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TALLER # 3 CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO DE SEGURO


Enviado por   •  17 de Junio de 2017  •  Tarea  •  1.148 Palabras (5 Páginas)  •  175 Visitas

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TALLER # 3

CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO DE SEGURO

  1. Explique la principal razón que respalda la consensualidad como característica del contrato de seguro.
  2. Determine mediante un ejemplo por qué la bilateralidad es una característica del contrato de seguro
  3. Fundamente atendiendo a su criterio, cuál es la principal característica del contrato de seguro.
  4. ¿Por qué la buena fe se constituye en una característica necesaria del contrato de seguro?
  5. Consulte cuáles son los aspectos que caracterizan los contratos de adhesión y explique si es posible señalar el seguro como un ejemplo de este tipo de contratos.
  6. ¿Por qué se dice que el contrato de seguro se celebra en consideración a la persona?
  7. ¿Qué obligaciones se extienden para el tomador a lo largo del contrato de seguro?
  8. ¿Considera usted que todos los seguros tienen el carácter de indemnizatorio, tanto los de daños como los de personas?
  9. Relacione los siguientes conceptos: Consenso, contrato, póliza y prima.
  10. A partir de las características del contrato de seguro, dé su propia definición de este tipo de contratos.

SOLUCION

  1. Este fija de manera que las dos partes se encuentren en un mutuo acuerdo, para darle apertura y validez a dicho contrato y es el papel fundamental en cualquier caso donde se requiera tomar decisiones. Es decir, no formal; se perfecciona mediante el acuerdo de las partes.

  1. Se debe tener en cuenta que en este contrato tiene obligaciones las dos partes, por el beneficiario que debe cumplir con el pago mensual de la prima y la entidad aseguradora que es dueña de hacerse responsable de pagar el valor asegurado en caso de un siniestro y este será el único valor por el que estará obligada a responder. Ej.: compra-venta, permuta, arrendamiento, sociedad, aleatorios, de seguros, etc.; el de compraventa es bilateral porque el vendedor tiene la obligación de entregar el bien al comprador y a su vez el comprador tiene la obligación de pagar al vendedor el precio estipulado en el contrato.
  1. Considero que la consensualidad es una de las principales características de un seguro ya que este existe por el asegurador y por el tomador pero debe existir el ente que va a ser beneficiado y a gozar de este en su momento, este es importante no solo en este tipo de contrato si no en todos ya sean civiles, comerciales o laborales “El principio de consensualidad es tan importante, que las legislaciones de todos casi los países consideran su violación como una causa suficiente para dejar sin efecto legal cualquier contrato, en la medida, claro está,  en que por alguna razón se demuestro que no se cumplió con el principio de consensualidad”
  1. Recordemos lo que dice el artículo 83 de la constitución política colombiana, sobre el principio de la buena fe: Las actuaciones de los particulares y de las autoridades públicas deberán ceñirse a los postulados de buena fe, la cual se presumirá en todas las gestiones que aquéllos adelanten ante éstas. Sobre este principio, la Corte constitucional ha realizado interesantes exposiciones, y una de ellas contenida en la sentencia C-544 de 1994. Algo que llama la atención de este principio constitucional, es que la buena fe se presume, es decir, la ley obliga a presumir que todo el mundo actúa de buena fe, luego, si alguien actúa de mala fe, algo muy común sobre todo en asuntos de negocios, habrá necesidad de cuestionar esa presunción de buena fe, significando esto que es necesario entrar a probar que la otra parte ha actuado de mala fe.
  1. Para que un contrato de adhesión sea válido deberá estar firmado por el consumidor o usuario, que previamente habrá hecho constar sus datos en el mismo. Además, las cláusulas por las que se regirá deben aparecer en el mismo documento o en un anexo. Este tipo de contratos es utilizado también por algunas de las compañías de seguros ya que por lo general las cláusulas del contrato no son discutidas por las partes, sino que el tomador se somete a las condiciones del asegurador o entidad aseguradora.
  1. Se le da la posibilidad al asegurado de pagar primas bajas que se acomoden a la capacidad de pago que este tiene por un valor más alto de acuerdo del siniestro ocurrido, puede inscribir a otras personas o beneficiarios para que también puedan gozar de este servicio en caso de muerte del asegurado o algún evento que pueda cubrir al beneficiario. Al momento de suscribir un seguro, el elemento moral desempeña un papel muy importante. Cuando la compañía de seguros recibe una solicitud, analiza las cualidades de la persona que se va a asegurar y sobre esa base de su estudio expide una póliza. Por eso, se dice que las compañías de seguros suscriben la póliza a favor de una persona en particular.
  1. Hacer la declaración sincera de los hechos o circunstancias que determinen el estado del riesgo, según las preguntas que le realice el asegurador.

Mantener el estado del riesgo. Si se produce alguna modificación en las condiciones de riesgo, el tomador deberá informar esta nueva circunstancia a la compañía de seguros, en un plazo estipulado. Pagar la prima. La iniciación de la vigencia de la póliza está condicionada al pago de la prima. Ello significa que el primer pago se hace en el mismo momento en que se toma la póliza; posteriormente, para la renovación, la fecha límite de pago será la misma fecha del vencimiento o antes si es deseo del tomador. Si se llegare a dar, demostrar la ocurrencia del siniestro y avisar a la compañía aseguradora durante los tres días siguientes al mismo.

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