Proceso Penal En Honduras
Enviado por alismayer • 21 de Marzo de 2012 • 9.485 Palabras (38 Páginas) • 1.313 Visitas
EL PROCESO PENAL EN HONDURAS
RENÉ SUAZO LAGOS, LEO VALLADARES LANZA,
JOSÉ MARÍA PALACIOS, et alii*
SUMARIO: 1. Introducción. 1.1.La situación de los derechos humanos. 1.2. La normativa de la
Convención Americana sobre derechos humanos o Pacto de San José de Costa Rica
(1969) y del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (1966), con trascendencia
procesal penal. 1.3. Normativa constitucional con trascendencia procesal penal. 1.4.
Protección estatal de los derechos humanos al margen de la justicia y su significado para el
proceso penal. 1.5. Protección de los derechos humanos y proceso penal. 1.6. El reflejo del
proceso penal y de la persecución penal en los medios de comunicación. 2. Evolución del
proceso penal. 2.1. Evolución del proceso penal desde la Independencia. 2.2. Reformas de
las últimas décadas. 3. El derecho vigente, equilibrio procesal. 3.1. Limitaciones al derecho
de defensa. 3.2. Participación del Ministerio Público en el proceso penal. 3.3. La víctima en
el proceso penal. 3.4. Apuntes acerca de cómo funciona en Honduras la defensa en
materia penal. 4. Medidas coactivas. 4.1. La detención policial. 4.2. Valor jurídico de la
detención policial. 4.3. Prisión preventiva. 4.4. Alternativas a la prisión preventiva. 5.
Proyectos de reforma. 5.1. Proyectos nacionales. 5.2. La importancia del Código Procesal
Penal modelo para Latinoamérica. 6. Conclusiones. 6.1. Garantía normativa de la protección
de los derechos humanos en el proceso penal. 6.2. Situación efectiva de la protección de
los derechos humanos en el proceso penal. 6.3. Propuestas de reforma.
1. INTRODUCCIÓN
1.1. LA SITUACIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS
Honduras, al igual que varios países latinoamericanos y hasta del orbe mundial, hoy trata de
emerger del legado de la guerra fría, enfrentando por sí sola la problemática de ella derivada.
Por otro lado, intenta de sobrevivir a la crisis económica que desde hace muchos años la aqueja.
Últimamente se ha venido hablando de Concertación Nacional y de Reconciliación Nacional. La
primera referida a aspectos de índole social y económica; la segunda, al borrón y cuenta nueva para, a
partir de ello, luchar más de lleno contra los nuevos problemas.
Sobre la Reconciliación Nacional, los organismos de derechos humanos arguyen que esta no se
puede dar si no se parte del conocimiento de los hechos, de la verdad, y luego de la aplicación de justicia.
Y desde luego, dicho en términos prácticos, no puede haber acuerdo si no se sabe cuáles son las partes
por reconciliar y si no existe una base de hechos que, luego de conocidos, sean reconocidos por el
* René Suazo Lagos, Subsecretario de Justicia y Profesor de la Universidad Nacional Autónoma de Honduras;
Leo Valladares Lanza, Comisionado Nacional de Protección de los Derechos Humanos y Profesor de la
Universidad Nacional Autónoma de Honduras; José María Palacios, Magistrado de la Corte Suprema de Justicia;
Irma Pineda Santos, Asistente del Comisionado Nacional de Protección de los Derechos Humanos; Jesús Martínez
Suazo, Decano y Profesor de a Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional Autónoma de
Honduras; Marcelino Vargas, Profesor y Coordinador del Área Penal de la Universidad Nacional Autónoma de
Honduras; Héctor Javier Guzmán, Profesor y Secretario de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la
Universidad Nacional Autónoma de Honduras; Ronald Alexis Boquín, Funcionario del Comisionado Nacional de
Protección de los Derechos Humanos.
Estado. Restar importancia a casos como por ejemplo, el de los desaparecidos y desaparecidas, significa
restar importancia al valor de la persona humana.
Por lo anterior, para evaluar la situación de los derechos humanos en un país determinado, es
indispensable partir de aspectos sociales, económicos, jurídicos, culturales, administrativos y políticos del
mismo estado. Honduras adolece de una gran problemática para una real y eficaz protección de los
derechos humanos.
Si muchos de tales derechos se edifican sobre la concepción de la persona humana desde su
perspectiva individual, es porque a final de cuentas el bienestar de la sociedad parte de la feliz realización
como tal de aquella.
En el anterior sentido, los habitantes de la república hondureña muestran —según sondeos y
encuestas elaboradas, y que también personalmente se puede percibir— un gran malestar respecto a los
diversos aspectos nacionales. Ese malestar personal y su relación con la situación del país, suele
traducirse en disconformidad con las gestiones de las autoridades al mando. Al traducirse en
disconformidad sectorial y comunal y tras hacer recuentos de todos los estratos y sectores, con
preocupación observaremos que el malestar es realmente nacional, por lo cual trasciende al plano
internacional.
En cuanto a los derechos civiles y políticos (derechos de primera generación), en los que por
regla general la autoridad se ha de abstener de realizar un acto, pues de cometerlo transgrede tales
derechos, la sociedad hondureña se queja mucho de la mala administración de justicia, de los abusos
policiales (tales como detenciones ilegales, aplicación de fuerza excesiva, malos tratos, etc.), de los
abusos de militares y de la seguridad pública.
Respecto a los derechos económicos, sociales y culturales (derechos de segunda generación),
en los cuales la regla para el Estado es que para respetarlos ha de actuar porque si se abstiene los
transgrede, las quejas son variadas: alto costo de la vida, no fomento de empleos (por el contrario, con la
reducción del aparato estatal se han venido disminuyendo), deficientes servicios de salud, mal sistema
educativo y carencia de fomento de la cultura, desprotección de grupos especiales (étnicos, de tercera
edad, de personas con impedimentos físicos, etc.), inexistencia de seguridad alimentari, entre otros.
Sobre los derechos civiles y políticos podría plantearse que no debería de presentarse gran
dificultad, por parte del Estado, para respetarlos, puesto que, para citar un caso, no sería mayor problema
el dejar de cometer detenciones ilegales; basta con que los policías se circunscriban al marco legal
(detener por flagrancia o por mandato judicial) para no transgredirlos. Distinta es la situación de los
derechos
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