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Político de la Constitución de la República de Guatemala


Enviado por   •  10 de Mayo de 2015  •  Informe  •  1.107 Palabras (5 Páginas)  •  187 Visitas

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JURÍDICO MARCO LEGAL

Guatemala es un Estado libre, independiente y soberano, organizado para garantizar a sus habitantes el goce de sus derechos y libertades. Su sistema de gobierno es republicano, democrático y representativo. La CONSTITUCIÓN POLITICA DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA es la ley suprema de nuestro país, la cual fue emitida el 31 de mayo de 1985. Nuestra Constitución está conformada por 280 artículos que establecen las obligaciones del Estado Guatemalteco, la forma de organización del país, así como todos los derechos y obligaciones que tienen los ciudadanos, el gobierno y los órganos que lo conforman. Lo directamente relacionado con el Organismo Legislativo o Congreso de la República se regula en el Capítulo II, artículos 157 al 181.

Constitución Política de la República de Guatemala

La LEY DE AMPARO, EXHIBICIÓN PERSONAL Y DE CONSTITUCIONALIDAD, tiene por objeto desarrollar las garantías y defensas del orden constitucional y de los derechos inherentes a la persona, protegidos por la Constitución Política de la República, las leyes y los convenios internacionales ratificados por Guatemala.

Ley de Amparo, Exhibición Personal y de Constitucionalidad

La LEY ELECTORAL Y DE PARTIDOS POLÍTICOS, regula lo relativo al ejercicio de los derechos políticos; los derechos y obligaciones que corresponden a las autoridades, a los órganos electorales, a las organizaciones políticas; y lo referente al ejercicio del sufragio y al proceso electoral.

Ley Electoral y de Partidos Políticos

La LEY DE EMISIÓN DEL PENSAMIENTO establece que es libre la emisión del pensamiento en cualquier forma, y no podrá exigirse en ningún caso, fianza o caución, para el ejercicio de este derecho ni ejecutarse a previa censura. Regula empresas editoriales, radiodifusión, televisión, radio periódico, delitos y faltas en la emisión del pensamiento, derechos de aclaración y rectificación, de los jurados, del juicio, del Tribunal de Honor, de la reforma y vigencia de la Ley.

Marco legal para el ordenamiento territorial

La aplicación de la política territorial en un área determinada debe corresponder con el marco legal vigente. En Guatemala, la legislación territorial tiene tres características principales: las responsabilidades estás relegadas completamente al nivel municipal, la legislación es muy general y vaga, y la normativa territorial es no jerarquizada y cumulativa en el tiempo. Esto implica que hay muchas lagunas, contradicciones e imprecisiones, que no dan certeza ni a las instituciones, ni a los vecinos, ni a los inversionistas, generando finalmente lo que se percibe como desorden urbano.

La propia Constitución Política de la República es la que asigna a las municipalidades, como una de sus dos funciones específicas, "atender. El ordenamiento territorial de su jurisdicción", sin que en ella o en otro cuerpo legal existente se defina qué realmente quiere decir el término y hasta dónde se extiende el concepto para la aplicación del mismo

Lógicamente, mucho del tema del ordenamiento territorial tiene necesariamente que ver con la definición del derecho a la propiedad privada. La Constitución dice que "toda persona puede disponer libremente de sus bienes de acuerdo con la ley". Y: "El estado garantiza el ejercicio de este derecho. de manera que se alcance el progreso individual y el desarrollo nacional en beneficio de todos los guatemaltecos"

Dado que no hay un marco legal para el ordenamiento territorial y a que desvinculada mente coexisten 17 leyes y 6 reglamentos que hacen referencia al tema, vigentes algunas de ellas desde 1956,5 es muy difícil dilucidar donde termina la libertad para un propietario

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