Sanción Social
Enviado por andreadol • 24 de Septiembre de 2012 • Tesis • 7.377 Palabras (30 Páginas) • 325 Visitas
Sanción Social
Tema 5: Consecuencias de La Acción Delictiva.
No se trata de estudiar sólo por la función de "la pena", en abstracto, sino de averiguar qué función corresponde a la pena en el modelo de Estado venezolano.
5.1 La sanción social a través de la historia: Conceptualización, tipos y características
En sociología se usa el término sanción social para describir reacciones sociales ante ciertos comportamientos que por lo general son caracterizados como negativos. La mayoría de los comportamientos considerados negativos por una sociedad reciben una sanción social, pero no necesariamente una sanción jurídica. Se considera también un método de control social.
Dependiendo del tipo de sociedad en que se desarrollen estos comportamientos negativos, se va a castigar con una sanción correspondiente. A modo de ejemplo para entender esto último: existen culturas orientales en que es bien visto eructar en la mesa para demostrar el agrado por una comida, pero en occidente se considera una falta de respeto para los demás. Es por esto que en occidente no por ser una falta de respeto constituye una sanción jurídica, pero si una social.
Las sanciones sociales están respaldadas por normas sociales que cada sociedad dicta.
Relaciones humanas
En base a las relaciones humanas puede definirse como algo que se genera dentro y fuera de un ambiente familiar, institucional. Son aquellas que establecen los seres humanos en la convivencia con sus semejantes. De allí que en el mismo momento en que se establece contacto con otro ser humano, se inician las relaciones humanas.
a sanción es un término, en Derecho, que tiene varias acepciones.
En primer lugar, se denomina sanción a la consecuencia o efecto de una conducta que constituye infracción de una norma ). Dependiendo del tipo de norma incumplida o violada, pueden haber sanciones penales o penas; sanciones civiles y sanciones administrativas.
Sin embargo, habitualmente la referencia a una sanción se hace como sinónimo de pena pecuniaria, es decir, una multa o, al menos, para penas leves (por ejemplo, prohibiciones para ejercer cargos). Por el mismo motivo, comúnmente se suele relacionar la expresión sanción con la Administración pública (sanciones administrativas) y el término pena se deja para el ámbito del Derecho penal.
En segundo lugar, se llama sanción al acto formal mediante el cual el jefe de Estado da su conformidad a un proyecto de ley o estatuto. En España, por ejemplo, el Rey sanciona las leyes aprobadas por las Cortes Generales. Y por extensión, además, se denomina sanción a la aprobación o autorización de cualquier acto jurídico. Así, por ejemplo, en Argentina, la sanción es el acto formal mediante el cual el Congreso da fuerza de ley a una norma. En Chile, el Presidente de la República a través de la sanción, da su conformidad al proyecto de ley, presentado por las respectivas Cámaras de Senadores y Diputados, para dicho acto, el Presidente cuenta con una herramienta denominada veto, con la cuál podrá vetar el proyecto de ley.
Por último, desde un punto de vista de Derecho internacional, las sanciones son las medidas económicas, diplomáticas o militares que un Estado toma de forma unilateral para presionar a otro en una negociación o para el cumplimiento de obligaciones internacionales.
En sociología se usa el término sanción social para describir reacciones sociales, ante ciertos comportamientos que por lo general son caracterizados como negativos. La mayoría de los comportamientos considerados negativos por una sociedad reciben una sanción social, pero no necesariamente una sanción jurídica. Se considera también un método de control social.
Dependiendo del tipo de sociedad en que se desarrollen estos comportamientos negativos, se va a castigar con una sanción correspondiente. A modo de ejemplo para entender esto último: existen culturas orientales en que es bien visto eructar en la mesa para demostrar el agrado por una comida, pero en occidente se considera una falta de respeto para los demás. Es por esto que en occidente no por ser una falta de respeto constituye una sanción jurídica, pero si una social.
Las sanciones sociales están respaldadas por normas sociales que cada sociedad dicta.
Teorías de la pena. Investigación
Indice
1. Introducción
2. Teorías absolutas de la pena
3. Teorías Relativas De La Pena
4. Teorías mixtas o de la unión:
1. Introducción
El principal medio de que dispone el Estado como reacción frente al delito es la pena en el sentido de “restricción de derechos del responsable”. El orden jurídico prevé además las denominadas “medidas de seguridad” destinadas a paliar situaciones respecto de las cuales el uso de las penas no resulta plausible. De manera que el sistema de reacciones penales se integra con dos clases de instrumentos; penas y medidas de seguridad. Desde la antigüedad se discuten acerca del fin de la pena fundamentalmente tres concepciones que en sus más variadas combinaciones continúan hoy caracterizando la discusión, así, para explicar estos remedios incluidos en la legislación penal se ofrecen estas diversas teorías que parten de puntos de vista retributivos o preventivos, puros o mixtos que se encargan de fundamentar de diverso modo y de explicar los presupuestos que condicionan el ejercicio del “ius puniendi” y la finalidad perseguida por el Estado con la incriminación penal.
2. Teorías absolutas de la pena:
Son aquellas que sostienen que la pena halla su justificación en sí misma, sin que pueda ser considerada como un medio para fines ulteriores. “Absoluta” porque en ésta teoría el sentido de la pena es independiente de su efecto social, se “suelta” de él. El primer punto de vista es:
La teoria de la justa retribución:
Desarrollada por Kant, para quien al pena “debe ser” aun cuando el estado y la sociedad ya no existan, y Hegel cuya fundamentación de la pena pública, fue la base que permitió la sistematización de la teoría del delito, (elaborada a partir de la teoría de las normas de Binding) concibe al delito como al negación del derecho, y a la pena, como al negación de la negación, como anulación del delito, como reestablecimiento del derecho, entiende que al superación del delito es el castigo. En coincidencia con Kant, tampoco Hegel reconoce finalidades de prevención, como
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