ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Politica


Enviado por   •  25 de Noviembre de 2012  •  Informe  •  509 Palabras (3 Páginas)  •  262 Visitas

Página 1 de 3

ORDENANZA N° 01 -2012 MDLG

Lonya Grande 08 de abril del 2012

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LONYA GRANDE;

POR CUANTO:

El consejo municipal de Lonya grande reunidos en sesión ordinaria de 08 de abril del 2012 , en atención al reglamento del proceso de formulación del presupuesto participativo de la municipalidad distrital de Lonya grande para el ejercicio fiscal 2012 y;

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo con lo establecido en el articulo 194 de la constitución política del peru, las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Asi también, según el articulo 197 de la carta magna las municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participación vecinal en el desarrollo local;

Que de igual manera, según el articulo II del titulo preliminar de la ley N° 27972, ley orgánica de municipalidades, la autonomía que la constitución política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico. Asimismo según el articulo 53 de la ley N° 27972, las municipalidades se rigen por presupuesto participativo anuales, como instrumento de administración y gestión, los cuales se formulan, aprueban y ejecutan conforme a la ley de la materia, y en concordancia con los planes de desarrollo concertado de su jurisdicción. El presupuesto participativo forma parte del sistema de planificación.

Que, el articulo 18, numeral 18.2, de la ley N° 27783, ley de bases de la descentralización, indica que los planes y presupuestos participativos son de carácter territorial y expresan los aportes e intervenciones tanto del sector publico como privado, de las sociedades regionales y locales y de la cooperación internacional. Asimismo, según el articulo 20, numeral 20.2, de este mismo dispositivo, los presupuestos de inversión se elaboran y ejecutan en función a los planes de desarrollo y programas de inversión debidamente concertados conforme a lo previsto en dicha ley, sujetándose a las normas técnicas del sistema nacional de inversión publica.

Que, la decimo sexta disposición complementaria de la citada ley N° 27972, señala que las municipalidades regularan mediante ordenanza los mecanismos de aprobación de sus presupuestos participativos.

Que, mediante ley N° 28056, ley marco del presupuesto participativo, se define el proceso del presupuesto participativo como el mecanismo de asignación equitativa, racional, eficiente, eficaz y transparente de los recursos públicos, que fortalece las relaciones estado- sociedad civil. Para ello los gobiernos regionales y gobiernos locales promueven el desarrollo de mecanismos y estrategias de participación en la programación de sus presupuestos, asi como en la vigilancia

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (3 Kb)
Leer 2 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com