Renta en México
Enviado por dayanevely • 23 de Enero de 2013 • Práctica o problema • 434 Palabras (2 Páginas) • 347 Visitas
1.- ¿Quiénes están obligados al Impuesto sobre la Renta en México?
• Las personas físicas y morales de nacionalidad mexicana
• Los personas morales de nacionalidad extranjera que tengan un establecimiento permanente en el país.
• Los residentes en el extranjero, respecto de los ingresos procedentes de fuentes de riqueza situadas en territorio nacional, cuando no tengan un establecimiento permanente en el país, o cuando teniéndolo, dichos ingresos no sean atribuibles a este.
2.- ¿Qué es un establecimiento permanente?
Se considera establecimiento permanente cualquier lugar de negocios en el que se desarrollen, parcial o totalmente, actividades empresariales o se presten servicios personales independientes. Se entenderá como establecimiento permanente, entre otros, las sucursales, agencias, oficinas, fabricas, talleres, instalaciones, minas, canteras o cualquier lugar de exploración, extracción o explotación de recursos naturales.
3.- Si una persona tiene nacionalidad mexicana, su residencia esta en Argentina y obtiene ingresos de Francia, ¿es sujeto del Impuesto sobre la Renta?
No, porque es mexicano pero está en el extranjero y no recibe ingresos del territorio nacional, sino de otro lugar distinto.
4.- ¿Cuáles son los 3 criterios que utilizan los estados soberanos para establecer las cargas fiscales a los particulares conocidos como contribuyentes?
5.- ¿Qué son ingresos atribuibles a un establecimiento permanente en el país? (Correlacionarlo con el Código Fiscal de la Federación?
ARTICULO 4o. SE CONSIDERARAN INGRESOS ATRIBUIBLES A UN ESTABLECIMIENTO PERMANENTE EN EL PAIS, LOS PROVENIENTES DE LA ACTIVIDAD EMPRESARIAL QUE DESARROLLE O LOS INGRESOS POR HONORARIOS Y EN GENERAL POR LA PRESTACION DE UN SERVICIO PERSONAL INDEPENDIENTE, ASI COMO LOS QUE DERIVEN DE ENAJENACIONES DE MERCANCIAS O DE BIENES INMUEBLES EN TERRITORIO NACIONAL, EFECTUADOS POR LA OFICINA CENTRAL DE LA PERSONA, POR OTRO ESTABLECIMIENTO DE ESTA O DIRECTAMENTE POR EL RESIDENTE EN EL EXTRANJERO, SEGUN SEA EL CASO.
6.- ¿En qué caso un contribuyente puede beneficiado por los tratados para evitar la doble tributación?
ARTICULO 5o. LOS BENEFICIOS DE LOS TRATADOS PARA EVITAR LA DOBLE TRIBUTACION SOLO SERAN APLICABLES A LOS CONTRIBUYENTES QUE ACREDITEN SER RESIDENTES EN EL PAIS DE QUE SE TRATE Y CUMPLAN CON LAS DISPOSICIONES DEL PROPIO TRATADO Y DE LAS DEMAS DISPOSICIONES DE PROCEDIMIENTO CONTENIDAS EN ESTA LEY, INCLUYENDO LAS OBLIGACIONES DE REGISTRO, DE PRESENTAR DICTAMENES Y DE DESIGNAR REPRESENTANTE LEGAL.
7.- ¿En qué caso un contribuyente puede acreditar contra el impuesto que resulte a cargo?
ARTICULO 6o. LOS RESIDENTES EN MEXICO PODRAN ACREDITAR, CONTRA EL IMPUESTO QUE CONFORME A ESTA LEY LES CORRESPONDA PAGAR, EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA QUE HAYAN PAGADO EN EL EXTRANJERO POR LOS INGRESOS PROCEDENTES DE FUENTE UBICADA
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