Trabajo Sometido a la consideración de la profesora
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Facultad de Bio Ciencias y Salud Pública Licenciatura en seguridad y salud ocupacional III A
Vocabulario n°1
Elaborado por: Anairobis Cisnero 9-747-2009
Trabajo Sometido a la consideración de la profesora: María Del Carmen Quintero
Fecha de entrega: 10 de abril del 2017
- Educación para la salud ocupacional: Es un proceso de comunicación interpersonal dirigido a propiciar las informaciones necesarias para un examen crítico de los problemas de salud de los trabajadores y así, responsabilizar a quienes compete las decisiones que tienen efectos directos o indirectos sobre la salud física y psíquica individual y colectiva de los trabajadores
- Accidente de trabajo: Un accidente de trabajo se produce cuando un trabajador sufre una lesión corporal mientras trabaja o a causa de las tareas que esté realizando por cuenta ajena. Esta lesión se sufre por un accidente, una acción súbita, y el daño puede ser tanto físico como psicológico.
- Accidente sin incapacidad: Es aquel que no produce lesiones o que si lo hace, son tan leves que el accidentado continúa trabajando inmediatamente después de lo ocurrido.
- Actividad económica en salud ocupacional: Son actividades económicas todos los procesos que tienen lugar para la obtención de productos, bienes y/o servicios destinados a cubrir necesidades y deseos en una sociedad en particular.
- Actividad de alto riesgo: Las tareas de alto riesgo son todas las actividades que por su naturaleza o lugar donde se realiza, implica la exposición o intensidad mayor a las normalmente presentes en la actividad rutinaria las cuales pueden causar accidentes laborales severos y en muchas ocasiones, mortales.
- Actividades que protegen su salud:
- Actividad física, realizar ejercicio frecuentemente
- Mantener un peso adecuado de acuerdo a su edad y estatura.
- Llevar una alimentación ( dieta balanceada)
- Evite el consumo de alcohol y cigarrillos.
- Administración: Conjunto de organismos y personas que se dedican a administrar una empresa o una institución o una parte de ellos.
- Riesgo profesional: El riesgo laboral es la posibilidad de que un trabajador sufra una enfermedad laboral o un accidente laboral.
- Atención de emergencia: Se entiende por urgencia o emergencia vital toda condición clínica que implique riesgo de muerte o de secuela funcional grave, la atención de urgencia o emergencia vital ante un hecho de tal envergadura, debe ser inmediata e impostergable. Ninguna Institución de salud puede negarle a un paciente la atención rápida a una urgencia vital ni exigir un cheque o documento en garantía para otorgarla. La condición de riesgo de muerte o de secuela funcional grave deberá ser certificada por un médico cirujano de la unidad de urgencia pública o privada en que la persona sea atendida.
- Clasificación de los niveles de atención que comprenden: La clasificación de las emergencias puede ser una cuestión de difícil realización en la práctica, debiendo tener en cuenta distintos factores, entre otros:
- Lugar donde se ha producido, teniéndose en cuenta si es uno de los de más riesgo.
- Número de personal disponible en el Centro.
- Número de pacientes en el área.
- Turno de trabajo en el que se desarrolle.
La literatura en esta materia clasifica las Emergencias en:
- Conato de Emergencia.
- Emergencia Parcial.
- Emergencia General.
- Capacitación: Básicamente la Capacitación está considerada como un proceso educativo a corto plazo el cual utiliza un procedimiento planeado, sistemático y organizado a través del cual el personal administrativo de una empresa u organización, adquirirá los conocimientos y las habilidades técnicas necesarias para acrecentar su eficacia en el logro de las metas que se haya propuesto la organización en la cual se desempeña.
- Derecho del trabajador en salud ocupacional:
- El primero es el derecho a un proceso de inducción y de entrenamiento en seguridad pues antes de iniciar cualquier ocupación es obligación del empleador informar sobre las políticas y las medidas de seguridad de la empresa, sobre los factores de riesgo propios de la actividad económica y los específicos al oficio, al igual que la forma de prevenirlos y controlarlos.
- Otro derecho que tenemos como trabajadores es la garantía de la salud y la seguridad desde el principio. Identificando los factores de riesgo de cada trabajo y controlando la fuente de esos riesgos.
- Si una maquinaria presenta fallas mecánicas, es necesario antes de ponerla a trabajar, garantizar su buen mantenimiento y colocar sus guardas de protección.
- Si en las condiciones de trabajo dentro de la empresa, existe un factor de riesgo como el ruido, es necesario usar elementos de protección auditivos.
- La inducción y el entrenamiento de una persona que ingresa a una empresa o que es cambiada de puesto de trabajo debe ser integral, es decir, debe abarcar aspectos como la seguridad, la calidad y la productividad.
- Conocer las normas de seguridad es una condición necesaria para el desarrollo de la ocupación del trabajador y en consecuencia, el logro de buenos resultados para la empresa. Esto quiere decir que la realización de un trabajo bien hecho necesita que se haga con calidad y seguridad.
- Conocer claramente nuestro oficio y estar capacitado para hacerlo, es la mejor forma de prevenir los accidentes de trabajo.
- Riesgo profesional sin derecho a incapacidad: Carencia de condiciones, cualidades o aptitudes, especialmente intelectuales, que permiten el desarrollo de algo, el cumplimiento de una función, el desempeño de un cargo, etc.
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