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MOTIVOS REALES DE LOS VIAJES A AMERICA EN EL SIGO XV Y XVI


Enviado por   •  20 de Septiembre de 2013  •  3.124 Palabras (13 Páginas)  •  604 Visitas

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DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO Y PRIVADO

RESUMEN DE TEMA III

TERRITORIO es la delimitación geográfica en la cual se encuentra asentada la población. Es componente esencial para la conformación de un Estado.

El Territorio del Estado es el límite de la acción efectiva de los gobernantes, es el espacio geográfico en el cual se despliega la acción soberana.

LAS PARTES INTEGRANTES DEL TERRITORIO DEL ESTADO SON: Terrestre: límites precisos y fijos, en su interior el Estado ejerce sus poderes y competencias.

Espacio aéreo: es el que se prolonga verticalmente sobre el territorio de un Estado, sobre sus dominios terrestre y acuático y está sometido a su soberanía.

El espacio marítimo nacional.- Integrado por las zonas del mar.


ESPACIO AEREO: Es una columna imaginaria de atmósfera que cubre el territorio de un Estado, cuya delimitación no ha sido definida con exactitud. Este elemento natural, es un elemento trascendental para las telecomunicaciones, emisiones de radio, televisión instalación de satélites artificiales y en la conquista del espacio interplanetario.

EL MAR TERRITORIAL: Es la franja de mar que bordea las costas de un Estado y el subsuelo marítimo correspondiente, sobre las cuales ejerce un poder soberano.

LA ZONA CONTIGUA: Es la zona de mar que se extiende más allá de la anterior, donde el Estado puede adoptar medidas para prevenir las infracciones a sus leyes, reglamentos aduaneros, fiscales y políticas de inmigración.

LA PLATAFORMA CONTINENTAL: comprende el lecho y el subsuelo de las áreas submarinas que se extienden mas allá de su mar territorial y a todo lo largo de la prolongación natural de su territorio hasta el borde exterior del margen continental, o bien hasta una distancia de 200 millas marinas contadas desde las líneas de base a partir de las cuales se mide la anchura del mar territorio, en los casos en que el borde exterior del margen continental no llegue a esa distancia.

LA ALTA MAR O AGUAS INTERNACIONALES, según lo establece la Convención de Derecho del Mar, constituye todas las partes del mar no incluidas en la zona económica exclusiva, en el mar territorial o en las aguas interiores de un Estado, ni en las aguas archipelágicas de un Estado archipelágico.

EL FONDO MARINO es el sustento de la vida marina. El lecho marino contiene peculiaridades como grandes llanuras, profundos cañones, cadenas montañosas y grandes colinas conocidas como montañas submarinas

UN ESTRECHO es un canal de agua que conecta dos lagos, mares u océanos, en consecuencia se encuentra entre dos masas de tierra.

CANALES INTERNACIONALES son vías de agua, creadas artificialmente, que ponen en comunicación los ríos o los mares. Cuando los ríos sirven de frontera o discurren por más de dos Estados son denominados internacionales

SON AGUAS INTERIORES las situadas en el interior de las líneas de base del mar territorial, incluyéndose en ellas los puertos, bahías, estuarios, y las aguas continentales. No incluyen ríos, ni lagos ya que sólo se refieren al agua salada.

Tienen su límite exterior en el mar territorial y el territorio terrestre.

DELIMITACIÓN DEL TERRITORIO.

Es determinar sus tierras, y su área total, esto se da por acuerdos y tratados firmados entre los países vecinos, para delimitar territorios, en la mayoría del caos se usa un obstáculo natural, no para demarcar limites sino como punto de referencia, como pueden ser montañas, ríos, lagos, llanuras, los meridianos y paralelos, etc.

EL ESTATUTO JURÍDICO INTERNACIONAL PARA LA ANTÁRTICA surgió en 1957, cuando la Guerra Fría en el continente lo que llevo al presidente de los EE UU a reclamar un compromiso entre las naciones con presencia efectiva en la Antártida para colaborar en su conservación y evitar acciones unilaterales.

EL PUNTO MÁS ALTO DEL CONTINENTE ANTÁRTICO es el macizo Vinson, con 4900 msnm

El Derecho Diplomático y Consular Son los vínculos que establecen los Países (Estados) unos con otros, conjunto de principios, ideas y estructuras bajo los que se establecen las relaciones internacionales de cada Estado

LAS FUENTES DEL DERECHO DIPLOMÁTICO Y CONSULAR SON: la costumbre, los tratados, los principios generales del derecho, cortesía internacional y jerarquía de las fuentes

CLASES DE ÓRGANOS DE RELACIONES EXTERIORES: El Jefe de Estado, Los Agentes Diplomáticos Los órganos interiores, que son los Jefes de Estado y los Ministerios o Secretarías de Estado de Relaciones Exteriores. Los órganos nacionales desempeñan sus funciones ya dentro de su propio país, en cuyo caso se les llama órganos interiores y en el exterior órganos extranjeros

UNA MISIÓN DIPLOMÁTICA está conformada por un grupo de personas de un estado presente en otro estado, representando al país acreditante en el país anfitrión.

CÓNSUL es un cargo que recibe un funcionario por parte del estado para ejercer una función consular en el extranjero. Es un funcionario del servicio exterior de un país, de carácter político, de información y propaganda administrada, aduanas, notarial y registro político. Es el Ministerio de Relaciones Exteriores, o de Asuntos Exteriores quien le encarga al cónsul la tarea de asistir a los ciudadanos del país de origen en ciertas tareas como la tramitación de los documentos que necesite para diversos fines, orientarlo para su defensa, en caso de necesitarlo,

LA PALABRA CÓNSUL HA TENIDO DIFERENTES ACEPCIONES. En la antigua Roma se titulaba cónsul al primer magistrado. En la Edad Media a un echevin (regidor) oficial de policía o de justicia municipal. Después se aplicó a los jueces del tribunal de comercio. Más tarde perteneció a la jurisdicción mercantil de Italia y fue aplicada a los agentes establecidos por un soberano en las ciudades y puertos de comercio en países extranjeros con la misión de velar por el sostén de los privilegios de la nación y terminar las controversias entre los comerciantes.

LAS FUNCIONES DEL CÓNSUL tienen carácter notarial, o de fe pública y su firma equivale también a la de un notario, pudiendo cumplir incluso las funciones de un traductor jurado (también llamado traductor certificado o perito traductor). El ejercicio a cargo se rige por la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares, de 1963.

EL CÓNSUL PUEDE TENER CUALQUIERA DE LAS CATEGORÍAS que correspondan al funcionario diplomático.

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