Obligaciones Civiles
Enviado por yessi1636189 • 26 de Febrero de 2015 • 1.466 Palabras (6 Páginas) • 253 Visitas
1. Las obligaciones civiles
Concepto de obligación
es el vínculo jurídico mediante el cual dos partes (acreedora y deudora) quedan ligadas, debiendo la parte deudora cumplir con una prestación objeto de la obligación. Dicha prestación puede consistir en dar, hacer o no hacer, teniendo que ser en los dos primeros casos posibles, lícitos y dentro del comercio.
Elementos de la obligación
Los sujetos son dos:
Sujeto activo: es el acreedor, o sea, aquella persona que tiene la facultad de exigir el cumplimiento.
Sujeto pasivo: es el deudor, o sea aquella persona que tiene la carga de cumplir la prestación convenida.
El carácter patrimonial y extra patrimonial de las obligaciones
Patrimoniales: aquellos que nacen del patrimonio económico de la persona y son susceptibles de valuación económica y pueden ser trasferidos por actos entre vivos o por causa de muerte.
Extra patrimoniales: aquellos que nacen de un hecho que no es susceptible de ser avaluado en dinero.
Relación jurídica y sus obligaciones
Relación jurídica es el vínculo que une a dos o más personas, respecto de determinados bienes o intereses, estable y orgánicamente regulada por el Derecho, como cauce para la realización de una función social merecedora de tutela jurídica.
Obligaciones naturales
Pueden ser definidas desde una doble perspectiva: 1) como obligaciones morales que no determinan la existencia de vínculo jurídico alguno, y 2) como obligaciones que una vez cumplidas, aunque no podían ser exigidas, producen el efecto de la irrepe- tibilidad. Las características son precisamente la irrepetibilidad del pago y que no pueden garantizarse ni compensarse. el deudor está moralmente obligado a una prestación en favor del acreedor, pero éste no puede reclamársela judicialmente; en definitiva, hay deber y no hay deber jurídico.
Las obligaciones reales
Están conectadas o relacionadas con la tenencia de una cosa, en ellas el sujeto pasivo, el obligado, es forzosamente aquel que posee o ejerce derechos sobre una cosa; al tener este bien tiene además una obligación o gravamen. En la acción real se desconoce contra quien se utilizara dicho accionar real, el deudor puede ser cualquiera. Todo es en respecto o dirección de alguna cosa.
Características de las obligaciones reales.
• No ligan al deudor en cuanto a su persona, si no que es determinada por ser titular del derecho real.
• Puede transmitirse por el solo hecho de transmitir la cosa o liberarse de ella por el abandono del bien.
• El obligado responde de esas obligaciones con cosa o el bien y no con todo su patrimonio.
Diferencias entre obligación real y personal.
• En las obligaciones reales se reclama lo que se pertenece y en las personales lo que se le debe.
• En las obligaciones reales el deudor puede ser cualquiera siempre y cuando afecte al objeto y en las personales el deudor esta determinado.
• En las obligaciones reales provoca satisfacción sin ir en contra dela propia existencia de la cosa en relación al titular
El contrato como fuente principal de las obligaciones personales
El contrato: el contrato es una especie de convenio, es el acuerdo de dos o más personas para crear, transferir, modificar o extinguir obligaciones, es un acto jurídico, una manifestación exterior de la voluntad tendente a la producción de efectos de derecho sancionados por la ley. Existen dos o más voluntades jurídicas.
Clasificación de contratos
Contratos bilaterales: los que generan recíprocamente obligaciones para ambos contratantes. Todos quedan obligados a conceder alguna prestación.
Ejemplo: la compraventa en la cual el vendedor queda obligado a entregar la cosa vendida y el comprador a dar el precio acordado.
Contratos unilaterales: solo generan obligación a cargo de una de las partes y la otra no asume compromiso alguno.
Ejemplo: en la donación, el donante se obliga a entregar la cosa y el donatario no queda obligado.
Contrato oneroso:
Es aquel en el que existen beneficios y gravámenes recíprocos. Hay un sacrificio equivalente de ambas partes. Ejemplo; la compraventa- el vendedor recibe el provecho del precio y a la vez entrega la cosa, y viceversa, el comprador recibe el provecho de recibir la cosa y el gravamen de pagar.
Contrato gratuito:
Solo tiene por objeto la utilidad de una de las dos partes sufriendo la otra el gravamen. Ejemplo; préstamo de uso- una parte entrega a otra gratuitamente una especie, mueble o bienes raíces para que haga uso con el compromiso de regresar el bien al terminar el uso.
Contrato conmutativo:
Es aquel cuyo resultado económico se conoce desde que el contrato se celebra. Las partes saben si este contrato les producirá un beneficio o pérdida. Ejemplo; contrato de compraventa de una casa- el vendedor sabe que ya no tendrá la casa pero obtendrá
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