LEYES QUE REGULAN LA PUBLICIDAD EN VENEZUELA
Enviado por TEFYLIN • 16 de Noviembre de 2012 • 3.885 Palabras (16 Páginas) • 5.343 Visitas
INTRODUCCIÒN
El presente trabajo será realizado con el propósito de mostrar de una manera resumida, clara y sencilla los principales reglamentos y decretos que son aplicados por las leyes venezolanas relacionados con la actividad comercial. Esta investigación estará basada principalmente en la ley de derecho de autor y sobre la propiedad industrial.
Alguna vez, nos hemos preguntado tal vez ¿por qué son transmitidos determinados programas a horas específicas, o en las estaciones de radio por qué durante un período de tiempo específico. Así como también los tipos de publicidad y propagandas de productos o servicios específicos en horarios establecidos.
Todas estas interrogantes serán aclaradas con esta investigación, presentando así los artículos que regulan estas actividades, para poder así llevar a cabo lo planes previstos de una manera legal de tal forma que no afecten la cultura y las relaciones de los individuos.
Leyes que regulan la publicidad en Venezuela
Venezuela, es el tercer país de Latinoamérica con más regulaciones en cuanto a publicidad se trata superándolo cuba y costa rica. En el país existen más de 600 normas que prohíben y censuran esta actividad, y más de 300 organismos oficiales que de manera directa e indirecta intervienen en la elaboración de dichas legislaciones.
Las restricciones más significativas que enfrenta este ejercicio económico se derivan de la aplicación de la Ley de Responsabilidad Social en Radio y Televisión, o Ley Resorte, que regula el lenguaje de los mensajes comerciales (incluso en la misma estructura del spot), los horarios, la imposición de advertencias de varios tipos. Otros ejemplos son las limitantes del tipo de publicidad que se puede usar para televisión. Por ejemplo, la de inserción sólo podrá realizarse durante la difusión en vivo y directo de programas recreativos sobre eventos deportivos o espectáculos. También fue prohibida la publicidad por emplazamiento, salvo excepciones, y duramente regulado el tema de las campañas de intriga. Pero ésas no son las únicas restricciones, hay una serie de normas contenidas en otras leyes, que impactan en el ejercicio de la publicidad, como por ejemplo en la contratación de talento infantil, y el patrocinio de eventos deportivos, culturales, comunitarios, o de otra índole.
A continuación se nombraran una de las leyes más importante que regulan la publicidad en Venezuela. Es importante resaltar, que desde el año 1928 se inició la ley de ejercicio de la farmacia prohíbe toda publicidad de productos medicinales sin la aprobación de la autoridad sanitaria, a fin de "evitar engaños y exageraciones que perjudiquen al consumidor".
En 1984 se regula el tiempo y cantidad de palabras en la publicidad, que no excederá de 150 palabras ni de un minuto entre cada número del espacio. Se limita la intensidad del audio. Se prohíbe la repetición insistente de la marca del comercial y los anuncios de medicamentos no aprobados por el Ministerio de Sanidad.
En 1988, el reglamento de tránsito terrestre regula las vallas de estos productos en carreteras y autopistas. El tema se retoma en 1996 cuando la Ley de Tránsito Terrestre insiste, en su artículo 45, en prohibir la colocación de publicidad exterior que "induzca al consumo de bebidas alcohólicas" en las inmediaciones de carreteras y autopistas. Es decir, se puede hacer publicidad, siempre y cuando no exponga imágenes de un trago servido (por ejemplo) o de gente fumando o tomando. Finalmente, en 2006 se prohibió todo tipo de publicidad exterior de tabaco.
Ley tutelar de menores veta el uso de menores de 18 años en comerciales donde se exalten vicios, falsos valores y se incite al consumo de productos nocivos o a la adquisición de artículos innecesarios o suntuarios; y la participación de menores de 16 años en comerciales sin la autorización del Instituto Nacional del Menor.
1991 Se prohíbe la publicidad de licores y cigarrillos en eventos deportivos donde participen menores y su difusión por medios radiotelevisivos que transitan los juegos. Un año después se prohíbe la publicidad engañosa o falsa dirigida a impedir o limitar la libre competencia y la promoción con declaraciones falsas sobre desventajas o riesgos productos o servicios de competidores. Se obliga a utilizar el castellano en toda pauta a un nivel sonoro. El tiempo dedicado a promociones no podrá exceder de 15 minutos por cada 70 minutos de transmisión.
La Regulación de Publicidad de Productos derivados del Tabaco en sus 5 artículos prohíbe la colocación de cualquier tipo de publicidad que incite, promueva o estimule cualquier forma de consumo de productos derivados del tabaco. Contempla el retiro, en un plazo de 90 días, de publicidad que actualmente se encuentre ubicada en centros deportivos, culturales, recreacionales, y asistenciales. En aquellas zonas donde estuviere permitida la publicidad de tabaco, se deberá incluir en los mismos pictogramas y textos descritos en las advertencias sanitarias elaboradas por el Ministerio de Salud.
Desde hace un tiempo llama la atención el hecho de que todas las piezas publicitarias ahora vienen con el número de Registro Único de Información Fiscal (RIF). Esta situación viene dada por la providencia número 821 del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) sobre el funcionamiento de ese registro. En su artículo 10, se prevé la colocación del número tanto en empaques como en piezas publicitarias.
Ley de Responsabilidad Social en Radio y Televisión
Es el nombre de la Ley aprobada por la Asamblea Nacional de Venezuela promulgada y sancionada el 9 de diciembre de 2004 y en plena vigencia desde el 8 de marzo de 2005 (posteriormente reformada en diciembre de 2010), cuyo objeto es el de establecer la responsabilidad social de los prestadores de los servicios de radio y televisión, sus relacionados, los productores nacionales independientes y los usuarios en el proceso de difusión y recepción de mensajes, fomentando el equilibrio democrático entre sus deberes, derechos e intereses, a los fines de procurar la justicia social y de contribuir a la formación de la ciudadanía, la democracia, la paz, los derechos humanos, la educación, la cultura, la salud pública, y el desarrollo social y económico de la Nación, de conformidad con las normas y principios constitucionales, de la legislación para la protección integral de los niños, niñas y adolescentes, la educación, la seguridad social, la libre competencia y la Ley Orgánica de Telecomunicaciones.
Esta ley aplica a todo texto, imagen o sonido cuya difusión y recepción tengan lugar dentro del territorio
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