Poderes Publicos
Enviado por reiberrivas1302 • 27 de Marzo de 2014 • 2.370 Palabras (10 Páginas) • 243 Visitas
El Poder Públicos
El Poder Público Nacional esta dividido en 5 poderes los cuales son: El poder legislativo, el poder ejecutivo, el poder judicial, el poder ciudadano y el poder electoral los cuales tienen funciones distintas.
Estructura del Poder Público Nacional:
El Poder Legislativo
En Venezuela el Poder Legislativo es ejercido por el Congreso Nacional, integrado por las Cámaras de Senadores y Diputados. Diputados y senadores son elegidos, titulares y suplentes, por votación popular (cada cinco años) en listas cerradas postuladas por los partidos políticos, utilizándose la representación proporcional de las minorías. Se elige un senador o diputado principal con tres suplentes.
En el Congreso hay un aumento progresivo de mujeres. La mayor presencia femenina se obtuvo en la Cámara de Diputados y el Senado en 1988, con el 9,5% y 8,2% de los cargos, respectivamente. Dicho resultado fue consecuencia de la acción concertada de mujeres dirigentes de los partidos, de mujeres en cargos de gobierno y de organizaciones sociales que exigieron la inclusión de candidatas en las listas. Se organizó entonces el movimiento "Mujeres Dirigentes Unidas", se realizaron acciones en la calle, foros públicos, intervenciones de grupos de mujeres ante el Consejo Supremo Electoral, ante las direcciones de los partidos, del Congreso Nacional y de los medios de comunicación, entre otros entes relevantes.
No obstante, el número de mujeres que efectivamente ejerce funciones en el Poder Legislativo es mayor que el de las electas como principales, debido al régimen de suplencias. Muchas suplentes ocupan, incluso por años, los curules, ya que los titulares son dirigentes de provincia que se ven obligados a permanecer en sus regiones por razones políticas.
En 1991 una mujer ocupaba la Primera Vicepresidencia de la Cámara de Diputados y había mujeres presidentas de importantes Comisiones, como la Comisión de Política Interior de la Cámara de Diputados y la Comisión de Salud en el Senado. En la Comisión Bicameral de la Reforma Constitucional, una de las más relevantes, la tercera parte de sus integrantes correspondía a mujeres. También existe, desde 1989, una Comisión Bicameral de los Derechos de la Mujer.
Las Asambleas Legislativas, cuerpos deliberantes de los estados, están conformadas por diputados elegidos cada cinco años igual que en el Congreso Nacional. La participación femenina es ligeramente superior que en el Congreso y se observa una tendencia a aumentar en los últimos períodos electorales, alcanzando un máximo de 11,2% en las elecciones de 1988, resultado de la campaña ya mencionada de las mujeres organizadas.
Los Concejos Municipales son elegidos por votación popular a contar de 1979. Se puede observar un descenso de la presencia femenina en 1984 y 1989, el que ha sido explicado por el cambio del régimen electoral en 1989 desde listas cerradas a listas abiertas, con voto nominal o por lista. En estas listas las mujeres estuvieron sobrepresentadas y los partidos favorecieron las candidaturas masculinas.
El Poder Ejecutivo
El Poder Ejecutivo Nacional en Venezuela es representado por el Presidente, el Vicepresidente, los Ministros son de libre nombramiento y remoción por parte del Presidente de la República
El Presidente de la república
Es el Máximo órgano del poder Ejecutivo y cumple funciones de Jefe de Estado, Jefe de Gobierno, Comandante en Jefe de la Fuerza Armada Nacional, primer representante al exterior y jefe de la Administración Pública Nacional
Es elegido a su cargo por un período de 6 años; aparte, puede ser reelecto de manera continua para periodos adicionales, en elecciones generales, universales, secretas y directas
• Se requiere ser venezolano por nacimiento, sin otra nacionalidad
• Ser mayor de 30 años
• Ser de estado seglar
• No estar sometido a condena mediante sentencia definitivamente firme
• Obtener el determinado número de firmas exigidas por el Consejo Nacional Electoral
Atribuciones
Las atribuciones del presidente de la República:
• Cumplir y hacer cumplir la legislación de Venezuela
• Nombrar y destituir al Vicepresidente Ejecutivo o Vicepresidenta Ejecutiva, nombrar y destituir a los Ministros o Ministras
• Dirigir las relaciones exteriores de la República y celebrar y ratificar los tratados, convenios o acuerdos internacionales
• Dirigir la Fuerza Armada Nacional en su carácter de Comandante en Jefe, ejercer la suprema autoridad jerárquica de ella y fijar su contingente
• Declarar los estados de excepción y decretar la restricción de garantías en los casos previstos
• Administrar la Hacienda Pública Nacional
• Nombrar y destituir aquellos funcionarios o aquellas funcionarias cuya designación le atribuye la legislación
• Convocar y presidir el Consejo de Defensa de la Nación
• Las demás que le señalen la Constitución y la ley
Faltas del presidente
El presidente deberá abandonar su cargo, si lleva a cabo algunas de las faltas absolutas o alguna falta temporal, por un período máximo del que estipula la ley.
Son faltas absolutas del presidente de la República:
• La muerte
• Su renuncia
• La destitución decretada por sentencia del Tribunal Supremo de Justicia
• Incapacidad física o mental permanente certificada por una junta médica designada por el Tribunal Supremo de Justicia y con aprobación de la Asamblea Nacional
• La revocatoria popular de su mandato (Referéndum Revocatorio)
El presidente de la República deberá rendir cuentas ante la Asamblea Nacional una vez al año, así como presentar los resultados de gestión y la contabilidad pública.
Vicepresidente de la República
Órgano de Estado, nombrado por el presidente de la República. Entre sus funciones está la de colaborar con el mismo en actos de importancia para el país, asumir el cargo de presidente de la República en caso de así ser necesario y en casos previstos por la ley. Es además el órgano que preside el Consejo de Estado
El Cargo de Vicepresidente de la República es de libre nombramiento y remoción por parte del Presidente de la República
Ministros de Venezuela
Los Ministros o Ministras son órganos directos del Presidente o Presidenta de la República, y reunidos conjuntamente con este o ésta y con el Vicepresidente Ejecutivo o Vicepresidenta Ejecutiva, integran el Consejo de Ministros
El Presidente de la República podrá nombrar Ministros de Estado, los y las cuales, además de participar en el Consejo de Ministros, asesoraran al Presidente de la República
...