Tratado Arias Roosevelt
Enviado por BrianGaitan • 1 de Julio de 2015 • 5.555 Palabras (23 Páginas) • 1.909 Visitas
El Tratado Arias-Roosevelt de 1936 y La Política del Buen Vecino
Por: Pantaleón García
El Presidente panameño Harmodio Arias Madrid reconoció el vínculo que existía entre el desarrollo económico de Panamá y las actividades comerciales de la Zona del Canal. El Dr. Arias consideraba que si el Istmo de Panamá compartía los beneficios económicos derivados del Canal, podría resolver sus dificultades económicas. El pueblo panameño también pensaba que nuestro país tenía el derecho a disfrutar de las ventajas de su posición geográfica y que el gobierno de los Estados Unidos debía permitirle a Panamá resolver sus problemas internos. Durante su período presidencial, el Dr. Arias Madrid decidió aprovechar la política del “Buen Vecino” inaugurada por el Presidente norteamericano, Franklin Delano Roosevelt y viajó a los Estados Unidos para explorar la posibilidad de revisar el Tratado de 1903.
En esta oportunidad vamos a resaltar las “concesiones” políticas y económicas otorgadas por los Estados Unidos a la República de Panamá mediante el Tratado Alfaro-Hull de 1936. También se demostrará que a pesar de la “Política del Buen Vecino,” los Estados Unidos se mantuvo renuente a abandonar los derechos obtenidos en el Tratado Hay-Bunau Varilla para intervenir en Panamá, a fin de proteger sus intereses en la Zona del Canal, cuando éstos estuviesen en peligro.
Revisión Del Tratado Hay-Bunau Varilla De 1903
Para obtener la revisión del Tratado Hay-Bunau Varilla, el Dr. Arias presentó una declaración relacionada con los principales motivos de conflictos entre Panamá y los Estados Unidos, con respecto al Tratado de 1903. El Presidente Arias tenía dos objetivos básicos: primero, quería un acuerdo para revisar la administración del Canal. La propuesta que el Dr. Arias consideró más importante fue la relacionada con las actividades de los comisariatos y el Ferrocarril de Panamá que afectaban el desarrollo económico de la República de Panamá y la repatriación de aquellos obreros menesterosos que llegaron al Istmo, durante la construcción del Canal, pero que al finalizar las obras, se convirtieron en una carga social para el país.
Por otro lado, el Dr. Arias defendió el establecimiento de aduanas panameñas en los puertos de la Zona del Canal, de conformidad con el párrafo segundo del artículo IX del Tratado de 1903, que dice que “El Gobierno de la República de Panamá tendrá el derecho de establecer en esos puertos en las ciudades de Panamá y Colón los edificios y resguardos que sean necesarios para la recaudación de impuestos sobre las importaciones destinadas a otras partes de Panamá y para prevenir el contrabando.” La proposición del Presidente panameño contempló temas relacionados con la comunicación por radio dentro de la República de Panamá, la construcción de la carretera de Alajuela a Colón y la discusión de los derechos que las autoridades de la Zona del Canal tenían para intervenir y garantizar el orden en las ciudades de Panamá y Colón, tal como lo establecía el tratado de 1903.
El segundo objetivo fue obtener un acuerdo por el cual pudieran eliminarse las fricciones entre Panamá y los Estados Unidos. Ese plan comprendía cuatro puntos: primero, la República de Panamá estaría de acuerdo a colaborar en toda forma posible al mantenimiento, operación, saneamiento y protección del Canal. Segundo, se debía especificar que la Zona del Canal estaba ocupada y controlada exclusivamente para mantener, operar, sanear y proteger el Canal. Tercero, se le permitiría a Panamá gozar, para su propio desarrollo, de aquellas ventajas comerciales inherentes a su posición geográfica, sin ninguna interferencia. Cuarto, las diferencias económicas no resueltas directamente por las dos partes serían decididas por árbitros designados por Panamá y los Estados Unidos. El 11 de octubre de 1933, el Presidente Arias presentó al Secretario de Estado de Estados Unidos, Cordell Hull, un memorándum que contenía “medidas curativas de carácter administrativo.” Estas solicitudes eran “personales y no oficiales.”
Declaración Conjunta Arias-Roosevelt Del 17 De Octubre De 1933.
El 17 de octubre de 1933, los presidentes Harmodio Arias y Franklin D. Roosevelt dieron a conocer una declaración conjunta. Este enunciado establecía claramente una política de cooperación destinada a remover cualquier causa de conflicto entre ambas naciones. El mencionado documento contenía los siguientes principios: restricciones en la venta a los barcos por parte de los comisariatos; medidas para evitar las ventas a precios “debajo de lo normal” en artículos tales como cigarrillos y cerveza que no generaran ingresos por impuestos; instrucciones para prevenir las actividades de contrabando por aquellas personas autorizadas a utilizar los comisariatos y restricciones en el uso de restaurantes, casas club y la admisión a los cines en la Zona del Canal. Todos estos derechos se limitarían a los oficiales y empleados del gobierno norteamericano y a los de la Compañía del Ferrocarril, así como a los familiares de los que laboraban en la Zona del Canal. Además, el documento señalaba la necesidad de abrogar la cláusula que obligaba a los arrendatarios o contratistas de restaurantes a comprar sus provisiones en los comisariatos de la zona canalera o a través de ellos.
La mencionada propuesta también sugería la restricción de los servicios de hospitales y dispensarios en la Zona del Canal para los oficiales del gobierno norteamericano y para los empleados de la Compañía del Ferrocarril de Panamá y sus familiares. En esa declaración se decía que Panamá crearía su propia Junta de Radio Comunicación que se encargaría de dar a conocer regulaciones para otorgar licencias e inspección para las estaciones de radio existentes en la República de Panamá. También se contempló la ayuda para la repatriación de los extranjeros que estaban en el Istmo de Panamá y que constituían una carga para nuestro país.
En ese mismo documento se decía que los Estados Unidos le permitiría a Panamá establecer aduanas en los puertos de Panamá y Colón para cobrar impuestos a exportaciones destinadas a otras partes de la República y para prevenir el contrabando. En el memorándum se expresaba la posibilidad de que nuestro país construyera una carretera transístmica y recomendaba que las autoridades de la Zona del Canal compraran artículos que Panamá pudiese producir, tales como azúcar, cerveza y carne de res.
Los Estados Unidos y la República de Panamá coincidieron en que tenían que establecerse varios principios generales para establecer las bases de las relaciones entre ambos países. Había un entendimiento mutuo en cuanto a que las disposiciones del Tratado de 1903 reconocían
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