ORGANISMOS QUE REGULAN LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN EN VENEZUELA
Enviado por 1249 • 25 de Septiembre de 2014 • 524 Palabras (3 Páginas) • 1.220 Visitas
ORGANISMOS QUE REGULAN LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN EN VENEZUELA
En primer lugar, debemos referirnos a lo que sobre ella dice la constitución Bolivariana de Venezuela en sus artículos 105 y 111. Artículo 105: El Estado garantiza la recepción y circulación de la información cultural. Los medios de comunicación tienen el deber de coadyuvar a la difusión de los valores de la tradición popular y las obras de los artistas, escritores, compositores, científicos y demás creadores culturales del país. La ley debe establecer los términos y modalidades de esta obligación. Artículo 111: Los medios de comunicación social, públicos y privados, deben contribuir a la formación ciudadana. Los del Estado estarán al servicio de las instituciones educativas. Los particulares deberán prestar su cooperación en las tareas de la educación. Los centros educativos deben incorporar el conocimiento y aplicación de las nuevas tecnologías y las de sus innovaciones, según los requisitos que establezca la ley. Es de obligatorio cumplimiento en las instituciones públicas y privadas la enseñanza de las disciplinas orientadas a la conservación del ambiente, la biodiversidad y con los fundamentos históricos, geográficos y lingüísticos de la nacionalidad venezolana. .Por su parte, la Ley Orgánica de Educación. En su artículo 9, establece que. Los medios de comunicación social, como servicios públicos son instrumentos esenciales para el desarrollo del proceso educativo y como tales, deben cumplir funciones informativas, formativas y recreativas que contribuyan con el desarrollo de valores y principios establecidos en la Constitución de la República y la presente Ley, con conocimientos, desarrollo del pensamiento crítico y actitudes para fortalecer la convivencia ciudadana, la territorialidad y la nacionalidad. En consecuencia: 1. Los medios de comunicación social públicos y privados en cualquiera de sus modalidades, están obligados a conceder espacios que materialicen los fines de la educación.
Por su parte, la Ley Orgánica de Educación. En su artículo 11, establece: Los medios de comunicación social son instrumentos esenciales para el desarrollo del proceso educativo; en consecuencia, aquellos dirigidos por el Estado serán orientados por el Ministerio de Educación y utilizados por éste en la función que les es propia. Los particulares que dirijan o administren estaciones de radiodifusión sonora o audiovisual están obligados a prestar su programación para el logro de los fines y objetivos consagrados en la presente ley.
Se prohíbe la publicación y divulgación de impresos y otras formas de comunicación social que produzcan temor en los niños, inciten al odio, a la agresividad, la indisciplina, deformen el lenguaje y atenten contra los sanos valores del pueblo venezolano, la moral y las buenas costumbres. Asimismo, la ley y los reglamentos regularán las propagandas en defensa de la salud
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