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Resumen De La Descentralización Educativa En Mexico.


Enviado por   •  8 de Marzo de 2015  •  1.402 Palabras (6 Páginas)  •  978 Visitas

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LA DESCENTRALIZACIÓN EDUCATIVA (resumen)

ORÍGENES:

• CON FECHA 8 DE AGOSTO DE 1983 SE PUBLICÓ EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL DECRETO MEDIANTE EL CUAL EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SEP, PROPONDRÁ A LOS GOBIERNOS ESTATALES LA CELEBRACIÓN DE ACUERDOS DE COORDINACIÓN EN EL MARCO DE LOS CONVENIOS ÚNICOS DE DESARROLLO, ESTABLECER UN COMITÉ CONSULTIVO PARA LA DESCENTRALIZACIÓN EDUCATIVA.

• EL 20 DE MARZO DE 1984, FUE PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL DECRETO QUE ESTABLECE LOS LINEAMIENTOS A QUE SE SUJETARÁN LAS ACCIONES DE DESCENTRALIZACIÓN DE LOS SERVICIOS FEDERALES DE EDUCACIÓN BÁSICA Y NORMAL

SE CREARÍAN EN CADA ENTIDAD FEDERATIVA:

• A) EL CONSEJO ESTATAL DE EDUCACIÓN PÚBLICA, Y

• EL PRIMERO TENÍA POR OBJETO EL ESTABLECIMIENTO DE LOS PROCEDIMIENTOS PARA LA REALIZACIÓN DE LA DESCENTRALIZACIÓN EDUCATIVA Y EL DESARROLLO PARALELO DE LOS SERVICIOS EDUCATIVOS FEDERALES Y ESTATALES

• B) LA DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS COORDINADOS DE EDUCACIÓN PÚBLICA

• LA SEGUNDA, SE ENCARGARÍA DE ADMINISTRAR, EN FORMA CONJUNTA, LOS SERVICIOS FEDERALES Y ESTATALES DE EDUCACIÓN BÁSICA Y NORMAL, CON SUJECIÓN A LOS PLANES Y PROGRAMAS ESTABLECIDOS POR SEP.

• CON FECHA 19 DE MAYO DE 1992, FUE PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL ACUERDO NACIONAL PARA LA MODERNIZACIÓN DE LA EDUCACIÓN BÁSICA QUE SUSCRIBIERON EL GOBIERNO FEDERAL, LOS GOBIERNOS ESTATALES Y EL SINDICATO NACIONAL DE TRABAJADORES DE LA EDUCACIÓN.

LA DESCENTRALIACIÓN EDUCATIVA:

• TRANSFERIR A LOS GOBIERNOS ESTATALES LOS SERVICIOS EDUCATIVOS DEL NIVEL PREESCOLAR, PRIMARIA Y NORMAL. LA AUTORIDAD CENTRAL PRESERVA EL CONTROL SOBRE LOS ELEMENTOS DECISIVOS DEL SISTEMA EDUCATIVO, A SABER: LA RESPONSABILIDAD POR LOS PLANES Y PROGRAMAS EDUCATIVOS, LA NEGOCIACIÓN SALARIAL, LOS ASPECTOS SUSTANTIVOS DE LA CARRERA DOCENTE, ASÍ COMO EL CONTROL DE LA MAYOR PARTE DE LOS RECURSOS FISCALES, MIENTRAS QUE A LOS GOBIERNOS LOCALES SE LES DELEGA LOS ASPECTOS OPERATIVOS Y, ACASO, LA POSIBILIDAD DE AGREGAR CONTENIDOS PROPIOS AL CURRÍCULO.

4. ESTRATEGIAS: (PARA IMPLEMENTAR LA DESCENTRALIZACIÓN EDUCATIVA)

• 1. INCREMENTO DEL GASTO EDUCATIVO POR PARTE TANTO DEL GOBIERNO FEDERAL COMO DE LOS ESTATALES;

• 2. REORGANIZACIÓN DEL SISTEMA EDUCATIVO, CON DOS EJES:

• FEDERALISMO EDUCATIVO, QUE TRASPASA A LOS GOBIERNOS ESTATALES LOS ESTABLECIMIENTOS ESCOLARES, LOS RECURSOS MATERIALES Y FINANCIEROS DE EDUCACIÓN BÁSICA Y NORMAL, QUEDANDO AL GOBIERNO CENTRAL LA RESPONSABILIDAD DE LA NORMATIVIDAD.

• PARTICIPACIÓN SOCIAL, QUE COMPRENDE A MAESTROS, PADRES DE FAMILIA Y AUTORIDADES, PARA LOGRAR UNA MAYOR VINCULACIÓN DE LA COMUNIDAD HACIA EL CORRECTO FUNCIONAMIENTO DE LAS ESCUELAS.

• 3) LA REFORMULACIÓN DE LOS CONTENIDOS Y MATERIALES EDUCATIVOS: REFORMA DE CONTENIDOS Y MÉTODOS EN PREESCOLAR; PROGRAMAS DE ESTUDIO Y LIBROS DE TEXTO DE PRIMARIA, REIMPLANTACIÓN DEL PROGRAMA POR ASIGNATURAS EN SECUNDARIA, EN LUGAR DE ÁREAS.

• 4) LA REVALORACIÓN DE LA FUNCIÓN MAGISTERIAL: ACTUALIZACIÓN, SALARIO PROFESIONAL, VIVIENDA, CARRERA MAGISTERIAL Y APRECIO SOCIAL POR SU TRABAJO

LEY GENERAL DE EDUCACIÓN: SE CREÓ DN JULIO DE 1992. EN ESTA LEY SE HABLÓ DE FEDERALISMO EN LUGAR DE DESCENTRALIZACIÓN. AQUÍ TAMBIÉN SE PROPUSO UNA POLÍTICA DE EQUIDAD PARA LA EDUCACIÓN BÁSICA, Y EVALUACIÓN DEL SISTEMA EDUCATIVO.

EN RESUMEN SE CENTRALIZA EL PODER Y SE DESCENTRALIZA LA ADMINISTRACIÓN.

ATRIBUCIONES DEL GOBIERNO FEDERAL Y ESTATAL:

• A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS “…CORRESPONDEN SÓLO FUNCIONES ACCESORIAS O MERAMENTE OPERATIVAS, CASI SIEMPRE CONDICIONADAS Y SUJETAS A LA SUPERVISIÓN DEL CENTRO.”

• “SON ESCASOS LOS MÁRGENES EN QUE LOS ESTADOS PUEDEN HACER VALER SUS PROPIAS PRIORIDADES RESPECTO A LOS NIVELES Y MODALIDADES ESCOLARES, ADAPTACIONES CURRICULARES O SISTEMAS DE ACTUALIZACIÓN DEL MAGISTERIO.

• LA FEDERACIÓN IMPUSO RESPETAR ÍNTEGRAMENTE LOS DERECHOS DE LOS TRABAJADORES DE LA EDUCACIÓN Y RECONOCER LA TITULARIDAD DE LAS RELACIONES LABORALES COLECTIVAS DE SU ORGANIZACIÓN SINDICAL EN LOS TÉRMINOS DE SU REGISTRO VIGENTE Y DE ACUERDO CON LAS DISPOSICIONES LEGALES CORRESPONDIENTES AL EXPEDIR ESTA LEY.

• “LA FEDERACIÓN TRASLADÓ A LOS GOBIERNOS ESTATALES ALGO MÁS QUE LA ADMINISTRACIÓN DE ESCUELAS Y MAESTROS. TRANSFIRIÓ LAS ESTRUCTURAS ADMINISTRATIVAS, LOS MODOS DE OPERACIÓN, LA NORMATIVIDAD TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA, LOS MANUALES Y LAS NORMAS ADMINISTRATIVAS DE LA SUPERVISIÓN.

• LAS ENTIDADES FEDERATIVAS RECIBIERON EL CONJUNTO DE PACTOS, ACUERDOS, USOS Y COSTUMBRES DE LA RELACIÓN ENTRE EL GOBIERNO FEDERAL Y EL SNTE QUE IMPLICAN LA CO-ADMINISTRACIÓN DE FACTO DEL SISTEMA, CON LO QUE LOS DIRECTORES, SUPERVISORES Y OTROS MIEMBROS DEL SINDICATO

• PARTICIPAN EN DECISIONES SOBRE INFINIDAD DE CUESTIONES, COMO EL NOMBRAMIENTO, PERMANENCIA O CAMBIO DE ADSCRIPCIÓN DE LOS DOCENTES; EL NOMBRAMIENTO DE FUNCIONARIOS DE LA ADMINISTRACIÓN

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