la participación del pueblo “. Así mismo en el articulo332 establece los factores vinculantes de la seguridad ciudadana como lo son la protección de las personas , hogares , familias , protección al orden público , a las decisiones de las autoridades y a la seguridad del disfrute de las garantías y derechos constitucionales .
En función de este artículo constitucional también señala que los órganos encargados de garantizarla son los órganos policiales uniformados , de investigación , civiles y todas aquellas instancias encargadas de dar respuesta frente a emergencias y desastres, así mismo en esta articulo disponen que estos órganos actúen articuladamente mediante competencias entre el Ejecutivo Nacional , Estados y Municipios , correspondiendo al Estado democrático y social de derecho y de Justicia artículo 2 Constitucional .En este sentido la formulación y evaluación de políticas nacionales en materia de seguridad corresponde al Consejo de Seguridad Ciudadana , integrado por el Ministro de Interior Justicia y Paz , el Viceministro , un representante de los Gobernadores , uno de los Alcaldes y los Coordinadores del cuerpo de Policía Nacional ,del cuerpo de I investigaciones Penales Científicas y Criminalísticas , de los Bomberos y de la Organización de Protección Civil y Administración de Desastres , todo esto según la Ley de Coordinación de Seguridad Ciudadana ,articulo 24 , gaceta oficial 37318 .
A pesar de que en el texto constitucional el concepto de seguridad ciudadana es relevante, en los documentos dedicados a definir la acción de gobierno el tema ha merecido un trato de lenta avanzada. En el Plan de Desarrollo Económico y social de la Nación 2001- 2007 , 2007- 2013, 2013- 2019 se menciona el fortalecimiento de lo público como espacio de apropiación por , del y para el interés colectivo , convirtiéndolo en un instrumento del poder ciudadano, un nuevo poder capaz de hacer valer legítimamente la participación de la sociedad, las comunidades y familias en la formulación ,ejecución y evaluación de decisiones publicas , en la garantía de los niveles de seguridad ciudadana y jurídica y en la rendición de cuentas y contraloría pública ,esto en cuanto a la apropiación de lo público como espacio de interés colectivo y construcción de la ciudadanía .
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