Requisitos Inscribir Una Empresa En Hoduras
Enviado por nsierra002 • 12 de Junio de 2015 • 1.850 Palabras (8 Páginas) • 189 Visitas
. ESCRITURA PÚBLICA
Cómo obtener la Escritura Pública:
La Escritura Pública es un instrumento o documento público y legal que
contiene: los nombres de las personas que conforman la organización; el
nombre o razón social de la organización y de qué tipo es; el capital inicial;
su duración; su naturaleza y objeto.
Quién realiza el trámite: Apoderado(a) Legal
Tiempo promedio: Veinte días hábiles
Costo: De tres mil a cinco mil lempiras, dependiendo del tipo
de sociedad a constituir. También hay que pagar honorarios
al apoderado legal, según el arancel del Colegio de
Abogados, de acuerdo al monto del capital social.
Requisitos
Entregar al apoderado(a) legal los siguientes datos y documentos:
1) El nombre o la razón social del comerciante o la sociedad.
2) Descripción de la actividad a la que se dedicará la empresa.
3) Domicilio o dirección de la empresa.
4) Capital inicial, que dependerá de la personalidad jurídica a adoptar.
5) Fotocopia de los documentos personales de los socios: Tarjeta de
identidad, Registro Tributario Nacional (RTN) y Solvencia Municipal.
Con estos datos y documentos, el apoderado legal elabora la escritura de
constitución. Para ello deberá adquirir timbres fiscales según el monto de la
inversión y, después, publicar el aviso de declaración de comerciante
individual o sociedad en el Diario Oficial La Gaceta, o en uno de los diarios
de mayor circulación .
. REGISTRO MERCANTIL
Toda empresa constituida con base en el código de comercio deberá
registrar su escritura de constitución en el registro mercantil, el trámite lo
realiza el empresario en la cámara de comercio e industria de Tegucigalpa
(CCIT), en el resto del país, es en el instituto de la propiedad.
Quién realiza el trámite: El empresario.
Adónde se realiza: En el departamento de Francisco Morazán,
este trámite se realiza en la Cámara de Comercio e Industria de
Tegucigalpa (CCIT). Pero, en el resto del país, es en el Instituto
de la Propiedad.
Tiempo promedio: Un día hábil.
Costo: Depende del capital con el que se constituyó la empresa.
Por los primeros mil lempiras (L. 1,000.00) se deberán cancelar
veinte lempiras (L. 20.00). Por cada mil adicional, un lempira
con cincuenta centavos (L 1.50); y, por valor indeterminado, se
pagan veinte lempiras.
Registro Mercantil
b. Para Registrar Sociedades Mercantiles:
Presentar en la ventanilla de atención al público:
Escritura de constitución original y copia
Recibo de pago del formulario de la CCI.
Copia de la publicación en Diario Oficial La Gaceta o en un diario de
circulación en el país.
Copia del depósito bancario por concepto del capital de constitución de
la empresa (este valor debe coincidir con el valor que figura en la
escritura de constitución)
Si por alguna razón no se puede presentar copia del depósito bancario, en
la escritura de constitución el notario dará fe de haber tenido a la vista el
depósito de la cantidad relacionada, y esto también sirve para cumplir con
el requisito.
REGISTRO TRIBUTARIO NACIONAL (RTN)
El Registro Tributario Nacional es el mecanismo para identificar, ubicar y
clasificar a las personas naturales o jurídicas que tienen obligaciones ante la
dirección ejecutiva de ingresos (DEI).
Para Obtener un RTN de una Empresa Mercantil:
1. Formulario de inscripción (Forma DEI 410), debidamente completado,
este formulario se obtiene gratuitamente en las ventanillas de atención
al público de la DEI.
2. Fotocopia de escritura de constitución o carta de autorización extendida
por notario público.
3. Fotocopia del RTN del Apoderado(a) Legal y tres (3) socios(as).
4. Fotocopia de identidades de tres (3) socios(as).
5. Copia de identidad y RTN del gerente(a) o presidente(a).
6. Cuando sean cooperativas, se deberá presentar fotocopia del acuerdo de
personería jurídica publicada en” La Gaceta”.
Hasta este punto, la empresa se encuentra legalmente constituida. Ahora,
previo al inicio de operaciones se debe tramitar una serie de licencias y
permisos los cuales dependerán de la actividad a la que se dedique la
empresa.
REGISTRO EN LA CÁMARA DE COMERCIO
De acuerdo con el artículo 384 del Código de Comercio, es obligatorio que
todo comerciante y/o sociedad mercantil se registre en la Cámara de
Comercio e Industria correspondiente al municipio en el cual funcionará la
nueva empresa.
Sin este registro, las alcaldías no autorizan el permiso de operación. Pero,
además, al registrarse, la empresa forma parte de la base de datos de la
localidad, lo cual es útil para establecer contactos comerciales.
Quién realiza el trámite: El empresario.
Adónde se realiza: En la Cámara de Comercio e Industria
del municipio o ciudad donde operará la empresa.
Tiempo promedio: Un día hábil.
Costo: Según el capital suscrito por la empresa,
de acuerdo a la siguiente tabla:
Desde Hasta Pagara
L. 1.00 L. 200,000.00 L. 590.00
L. 200,001.00 L. 400,000.00 L. 850.00
L. 400,001.00 L. 700,000.00 L. 1,800.00
L. 700,001.00 En Adelante L. 3,000.00
Los registros se renovaran obligatoriamente
Todos los años terminados en cero (0) y cinco (5).
Tramites:
Presentar en la ventanilla de atención al público:
1. Solicitud de registro debidamente completada.
2. Escritura original.
3. Fotocopia del RTN.
4. Hacer el pago por registro (el valor a cancelar variara dependiendo del
capital de la empresa)
AFILIACIÓN A LA CÁMARA DE COMERCIO
Afiliación a la Cámara de Comercio
Quién realiza el trámite: El empresario.
Adónde se realiza: En la Cámara de
Comercio e Industria del municipio o ciudad
donde operará la empresa.
Tiempo promedio: Un día hábil.
Costo: El empresario deberá cancelar
mensualmente una cuota de membresía,
a la cual variara dependiendo del capital
suscrito por la empresa, tal y como se describe
en el cuadro a continuación:
Desde Hasta Cuota
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