Razón de la existencia del Derecho Internacional Privado
Enviado por JUAN2912 • 20 de Septiembre de 2013 • Ensayo • 748 Palabras (3 Páginas) • 759 Visitas
Señalar y definir los factores que determinan la creación del derecho Internacional
Razón de la existencia del Derecho Internacional Privado.
El derecho nace como respuesta a diversas circunstancias sociales, políticas, económicas, históricas e incluso culturales, nace en virtud de una realidad con problemas a los que se pretende enfrentar con soluciones jurídicas diversas, así el derecho mercantil frente a la necesidad de regular la vida comercial de las personas, establece las reglas mediante las cuales se llevará al cabo el comercio; el derecho sucesorio nace frente al problema de determinar los derechos de cada persona por el patrimonio del de cujus;, el derecho constitucional frente a la necesidad de limitar al poder, etc.; la realidad condiciona el nacimiento del derecho, así el Derecho Internacional Privado nace como necesidad de regular las relaciones jurídicas de individuos en las que se transponen las fronteras, pero ¿por qué existe la multiplicidad de leyes o sistemas jurídicos? La respuesta a este cuestionamiento es que se da por la existencia de igual número de Estados soberanos, cada uno con un sistema jurídico diverso en cuanto a su contenido y alcance por las diferencias existentes entre su tipo de estado, forma de gobierno y política económica manifestada al exterior. El Derecho Internacional Privado se dedica a regular relaciones entre particulares que por los elementos que presentan (reales, personales o referidas a los actos), están relacionados con diversos sistemas jurídicos por lo que el primer aspecto a resolver es la determinación de derecho aplicable a las mismas; la problemática a la que se enfrenta el
Derecho Internacional Privado se presenta principalmente porque las personas y los capitales no se mantienen estáticos sino en constante movimiento, es decir, si no fuera porque las personas y el dinero de las mismas se mantienen en constante movimiento no existiría problema alguno, pero en cambio la doctrina económica liberal pugna exactamente por lo contrario, expansión del poder económico mediante la apertura de nuevos mercados.
Francois Rigaux
nos dice que este fenómeno es denominado pluralismo jurídico y no es
más que “las mismas personas están sometidas a diversos órdenes jurídicos independientes entre sí.”Es decir el pluralismo jurídico se da cuando las mismas personas por circunstancias sociales, patrimoniales o económicas (así una persona puede encontrarse casada por la ley de un Estado “x”, mientras tiene propiedades inmuebles regidas por la ley del Estado “y” o se tengan inversiones en una empresa afectadas por el sistema jurídico del país “z”), se hallan conectadas a sistemas jurídicos emanados de distintas entidades soberanas, lo cual las hace someterse a estos sistemas en tanto afectan su esfera jurídica. El derecho internacional privado surge en función
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