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Enviado por   •  26 de Abril de 2013  •  630 Palabras (3 Páginas)  •  217 Visitas

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Corte Suprema puede resolver conflictos de competencia entre jurisdicciones

8 de Febrero 8:53 AM

De acuerdo con la Constitución, quien resuelve los conflictos de competencia entre jurisdicciones es la Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura. A lo largo de sus 20 años de existencia, esta Sala ha definido las colisiones entre la justicia ordinaria y la justicia penal militar o la indígena, por ejemplo.

Pero, a partir de una sentencia reciente de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, esta regla dejó de ser absoluta. Ahora, la propia Corte puede resolver estos conflictos, en sus sentencias de casación.

Con esta decisión, la Corte no solo se adjudicó una competencia que la Carta Política no le asigna expresamente, sino que cambió su jurisprudencia de décadas.

En efecto, la Sala Penal siempre se negó a resolver esta clase de conflictos en casación. Por el contrario, acató las decisiones de la Sala Disciplinaria sobre la jurisdicción competente.

Es más, la Corte solo se ha apartado de las definiciones de competencia del Consejo, cuando la Corte Interamericana de Derechos Humanos le ha ordenado asumir el juzgamiento de graves delitos que quedaron impunes en la justicia penal militar. Y lo ha hecho, no con fallos de casación, sino por medio de acciones de revisión.

Solo en algunas providencias, la Corte consideró, más en la teoría que en la práctica, la posibilidad de revertir las definiciones de competencia impuestas por el Consejo, cuando se presentaran nuevos hechos o nuevas situaciones jurídicas.

Sin embargo, en esta ocasión, determinó que no es necesario que existan nuevas circunstancias para que pueda definir la jurisdicción competente, incluso en contra del auto que profiera la Sala Disciplinaria.

La Corte justificó su variación jurisprudencial, argumentando que debe corregir las decisiones del Consejo, cuando es necesario proteger garantías constitucionales fundamentales, como el respeto a la autonomía de las autoridades judiciales de las comunidades indígenas.

Fuero indígena

En el caso analizado, la Sala Penal anuló una pena impuesta contra unos integrantes de la etnia Nasa que fueron condenados por transportar plantas de coca sin procesar.

Además de ordenar su libertad, la Sala Penal revocó el auto en el que la Sala Disciplinaria le asignó la competencia a la justicia penal ordinaria y no a la jurisdicción del resguardo indígena.

En su sentencia de casación, la Corte concluyó que, de acuerdo con la jurisprudencia constitucional y sus propias consideraciones sobre el fuero especial que ostentan las etnias colombianas, la competente para juzgar a los Nasa es la propia justicia indígena. Por eso, remitió el proceso al resguardo al que pertenecían los enjuiciados.

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